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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE FEBRERO DEL AÑO 2021 (05/02/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 15

15 NORMAS LEGALES Viernes 5 de febrero de 2021 El Peruano / de Personal Provisional del PRONIED y a través de la Resolución Ministerial Nº 619-2018-MINEDU y la Resolución Directoral Ejecutiva Nº 078-2020-MINEDU/VMGI-PRONIED se aprobó el reordenamiento de dicho cuadro, en el cual el cargo de Asesor II de la Dirección Ejecutiva, se encuentra cali fi cado como cargo de confi anza; Que, el literal f) del artículo 9 del Manual de Operaciones del PRONIED, aprobado por Resolución Ministerial Nº 034-2016-MINEDU y modi fi cado mediante Resolución Ministerial Nº 341-2017-MINEDU, establece que la Dirección Ejecutiva tiene la función de designar y/o encargar las funciones de los cargos directivos del PRONIED, así como aprobar las demás acciones de personal; Que, al estar vacante el cargo de Asesor II de la Dirección Ejecutiva, se propone al ingeniero Javier Enrique Laura Ramos para cubrir el indicado cargo, para lo cual se remitió a la Unidad de Recursos Humanos su hoja de vida, a fi n que se sirva disponer su evaluación y de ser factible la realización de las acciones necesarias para la designación del mencionado profesional; Que, mediante Informe Nº 067-2021-MINEDU/ VMGI-PRONIED/OGAD-UDRH, la Unidad de Recursos Humanos, concluye que, revisada la hoja de vida documentada del profesional propuesto, este cumple con los requisitos para el cargo de acuerdo a lo establecido en el Clasi fi cador de Cargos del Ministerio de Educación aplicable al PRONIED y que no cuenta con impedimento para trabajar en el Estado; Que, asimismo, en atención a la debida diligencia, la Unidad de Recursos Humanos veri fi có en la Plataforma Nacional de Interoperabilidad del Estado - PIDE, en la O fi cina General de Transparencia, Ética Pública y Anticorrupción - OTEPA, en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos - REDAM y en el Registro Nacional de Sanciones contra Servidores Civiles – RNSSC, que el profesional propuesto no registra antecedentes; Con la visación de la O fi cina de Asesoría Jurídica, de la O fi cina General de Administración y de la Unidad de Recursos Humanos; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1057, Decreto Legislativo que regula el régimen especial de contratación administrativa de servicios, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 075-2008-PCM y modi fi cado por Decreto Supremo Nº 065-2011-PCM; Ley Nº 29849 que establece la eliminación progresiva del régimen especial del Decreto Legislativo Nº 1057 y otorga derechos laborales; el Manual de Operaciones del PRONIED, aprobado con Resolución Ministerial Nº 034-2016-MINEDU y modi fi cado con Resolución Ministerial Nº 341-2017-MINEDU; y el Reglamento Interno de los Servidores Civiles del PRONIED, aprobado por Resolución Directoral Ejecutiva Nº 331-2016-MINEDU/VMGI-PRONIED; SE RESUELVE:Artículo 1.- Designar al ingeniero Javier Enrique Laura Ramos en el cargo de con fi anza de Asesor II de la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Infraestructura Educativa. Artículo 2.- Encargar a la Unidad de Recursos Humanos, realizar las acciones de personal correspondientes. Artículo 3.- Encargar a la O fi cina de Comunicaciones la publicación de la presente resolución en el portal institucional del Programa Nacional de Infraestructura Educativa (www.pronied.gob.pe) y disponer su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDUARDO FRANCISCO PELÁEZ CRUZ DEL CASTILLODirector EjecutivoPrograma Nacional de Infraestructura EducativaPRONIED 1925643-1ENERGIA Y MINAS Aprueban la Primera Modificación de concesión definitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica con recursos energéticos renovables en la Central Hidroeléctrica Santa Lorenza I y la Primera Modificación al Contrato de Concesión Nº 473-2015, solicitada por Empresa de Generación Eléctrica Santa Lorenza S.A.C. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 018-2021-MINEM/DM Lima, 26 de enero de 2021VISTOS: El Expediente Nº 18359215 sobre la concesión de fi nitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica con recursos energéticos renovables en la Central Hidroeléctrica Santa Lorenza I, cuyo titular es Empresa de Generación Eléctrica Santa Lorenza S.A.C. (en adelante, SANTA LORENZA); la solicitud de la primera modi fi cación de dicha concesión y aprobación de la Primera Modi fi cación al Contrato de Concesión Nº 473-2015; el Memorando Nº 00019-2021/MINEM-VME del Viceministerio de Electricidad; los Informes Nº 001-2021-MINEM/DGE-DCE y Nº 048-2021-MINEM/DGE-DCE, elaborados por la Dirección General de Electricidad; y, el Informe Nº 039-2021-MINEM/OGAJ, elaborado por la O fi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial Nº 414-2015- MEM/DM, publicada el 23 de setiembre de 2015, se otorga a favor de SANTA LORENZA la concesión de fi nitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica con recursos energéticos renovables en la futura Central Hidroeléctrica Santa Lorenza I (en adelante, la CONCESIÓN), ubicada en los distritos de Ambo y San Rafael, provincia de Ambo, departamento de Huánuco, aprobándose el Contrato de Concesión Nº 473-2015 (en adelante, el CONTRATO), en el cual se establece que la Puesta en Operación Comercial (en adelante, POC) se cumplirá a más tardar el 31 de diciembre de 2018; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 357-2020-MINEM/DM, de fecha 7 de diciembre de 2020, se cali fi có como fuerza mayor los eventos invocados por SANTA LORENZA mediante carta SL-31-2019-GG con Registro Nº 2907359, de fecha 11 de marzo de 2019, referido a (i) la restricción del tránsito en la carretera vía Ambo – San Rafael por intensas lluvias, rehabilitación de la carretera y retrasos en la rehabilitación de la carretera; y, mediante carta SL-061-2019-GG con Registro Nº 2930545, de fecha 20 de mayo de 2019, referido a (ii) la problemática social con la Comunidad Campesina de Salapampa; Que, mediante documento con Registro Nº 3100958, de fecha 9 de diciembre de 2020, SANTA LORENZA solicita la Primera Modi fi cación de la CONCESIÓN, a fi n de modi fi car las fechas de las actividades del Calendario de Ejecución de Obras y de esta manera prorrogar la POC hasta el 20 de agosto de 2023, sobre la base de los eventos de fuerza mayor cali fi cados a través de la citada Resolución Ministerial Nº 357-2020-MINEM/DM; Que, conforme a los Informes de Vistos, la Dirección General de Electricidad y la O fi cina General de Asesoría Jurídica, de acuerdo a sus competencias, han veri fi cado que se ha cumplido con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM; por lo que recomiendan aprobar la Primera Modi fi cación de la CONCESIÓN y del CONTRATO en los términos y condiciones que aparecen en la Minuta