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44 NORMAS LEGALES Domingo 17 de enero de 2021 / El Peruano por Ordenanza Nº 1082 publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 18 de octubre de 2007, precisando la califi cación Comercio Zonal - CZ comprendida entre los Jirones Julio Mendoza Merino cdra. 6, Av. Humboldt cdra. 8, Av. Bauzate y Meza cdra. 8 y Jr. Abtao cdra. 6 del Distrito de La Victoria, solicitado por el señor Luis Fernando de la Cueva Samaniego mediante Documento Simple N° 186909-18, conforme al grá fi co del Anexo Nº 01 que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo 2.- Encargar al Instituto Metropolitano de Plani fi cación de la Municipalidad Metropolitana de Lima, incorpore en el Plano de Zoni fi cación del distrito de La Victoria, la recti fi cación aprobada en la presente Ordenanza. Artículo 3.- Noti fi car la presente Ordenanza a la Municipalidad Distrital de La Victoria, a fi n que se encargue de la respectiva noti fi cación al administrado. Artículo 4.- Encargar, a la Secretaría General del Concejo, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano, y a la Subgerencia de Gobierno Digital e Innovación su publicación, incluido el Anexo N° 1, en el Portal Institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe), el mismo día de su publicación. POR TANTO Regístrese, comuníquese y cúmplase.JORGE MUÑOZ WELLS Alcalde 1920343-4 Ordenanza que modifica el Plano de Zonificación deldistrito de San Juan de Lurigancho aprobado por Ordenanza N° 1081 ORDENANZA N° 2292 Lima, 12 de enero de 2021EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMAPOR CUANTO:El Concejo Metropolitano de Lima, en Sesión Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO:Que, el Artículo 194 de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, siendo que dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, de acuerdo con lo indicado en los numerales 1.1 y 1.2 del Artículo 79 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, son funciones exclusivas de las municipalidades provinciales, en materia de organización del espacio físico y uso del suelo: Aprobar el Plan de Acondicionamiento Territorial de nivel provincial, que identi fi que las áreas urbanas y de expansión urbana, así como las áreas de protección o de seguridad por riesgos naturales; las áreas agrícolas y las áreas de conservación ambiental; y aprobar el Plan de Desarrollo Urbano, el Plan de Desarrollo Rural, el Esquema de Zoni fi cación de áreas urbanas, el Plan de Desarrollo de Asentamientos Humanos y demás planes especí fi cos de acuerdo con el Plan de Acondicionamiento Territorial; Que, mediante Ordenanza N° 1862, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 28 de diciembre de 2014, se regula el Proceso de Plani fi cación del Desarrollo Territorial Urbano del Área Metropolitana de Lima; contemplando en su Artículo 4 que corresponde a la Municipalidad Metropolitana de Lima, a través del Instituto Metropolitano de Plani fi cación, plani fi car el desarrollo integral y el desarrollo urbano territorial en concordancia con los planes y políticas nacionales y sectoriales de desarrollo urbano, para lo cual coordinará con las Gerencias correspondientes; Que, mediante Ordenanza N° 2086, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 13 de abril de 2018, se regula el Cambio de Zoni fi cación de Lima Metropolitana y deroga la Ordenanza N° 1911-MML; Que, mediante Ordenanza N° 1081, que aprueba el reajuste integral de la zoni fi cación de los usos del suelo del distrito de San Juan de Lurigancho que forma parte del Área de Tratamiento Normativo I de Lima Metropolitana, publicado en el Diario El Peruano el 07 de octubre del 2007; Que, con expediente Nº 71908-2019, de fecha 07 de marzo de 2019, la Asociación de Comerciantes Minoristas Mercadillo Asentamiento Humano Huanta, debidamente representada por su Presidenta la señora Rossana Curo Gutiérrez, identi fi cada con DNI N°44734717, solicita Cambio de Zoni fi cación de Residencial de Densidad de Media (RDM) a Comercio Vecinal (CV), para el terreno de 636.00 m2, ubicado en el Pueblo Joven Huanta Mz. P, lote 2, distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima; Que, la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas de la Municipalidad Metropolitana de Lima mediante O fi cio N° 506-2019-MML-GDU-SPHU de 03 de abril del 2019, solicitó a la Gerencia de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, que en uso de sus competencias aplique la consulta vecinal y emita la opinión técnica correspondiente, dentro del plazo de 30 días, vencido dicho plazo, sin haber obtenido respuesta, se entiende como opinión favorable; en virtud a lo establecido en el artículo 9.4 de la Ordenanza N° 2086; Que, el Instituto Metropolitano de Plani fi cación, con O fi cio N° 2568-19-MML-IMP-DE de fecha 30 de diciembre de 2019, el Director Ejecutivo del Instituto Metropolitano de Plani fi cación-IMP, remite el Informe CEZ N° 078-2019-MML-IMP-DE/DGPT, mediante el cual emite opinión favorable al cambio de Zoni fi cación de Residencial de Densidad Media (RDM) a Comercio Vecinal (CV), en tanto, el entorno inmediato al predio es una zona que se encuentra consolidada, con vías asfaltadas y conformado principalmente por viviendas de uno, dos y tres pisos, siendo la segunda la que tiene mayor predominancia en todo el frente al predio materia de la presente solicitud. Asimismo, en la parte posterior del predio, se identi fi ca un cerro de pendiente pronunciada que tiene la cali fi cación OU, asimismo, la documentación técnica y registral evidencian que, desde el registro del predio ante SUNARP, el uso del mismo fue siempre considerado para actividades comerciales, especí fi camente el de un mercado minorista o de abastos, de escala local; Que, la Gerencia de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Metropolitana de Lima, a través del Informe Nº 051-2020-MML-GDU-SPHU-DP de fecha 27 de enero de 2020, de la División de Planeamiento de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas, emite opinión favorable el cual concluye que, el cambio de zoni fi cación de Residencial de Densidad Media (RDM) a Comercio Vecinal (CV), para el predio ubicado en el Pueblo Joven Huanta Mz. P, lote 2, distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima, con un área de 636.00m2, de propiedad de la Asociación de Comerciantes Minoristas Mercadillo Asentamiento Humano Huanta, resulta Favorable, se ajusta a las actividades comerciales que se desarrollan actualmente en el Mercado, lo que permitiría consolidar el desarrollo económico en el sector a escala local y acorde con el entorno inmediato, contribuyendo al correcto funcionamiento urbano de la zona. El cambio de zoni fi cación propuesto permitirá el mejoramiento de los estándares de calidad siendo la actividad solicitada, consecuente con la visión de desarrollo del distrito, el cual considera como objetivo estratégico: “Promover la formalización de las actividades económicas”; Que, estando a lo señalado en los considerandos que anteceden, en uso de las facultades previstas según artículos 9 y 40 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de