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12 NORMAS LEGALES Viernes 5 de febrero de 2021 / El Peruano posibles; de igual modo, contiene las condiciones mínimas que se deben considerar en este tipo de contratos; de manera que, opinó favorablemente por su celebración; Que, de acuerdo al Informe Nº 005-2021-MIDAGRI- INIA-DGIA/SDRIA-ARAPOV de 28 de enero de 2021, la Subdirección de Regulación de la Innovación Agraria, solicitó a la DGIA proceder con la suscripción del Contrato de Acceso a Recursos Genéticos Nº 001-2021-MIDAGRI-INIA/DGIA; así como remitir el citado contrato a Bioversity International para la suscripción respectiva, y emitir la presente Resolución en unidad de acto, a fi n de perfeccionar el acceso; Que, con Carta Nº 004-2021-MIDAGRI-INIA/DGIA- SDRIA de 29 de enero de 2021, el INIA solicitó a Bioversity International, la suscripción del Contrato de Acceso a Recursos Genéticos Nº 001-2021-MIDAGRI-INIA/DGIA, el cual fue devuelto debidamente fi rmado en señal de conformidad de su contenido, por correo electrónico de 01 de febrero de 2021; Que, las declaraciones y manifestaciones de Bioversity International presentadas en la tramitación de la SOLICITUD DE ACCESO y en el Contrato de Acceso a Recursos Genéticos Nº 001-2021-MIDAGRI-INIA/DGIA tienen carácter de declaración jurada, de conformidad a lo establecido en el artículo 22 de la Decisión 391 de la CAN; Que, de acuerdo con las disposiciones señaladas en el Titulo X del Reglamento de Acceso a Recursos Genéticos, los sujetos infractores de la legislación de acceso a recursos genéticos serán pasibles de una o más sanciones administrativas, las cuales serán impuestas por el INIA en su condición de Autoridad de Administración y Ejecución para el acceso a recursos genéticos de especies cultivadas o domésticas continentales; Estando en las funciones y facultades conferidas en el Reglamento de Organización y Funciones – ROF del INIA, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2014-MINAGRI, modi fi cado por Decreto Supremo Nº 004-2018-MINAGRI, la Resolución Jefatural Nº 0002-2021-INIA; el Protocolo de Nagoya sobre Acceso a los Recursos Genéticos y Participación Justa y Equitativa en los Bene fi cios que se deriven de su utilización al Convenio sobre la Diversidad Biológica, la Decisión 391 de la CAN, Régimen Común sobre Acceso a los Recursos Genéticos; el Reglamento de Acceso a Recursos Genéticos, aprobado por Resolución Ministerial Nº 087-2008-MINAM, norma elevada a rango de Decreto Supremo por el Decreto Supremo Nº 003-2009-MINAM; y, con las visaciones de la Directora General de la O fi cina de Asesoría Jurídica y del Director de la Subdirección de Regulación de la Innovación Agraria del INIA; SE RESUELVE:Artículo 1.- AUTORIZAR a BIOVERSITY INTERNATIONAL, el acceso a los recursos genéticos de la especie cultivada de cacao ( Theobroma cacao L.) para realizar investigación sin fi nes comerciales en el marco del proyecto: “Estudio sobre la prevención y mitigación de la acumulación del cadmio en cacao mediante un mejor uso de la diversidad genética, inoculación de micorrizas y manejo de suelo”, por el periodo de treinta y seis (36) meses, según los términos y condiciones del Contrato de Acceso a Recursos Genéticos Nº 001-2021-MIDAGRI-INIA/DGIA y sus anexos que forman parte integrante del mismo, de fecha 01 de febrero de 2021, conforme a los considerandos expuestos en la presente Resolución que perfecciona dicho acceso, y a la normativa vigente que regula sobre la materia. Artículo 2.- ENCARGAR al Director de la Subdirección de Regulación de la Innovación Agraria del INIA, la inscripción de la presente Resolución Directoral y del Contrato de Acceso a Recursos Genéticos Nº 001-2021-MIDAGRI-INIA/DGIA en el Registro Público de Acceso a Recursos Genéticos a su cargo; así como la supervisión y control del cumplimiento de las condiciones del mismo y sus anexos que forman parte integrante. Artículo 3.- INFORMAR al Ministerio del Ambiente en su condición de ente rector, de la presente Resolución Directoral y del Contrato de Acceso a Recursos Genéticos Nº 001-2021-MIDAGRI-INIA/DGIA y sus anexos que forman parte integrante del mismo, dentro de los quince (15) días siguientes de la emisión y publicación de la presente Resolución, para las gestiones pertinentes del ámbito de su competencia. Artículo 4.- INFORMAR a BIOVERSITY INTERNATIONAL, que el incumplimiento de la presente Resolución Directoral y del Contrato de Acceso a Recursos Genéticos Nº 001-2021-MIDAGRI-INIA/DGIA; así como las normas y disposiciones sobre la legislación de acceso a recursos genéticos, constituyen infracciones administrativas y serán sancionadas con arreglo a lo dispuesto en el Titulo X del Reglamento de Acceso a Recursos Genéticos, sin perjuicio de las acciones legales correspondientes. Artículo 5.- NOTIFICAR la presente Resolución Directoral y el Contrato de Acceso a Recursos Genéticos Nº 001-2021-MIDAGRI-INIA/DGIA y sus anexos que forman parte integrante del mismo a BIOVERSITY INTERNATIONAL, a la Asociación Peruana de Productores de Cacao (APPCACAO) en su condición de Institución Nacional de Apoyo (INA) y a la Subdirección de Regulación de la Innovación Agraria del INIA, para su implementación y cumplimiento. Artículo 6.- DISPONER la publicación de la presente Resolución Directoral, junto con un extracto del Contrato de Acceso a Recursos Genéticos Nº 001-2021-MIDAGRI-INIA/DGIA, en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el portal institucional de la entidad (www.gob.pe/inia). Regístrese, comuníquese y publíquese.JESUS F. CALDAS CUEVA Director GeneralDirección de Gestión de la Innovación Agraria EXTRACTO DE CONTRATO DE ACCESO A RECURSOS GENÉTICOS Nº 001-2021-MIDAGRI-INIA/DGIA El Instituto Nacional de Innovación Agraria - INIA, a través de la Dirección Gestión de la Innovación Agraria, de conformidad a lo establecido en el artículo 38 de la Decisión 391, Régimen Común sobre Acceso a los Recursos Genéticos de la Comunidad Andina, publica el extracto de Contrato de Acceso a Recursos Genéticos Nº 001-2021-MIDAGRI-INIA/DGIA, de fecha 01 de febrero de 2021, suscrito por el INSTITUTO NACIONAL DE INNOVACIÓN AGRARIA – INIA en su condición de Autoridad de Administración y Ejecución (AAE) de las autorizaciones de acceso a los recursos genéticos, y BIOVERSITY INTERNATIONAL en su condición de Solicitante; el mismo que consta de veinte (20) cláusulas, respectivamente: ANTECEDENTES.- Mediante Carta Nº 058-2020-MINAGRI-INIA-DGIA/ SDRIA del 16 de noviembre de 2020, se declara procedente la solicitud de acceso a los recursos genéticos de la especie cultivada de cacao (Theobroma cacao L.) presentada por EL SOLICITANTE, para realizar investigación sin fi nes comerciales, en el marco del proyecto: “Estudio sobre la prevención y mitigación de la acumulación del cadmio en cacao mediante un mejor uso de la diversidad genética, inoculación de micorrizas y manejo de suelo”.(…) DE LAS PARTES.- LA AAE es un organismo técnico especializado del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, y ente rector del Sistema Nacional de Innovación Agraria (SNIA) del Perú, con funciones para autorizar el acceso a los recursos genéticos contenidos en las especies cultivadas o domésticas continentales de los cuales el Perú es país de origen, a sus productos derivados, a sus componentes intangibles asociados y a los recursos genéticos de las especies migratorias que por causas naturales se encuentran en el territorio nacional.(…)