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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE ENERO DEL AÑO 2021 (17/01/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 39

39 NORMAS LEGALES Domingo 17 de enero de 2021 El Peruano / así como del Reglamento Interior de Concejo, adjuntando además la Carta N° 389-2020-GG de la Gerencia General de SEDAPAL y la Carta N° 076-2020-DN-CAP del Colegio de Arquitectos del Perú – Consejo Nacional, por la que mani fi estan su conformidad a la iniciativa y apoyo para su implementación por contribuir al proceso de plani fi cación y otorgar facilidad en optimizar los plazos administrativos de los instrumentos de gestión del territorio para la ejecución de los proyectos de saneamiento en bene fi cio de la población y el desarrollo de los distritos; Que, mediante O fi cio N° 0595-20-MML-IMP/DE de fecha 31 de julio de 2020 la Dirección Ejecutiva del Instituto Metropolitano de Plani fi cación informa que adjunto a la presente entrega el Informe Técnico Legal S/N de su fecha 31 de julio del 2020, emitido por la Dirección General de Plani fi cación Territorial y la O fi cina General de Asesoría Legal del Instituto Metropolitano de Plani fi cación, a través de los cuales se emite la opinión y recomendaciones solicitadas, el mismo que encuentra conforme y que hace suyo para los fi nes pertinentes; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades indicadas en el numeral 8 del artículo 9 y el artículo 40 de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades y de conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Asuntos Legales y la Comisión de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura en su Dictamen N° 053-2020-MML-CMAL y Dictamen N° 0100-2020-MML-CMDUVN, respectivamente; el Concejo Metropolitano de Lima por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 20 DEL CAPÍTULO III Y LOS ARTÍCULOS 24 Y 25 DEL CAPÍTULO IV DE LA ORDENANZA N° 1862-MML, QUE REGULA EL PROCESO DE PLANIFICACIÓN DEL DESARROLLO TERRITORIAL-URBANO DEL ÁREA METROPOLITANA DE LIMA Artículo 1.- Modifíquese el Artículo 20 del Capítulo III y los Artículos 24 y 25 del Capítulo IV de la Ordenanza N° 1862-MML, por el siguiente texto: CAPÍTULO III ZONIFICACIÓN DE LOS USOS DEL SUELO DE LIMA METROPOLITANA Artículo 20.- Aprobación del Reajuste integral de la Zoni fi cación General de Lima y los Planos de Zonifi cación Distrital. El Reajuste Integral de la actual Zoni fi cación de los Usos del Suelo de Lima Metropolitana, su Reglamento, el Índice de Usos para la Ubicación de Actividades Urbanas y los consecuentes Esquemas o Planos de Zoni fi cación Distrital, consiste en el proceso técnico de racionalizar la actual cali fi cación que presentan estas normas, adecuandolo a la realidad urbanística, constructiva y funcional que hoy en día registra la ciudad metropolitana, incorporando su dinámica y tendencias, así como, obligatoriamente, la nueva tipología de Zoni fi cación del suelo urbano de Lima que se precisa en la presente Ordenanza y en concordancia con el PMDU. El reajuste integral de la zoni fi cación de los usos del suelo de Lima Metropolitana se ejecutará según el procedimiento siguiente: a) Cada Municipalidad Distrital, de acuerdo con lo establecido por el Plan Metropolitano de Desarrollo Urbano vigente, elaborará la Propuesta de Reajuste Integral de Zoni fi cación de su jurisdicción distrital, donde corresponda. Las propuestas del Reajuste Integral de Zoni fi cación General que presenten las Municipalidades Distritales deberán contener como mínimo los siguientes requisitos y componentes: 1. Visión de Desarrollo Futuro: ● Orientación de Propuesta de Reajuste Integral de Zoni fi cación dentro de Lima Metropolitana2. Diagnostico Urbano Territorial: ● Contexto Nacional / Regional / Local ● Análisis de actividades económicas, sociales, culturales y ambientales ● Tendencias del entorno urbano ● Infraestructura Intermodal Existente ● Zoni fi cación y Vías Existentes. ● Síntesis de la problemática y alternativas de solución 3. Propuesta de Plani fi cación Urbana: ● Propuesta de la Zoni fi cación y de los Usos de Suelo ● Propuesta de Vialidad – Integración al Sistema Vial Metropolitano y al Sistema Vial Local ● Propuesta de Parámetros Urbanísticos y Edi fi catorios (deberá incluir densidad, dimensión de lotes, área libre, alturas de edi fi cación, equipamientos) ● Memoria Descriptiva que describa la ubicación y las características urbanas - territoriales del entorno físico donde se inserta el planeamiento de la zoni fi cación, análisis FODA y sustentación técnica urbana arquitectónica de la propuesta Las medidas de prevención y reducción del riesgo; así como, aquellas para la recuperación, conservación y defensa del medio ambiente y patrimonio cultural, serán presentadas siempre y cuando el territorio muestre evidencia para el desarrollo de los estudios complementarios. b) La propuesta de Reajuste Integral de Zoni fi cación será presentada al Instituto Metropolitano de Plani fi cación de la Municipalidad Metropolitana de Lima quien de manera inmediata procederá a la exhibición en su local y en su portal web, así como en el local de la Municipalidad Distrital que corresponda en un plazo máximo de treinta (30) días calendario, a fi n de que los agentes públicos y privados puedan formular sus observaciones y recomendaciones, debidamente sustentadas y por escrito. c) De manera simultánea a la exhibición pública, el Instituto Metropolitano de Plani fi cación procederá a revisar y compatibilizar la propuesta del Reajuste Integral de Zoni fi cación que ha presentado la Municipalidad Distrital durante el plazo similar al de la exhibición pública, es decir los treinta (30) días calendario dentro de una concepción general de desarrollo sostenible de la ciudad, pudiendo contar este proceso de revisión y compatibilización de orden técnico con la Cooperación Técnica del Colegio de Arquitectos del Perú – Consejo Nacional, a fi n de optimizar los tiempos de evaluación y compatibilidad con una institución profesional de solvencia técnica en temas de Planeamiento Urbano; precisando que culminado el plazo indicado el Instituto Metropolitano de Plani fi cación con la cooperación técnica del Colegio de Arquitectos del Perú – Consejo Nacional, tendrán un plazo máximo de quince (15) días calendario para emitir el Informe Técnico De fi nitivo, el cual será presentado a la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura, en caso el IMP incumpla con el plazo, éste deberá remitir el expediente en el estado en que se encuentre a la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura, considerándose que la ausencia de Informe Técnico De fi nitivo supone su conformidad en todos los extremos de la propuesta presentada por la Municipalidad Distrital respectiva. d) La Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura dentro de sus competencias evaluará la propuesta de Reajuste Integral de Zoni fi cación y de encontrarlo conforme lo elevará previo dictamen favorable al Concejo Metropolitano. e) El Plano de Zoni fi cación Distrital se aprobará mediante Ordenanza del Concejo Metropolitano de Lima. Se debe precisar que en el Reajuste Integral de Zoni fi cación, como en todos los Planeamientos de nivel metropolitano o distrital (PDU, PI o PE), la localización de los Equipamientos Urbanos y los trazos e intercambios viales que contenga serán referenciales, siendo que los procedimientos de habilitación urbana serán los que determinarán su ubicación y trazado de fi nitivo.