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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE FEBRERO DEL AÑO 2021 (05/02/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 18

18 NORMAS LEGALES Viernes 5 de febrero de 2021 / El Peruano Nº D000009-2021-MIMP-DGA y el Informe Técnico Nº D000003-2021-MIMP-DGA-NCC de la Dirección General de Adopciones, la Nota Nº D000105-2021-MIMP-DVMPV del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables y el Informe Nº D000019-2021-MIMP-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 136 del Decreto Legislativo Nº 1297, Decreto Legislativo para la protección de niñas, niños y adolescentes sin cuidados parentales o en riesgo de perderlos, establece que el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables cuenta con un Consejo Nacional de Adopciones, el cual está conformado, entre otros, por tres (3) representantes del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, cuya designación es ad honórem y tiene una vigencia de dos años; Que, la Décima Segunda Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1297, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2018-MIMP, señala que en tanto el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables no apruebe las Directivas especí fi cas sobre materia de adopción en el marco del citado Reglamento, mantienen su vigencia, entre otras normas, el Reglamento del Consejo de Adopciones aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2010-MIMDES, en adelante el Reglamento; Que, el artículo 6 del Reglamento señala que los representantes ante el Consejo Nacional de Adopciones serán designados por dos (2) años, no pudiendo renovarse su designación para el período inmediato siguiente y precisa que la citada designación es personal e indelegable; disponiéndose en el artículo 7 los requisitos para ser miembro de dicho Consejo; Que, el numeral 4 del artículo 9 del Reglamento establece que los miembros del Consejo Nacional de Adopciones cesan en el ejercicio del cargo cuando la entidad o institución a la que representa dé por culminada su designación o deje de tener la calidad de funcionario, trabajador o miembro de la entidad o institución a la que representa; Que, mediante el artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 323-2019-MIMP, publicada el 23 de diciembre de 2019, se designó, por el periodo de dos (2) años, a la servidora Cynthia Patricia Vila Ormeño, Directora General de la Dirección General de la Familia y la Comunidad, como representante del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ante el Consejo Nacional de Adopciones, por el periodo de dos (2) años; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 264-2020- MIMP, se designa a la señora JESSICA LISBETH SANCHEZ BURGOS, en el cargo de con fi anza de Directora General de la Dirección General de la Familia y la Comunidad; Que, por medio de la Nota Nº D000009-2021- MIMP-DGA, la Dirección General de Adopciones, como órgano técnico competente, señala que la señora JESSICA LISBETH SANCHEZ BURGOS cumple con los requisitos para ser miembro del Consejo Nacional de Adopciones, conforme a lo dispuesto en el artículo 7 del Reglamento; por lo que, mediante Informe Técnico Nº D000003-2021-MIMP-DGA-NCC, emite opinión favorable para dicha designación, la cual cuenta con la conformidad del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables; Que, mediante Informe Nº D000019-2021-MIMP- OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, en el marco de la normativa indicada y considerando lo señalado por los órganos competentes de la entidad, estima procedente la emisión de la presente Resolución; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables, de la Secretaría General, de la Dirección General de Adopciones y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27337, Ley que aprueba el Nuevo Código de los Niños y Adolescentes; el Decreto Legislativo Nº 1297, Decreto Legislativo para la protección de niñas, niños y adolescentes sin cuidados parentales o en riesgo de perderlos y modi fi catorias; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 001- 2018-MIMP; el Decreto Legislativo Nº 1098, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y modi fi catoria; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2012-MIMP y modi fi catorias; y, el Reglamento del Consejo de Adopciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2010-MIMDES; SE RESUELVE:Artículo 1 .- Designar, por el periodo de dos (2) años, a la servidora JESSICA LISBETH SANCHEZ BURGOS, Directora General de la Dirección General de la Familia y la Comunidad, como representante del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ante el Consejo Nacional de Adopciones. Artículo 2 .- Noti fi car la presente resolución a la servidora a la que se hace referencia en el artículo precedente y a la Dirección General de Adopciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, para los fi nes pertinentes. Artículo 3 .- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 323-2019-MIMP. Regístrese, comuníquese y publíquese.SILVIA LOLI ESPINOZA Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 1925587-2 Designan Coordinador de la Subunidad de Abastecimiento de la Unidad de Administración del Programa Nacional para la Prevención y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar - AURORA RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 042-2021-MIMP Lima, 4 de febrero del 2021 Vistos: El O fi cio Nº D000102-2021-MIMP-AURORA- DE del Programa Nacional para la Prevención y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar, el Informe Nº D000024-2021-MIMP-OPTP de la O fi cina de Procesos Técnicos de Personal y la Nota Nº D000107-2021-MIMP-OGRH de la Ofi cina General de Recursos Humanos del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial Nº 059-2020- MIMP se designa a la señora IRIS JEANETTE MUÑOZ AVELLANEDA en el cargo de con fi anza de Coordinadora de la Sub Unidad de Logística de la Unidad de Administración del Programa Nacional para la Prevención y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar – AURORA del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; cargo al cual ha formulado renuncia; Que, a través del Decreto Supremo Nº 018-2019- MIMP se modi fi ca el numeral 1.1 del artículo 1 del Decreto Supremo Nº 008-2001-PROMUDEH, creándose en el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables el Programa Nacional para la Prevención y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar – AURORA; estableciéndose en su Primera Disposición Complementaria Final que toda referencia al Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual se entiende realizada al Programa Nacional para la Prevención y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar – AURORA, en adelante Programa Nacional AURORA;