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21 NORMAS LEGALES Sábado 6 de febrero de 2021 El Peruano / De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en el Decreto Legislativo Nº 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y modi fi catoria; en su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2012-MIMP y modi fi catorias; en el Decreto Supremo Nº 008-2001-PROMUDEH, modi fi cado por Decreto Supremo Nº 018-2019-MIMP; en la Resolución Ministerial Nº 093-2020-MIMP; y, la Resolución Ministerial Nº 020-2021-MIMP; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por el señor GONZALO ALFREDO SEIJAS VÁSQUEZ al cargo de Coordinador de la Sub Unidad de Recursos Humanos de la Unidad de Administración del Programa Nacional para la Prevención y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar – AURORA del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar al señor CESAR AUGUSTO GARCIA CESPEDES en el cargo de Director II de la Unidad de Gestión del Talento Humano del Programa Nacional para la Prevención y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar – AURORA del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables. Regístrese, comuníquese y publíquese.SILVIA LOLI ESPINOZA Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 1926026-1 Aprueban Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 044-2021-MIMP Lima, 5 de febrero de 2021 VISTOS, el Informe N° 004-2021-PAPC y el Memorándum N° D000087-2021-MIMP-OGA de la O fi cina General de Administración, el Informe N° D000047-2021-MIMP-OPR de la O fi cina de Presupuesto, el Memorándum N° D000090-2021-MIMP-OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe N° D000025- 2021-MIMP-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; CONSIDERANDO:Que, el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República y modi fi catorias, señala, entre otros aspectos, que las sociedades de auditoría son designadas previo concurso público de méritos, y contratadas por la Contraloría General de la República para examinar las actividades y operaciones de las entidades, opinar sobre la razonabilidad de sus estados fi nancieros, así como evaluar la gestión, captación y uso de los recursos asignados a las mismas; asimismo, indica que las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y gobiernos locales quedan autorizadas para realizar transferencias fi nancieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de aquella; y, además, precisa que las citadas transferencias fi nancieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego, previo informe favorable de la o fi cina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad; Que, mediante Resolución de Contraloría N° 371- 2020-CG, la Contraloría General de la República aprueba el tarifario que establece el monto de la retribución económica incluido el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de las sociedades de auditoría por el periodo a auditar que las Empresas bajo el ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE y otras Entidades, deben transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago a las sociedades de auditoría que, previo concurso público de méritos, sean designadas para realizar labores de control posterior externo, entre las cuales se encuentra el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables - “Fortaleciendo la prevención, mediante una estrategia nacional articulada, para la realización del derecho de las mujeres a una vida libre de violencia y discriminación basada en género en el Perú” – Donación AECID correspondiente al periodo a auditar 2020; Que, a través del O fi cio N° 000623-2020-CG/GAD de fecha 29 de diciembre de 2020, la Contraloría General de la República, en atención a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modi fi catorias, y en el Tarifario aprobado con Resolución de Contraloría N° 371-2020-CG del 28 de diciembre 2020, solicita al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables efectuar una transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República por el monto de S/ 40 000,00 (CUARENTA MIL Y 00/100 SOLES) para la contratación y pago de la sociedad de auditoría, que previo concurso público de méritos, sea designada para realizar la auditoría fi nanciera gubernamental a la intervención “Fortaleciendo la prevención, mediante una estrategia nacional articulada, para la realización del derecho de las mujeres a una vida libre de violencia y discriminación basada en género en el Perú” – Donación AECID periodo 2020, que incluye el impuesto general a las ventas (IGV); Que, con Memorándum N° D000087-2021-MIMP- OGA de fecha 4 de febrero de 2021, complementado con Memorándum N° D000096-2021-MIMP-OGA, la Ofi cina General de Administración hace suyo el Informe N° 004-2021-PAPC, a través del cual se señala, entre otros aspectos, que es necesario realizar la transferencia de recursos a favor de la Contraloría General de la República, por lo que solicita la aprobación de la Transferencia Financiera para la Contratación de la Sociedad de Auditoria para realizar la auditoría fi nanciera gubernamental a la intervención “Fortaleciendo la prevención, mediante una estrategia nacional articulada, para la realización del derecho de las mujeres a una vida libre de violencia y discriminación basada en género en el Perú” – Donación AECID correspondiente al periodo a auditar 2020; Que, mediante Memorándum N° D000090-2021- MIMP-OGPP, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto hace suyo el Informe N° D000047-2021-MIMP-OPR de la O fi cina de Presupuesto, el cual señala, entre otros, que la citada O fi cina dentro de su ámbito de su competencia funcional no encuentra inconveniente en materia presupuestaria para realizar la transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República, a fi n de fi nanciar el pago de la Sociedad Auditora que realizará la auditoría fi nanciera gubernamental a la intervención “Fortaleciendo la Prevención, mediante una estrategia nacional articulada para la realización del derecho de las mujeres a una vida libre de violencia y discriminación basada en género en el Perú” – Donación AECID correspondiente al periodo a auditar 2020, por lo que emite opinión favorable para la emisión de la Resolución Ministerial que autoriza la citada transferencia fi nanciera; Que, mediante Informe N° D000025-2021-MIMP- OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, en el marco de la normativa indicada y considerando lo señalado por la Ofi cina General de Administración y la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, estima legalmente procedente la emisión de la presente resolución; Que, en tal sentido, corresponde emitir el acto resolutivo que apruebe la transferencia fi nanciera antes