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34 NORMAS LEGALES Domingo 17 de enero de 2021 / El Peruano implica, y lo privado en la naturaleza de organización. El Gobierno Regional Junín tiene potestad de reconocer a las diversas instancias de la Sociedad Civil Organizadas como es el caso de las comunidades, además de trabajar con las diferentes organizaciones de la sociedad civil dedicadas a la agricultura y medio ambiente. Que según el Informe técnico Nº 03-2020-GRJ-DRA/ DCA, de fecha 06 de febrero del 2020, la Directora (e) de la Dirección de Competitividad Agraria de la Dirección Regional de Agricultura remite al Director Regional de Agricultura un informe en la que concluye que el SGP está destinado exclusivamente para el mercado local, regional y nacional. El SGP fue concebido para aquellos que practican agricultura familiar ecológica, de menores recursos y así puedan gozar de un legítimo derecho a obtener mejores precios en mercados locales, regionales y nacionales, fue concebida también para poner a disposición a los propios peruanos con productos de calidad, coadyuvando a la seguridad alimentaria del país. Asimismo recomienda: solicitar al Gobierno Regional Junín expida, la Ordenanza Regional con los fundamentos de hecho y de derecho. Que con Reporte Nº 024-2020-GRJ-DRA/DR, de fecha 07 de febrero del 2020, el Director Regional de Agricultura Junín solicita al Gobernador Regional de Junín el reconocimiento y acreditación del Consejo Regional del Sistema de Garantía Participativo en la región Junín, como instancia del sector agropecuario encargado de la promoción, fortalecimiento y certi fi cación de la producción agroecológica – orgánica en los valles interandinos de selva alta y cuencas. Que según Informe legal Nº 133-2020-GRJ/ORAJ, de fecha 03 de marzo del año 2020, el Abg. Kelvin Chuquiyauri Carhuancho remite su informe legal a la Directora Regional de Asesoría Jurídica en la que concluye que en virtud de las consideraciones expuestas, y estando a las opiniones técnicas favorables emite opinión bajo los siguientes términos: RECONOCER en el ámbito de la región Junín al Sistema de Garantía Participativo – SGP, como alternativa viable, técnica, económica, social y ambiental para garantizar la producción ecológica de los pequeños productores que permitirán dar justiprecio a los productos orgánicos que abundan en Junín debido a que hay comunidades y caseríos que por su pobreza no utilizan químicos, pesticidas ni abonos convencionales, solo utilizan guano naturales, y producto de ello obtienen productos fi nales lo más natural posible, orgánica y/o agroecológicos, que en el mercado no es valorizado como tal, debido a la carencia de una certi fi cación agroecológica al alcance del pequeño productor y que diferencie de los sistemas de producción convencionales y con ello lograr mayores precios por cada kilo de producto obtenido, acción que contribuirá a mejorar su calidad de vida y desarrollar el mercado interno de productos orgánicos y agroecológicos de Junín. INSTITUCIONALIZAR la conformación, del Consejo Regional del Sistema de Garantía Participativo de la Región Junín, donde el ente rector será la Gerencia Regional de Desarrollo Económico a través de la Dirección Regional de Agricultura, como ente asesor y consultivo, con la fi nalidad de proponer las políticas y normas de desarrollo sostenible para el fomento y promoción d la producción natural, ecológica u orgánica, con representación mayoritaria de representantes de los productores organizados, así como de las comunidades campesinas. Que, de conformidad con las atribuciones conferidas y establecidas en la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias y con el Dictamen favorable Nº 003-2020-GRJ/CR/CPDA de la Comisión Permanente de Desarrollo Agrario, en concordancia con su Reglamento Interno, el Consejo Regional Junín ha aprobado por UNANIMIDAD la siguiente: “ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA RECONOCER AL SISTEMA DE GARANTÍA PARTICIPATIVO SGP, COMO ALTERNATIVA DE DESARROLLO SOSTENIBLE Y COMPETITIVO PARA PROMOVER LA PRODUCCIÓN ORGÁNICA EN LA REGIÓN JUNÍN” ACUERDA:Artículo Primero.- RECONOCER en el ámbito de la región Junín, al Sistema de Garantía Participativo – SGP, como alternativa viable, técnica, económica, social y ambiental para garantizar la producción ecológica de los pequeños productores, que permitirá dar justiprecios a los productos orgánicos que abunda en Junín debido a que hay comunidades y caseríos que por su pobreza no utilizan químicos, pesticidas ni abonos convencionales, solo utilizan guanos naturales, y producto de ello obtienen productos fi nales lo más natural posible, orgánicos y/o agroecológicos, que en el mercado no es valorizado como tal, debido a la carencia de una Certi fi cación Agroecológica al alcance del pequeño productor y que diferencie de los sistemas de producción convencionales y con ello lograr mayores precios por cada Kg de producto obtenido, acción que contribuirá a mejorar su calidad de vida y desarrollar el mercado interno de productos orgánicos y agroecológicos de Junín. Artículo Segundo.- INSTITUCIONALIZAR la conformación, del Consejo Regional del Sistema de Garantía Participativo de la Región Junín, donde el ente rector será la Gerencia Regional de Desarrollo Económico a través de la Dirección Regional de Agricultura, como ente asesor y consultivo, con la fi nalidad de proponer las políticas y normas de desarrollo sostenible para el fomento y promoción de la producción natural, ecológica u orgánica, con representación mayoritaria de representantes de los productores organizados, así como de las comunidades campesinas. Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Gerencia Regional de Desarrollo Económico la implementación de la presente Ordenanza Regional. Artículo Cuarto.- DEJESE sin efecto legal las normas que se opongan a la presente Ordenanza Regional. Artículo Quinto.- DISPONER la publicación de la presente ordenanza en la página web del Gobierno Regional Junín, en el Diario O fi cial El Peruano y en el Diario encargado de los avisos judiciales de la Región Junín. Dado en la sala virtual del Gobierno Regional de Junín a los 01 días del mes de Diciembre del año dos mil veinte. ABIMAEL P. ROJAS TICSE Consejero DelegadoConsejo Regional POR LO TANTO:Mando, comuníquese y cúmplase.Dado en el Despacho de Gobernación del Gobierno Regional Junín, a los 03 días del mes de diciembre de 2020. FERNANDO POOL ORIHUELA ROJAS Gobernador Regional 1919702-1 Ordenanza Regional que aprueba priorizar la cadena productiva de las flores en la Región Junín ORDENANZA REGIONAL Nº 338-GRJ/CR POR CUANTO:El Consejo Regional de Junín en Sesión Ordinaria celebrada a los 01 días del mes de Diciembre de 2020, en la Sala de Sesiones Virtual de la Sede del Gobierno Regional Junín, de conformidad con lo previsto en la Constitución Política del Perú; en la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales vigente; y demás Normas Complementarias. CONSIDERANDO: Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Perú, prescribe que los gobiernos regionales gozan de autonomía política económica y administrativa en los