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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE ENERO DEL AÑO 2021 (25/01/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 38

TEXTO PAGINA: 15

15 NORMAS LEGALES Lunes 25 de enero de 2021 El Peruano / Decreto Supremo N° 133-2013-EF y modi fi catorias, establece que lo dispuesto en el numeral 7.1 del artículo 7° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, aprobado por Decreto Supremo N° 018-2008-JUS, no se aplica a los órganos de la Administración Tributaria cuyo personal ingrese mediante concurso público; En uso de la facultad conferida por el inciso l) del artículo 14 del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria, aprobado por Resolución de Superintendencia N° 122-2014-SUNAT y modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar como Ejecutores Coactivos encargados de la gestión de cobranza coactiva de la Intendencia Lima, conforme se indican a continuación: Intendencia Lima- ANGELICA ANALY AÑAZCO RUIZ - GUISSELA KARINA GUARDIA ZUÑIGA Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS ANTONIO ACOSTA VILCHEZ Superintendente Nacional Adjunto de Tributos Internos 1922185-1 Dejan sin efecto designación de Auxiliar Coactivo de la Intendencia Regional Cusco INTENDENCIA REGIONAL CUSCO RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA Nº 090-024-0000278-SUNAT/7J0000 Cusco, 21 de enero de 2021.CONSIDERANDO:Que, es necesario dejar sin efecto la designación de Auxiliar Coactivo y designar a nuevo Auxiliar Coactivo de la Intendencia Regional Cusco, para garantizar el normal funcionamiento de su cobranza coactiva; Que, el artículo 114° del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo N° 133-2013-EF y modi fi catoria, establece los requisitos que deberán reunir los trabajadores para acceder al cargo de Auxiliar Coactivo; Que, el personal propuesto ha presentado Declaración Jurada manifestando reunir los requisitos antes indicados; Que, la Décimo Cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenado del Código Tributario, establece que lo dispuesto en el numeral 7.1 del artículo 7° de la Ley N° 26979, no es de aplicación a los órganos de la Administración Tributaria cuyo personal ingresó mediante Concurso Público; Que, el Artículo Único de la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta Operativa N° 005-2014-SUNAT/600000 desconcentra en el Intendente de Principales Contribuyentes Nacionales, en el Intendente Lima y en los Intendentes Regionales, la competencia para designar Auxiliares Coactivos en el ámbito de competencia de cada Intendencia; En uso de las facultades conferidas en la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta Operativa N° 005-2014-SUNAT/600000 SE RESUELVE:Artículo Único: Dejar sin efecto la designación como Auxiliar Coactivo de la Intendencia Regional Cusco, al colaborador que se indica a continuación: 1. MENDIVIL CENTENO, FERNANDO, con Registro 7670.Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS IRURI CHÁVEZ Intendente Regional (e) 1921888-1 Designan Auxiliar Coactivo de la Intendencia Regional Lambayeque INTENDENCIA REGIONAL LAMBAYEQUE RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA N° 0710240004969-2021-SUNAT/7R0300 Chiclayo, 20 de enero de 2021CONSIDERANDO:Que, corresponde dejar sin efecto la designación de auxiliares coactivos al tratarse de profesionales que ya no desarrollan las funciones a que se re fi ere el artículo 6° del Reglamento del Procedimiento de Cobranza Coactiva, aprobado mediante Resolución de Superintendencia N° 216-2004/SUNAT, en el ámbito de competencia de la Intendencia Regional Lambayeque. Que, con el fi n de garantizar el normal funcionamiento de la cobranza coactiva de la Intendencia Regional Lambayeque, es necesario designar como Auxiliar Coactivo a un profesional; Que, el artículo 114° del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo N° 133-2013-EF y modi fi catoria, establece los requisitos que deberán reunir los trabajadores para acceder al cargo de Auxiliar Coactivo; Que, el profesional propuesto ha presentado Declaración Jurada manifestando reunir los requisitos antes indicados; Que, la Décimo Cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenado del Código Tributario, establece que lo dispuesto en el numeral 7.1 del artículo 7° de la Ley N° 26979, no es de aplicación a los órganos de la Administración Tributaria cuyo personal ingresó mediante Concurso Público; Que, el Artículo Único de la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta Operativa N° 005-2014-SUNAT/600000 desconcentra en el Intendente Principales Contribuyentes Nacionales, en el Intendente Lima y en los Intendentes Regionales, la competencia para designar auxiliares coactivos en el ámbito de competencia de cada intendencia; En uso de las facultades conferidas en la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta Operativa N° 005-2014-SUNAT/600000. SE RESUELVE:Artículo Primero.- Dejar sin efecto la designación como Auxiliar Coactivo de la Intendencia Regional Lambayeque al funcionario que se indica a continuación: N° Registro Apellidos y Nombres 1 1404 VARGAS ASPAJO LUIS HUMBERTO Artículo Segundo.- Designar como Auxiliar Coactivo de la Intendencia Regional Lambayeque, al funcionario que se indica a continuación: N° Registro Apellidos y Nombres 1 6347 SOLANO DAVILA MANUEL OSWALDO Regístrese, comuníquese y publíquese. PERCY FERNANDEZ BACA MORAN Intendente (e) 1921716-1