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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE FEBRERO DEL AÑO 2021 (07/02/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 75

75 NORMAS LEGALES Domingo 7 de febrero de 2021 El Peruano / reconocen tácitamente la comisión de la infracción, por lo que deben hacerse cargo del pago ante la aplicación de la medida complementaria y/o preventiva que se ejecutó ante la detección de la infracción, ante ello no podrán presentar reclamo o solicitud de devolución alguno. El bene fi cio de descuento de la multa administrativa no libera al infractor de la regularización del pago de la aplicación de la medida complementaria o preventiva, toda vez que dichas medidas son ejecutables en todos los casos y su pago es de estricto cumplimiento para la liberación del vehículo según el Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas y Escala de Multas de la presente ordenanza. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primero.- Dejar sin efecto toda disposición que se oponga a la presente ordenanza. Segundo.- Incorporar la presente Ordenanza al Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas y al Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas y Escala de Multas aprobado mediante Ordenanza Municipal Nº 017-2016-MPMN, asimismo se incorpora al TUPA vigente de la municipalidad la tarifa del DOV aprobado, que en anexo I y II forman parte integrante de la presente Ordenanza. Tercero.- Las Gerencias competentes, de conformidad con lo establecido en el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad, serán las responsables de cautelar el cumplimiento de las disposiciones municipales administrativas que contengan obligaciones y prohibiciones que son de obligatorio cumplimiento por las personas naturales y jurídicas, ya sean nacionales o extranjeros, empresas e instituciones públicas o privadas dentro del ámbito de la Jurisdicción de la Municipalidad de Mariscal Nieto y en general todos aquellos que por mandato de las disposiciones municipales administrativas deben cumplir determinadas conductas, absteniéndose de incumplirlas. Las Unidades Orgánicas designadas según el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad son las responsables del inicio del Procedimiento Administrativo Sancionador, por lo que constituyen la primera instancia para las acciones competentes. Cuarto.- MEDIDAS COMPLEMENTARIAS. INTERNAMIENTO DE VEHÍCULO EN EL DEPÓSITO MUNICIPAL VEHICULAR: Las unidades orgánicas así como la Gerencia de Desarrollo Urbano Ambiental y Acondicionamiento Territorial a través de su unidad orgánica realizan el internamiento mediante el Ingreso del vehículo al Depósito Municipal con o sin apoyo de la grúa, pudiendo utilizar mecanismos preventivos a través de dispositivos mecánicos, electrónicos y/o tecnológicos. QUINTO.- ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR. FASE INSTRUCTORA, a cargo de la gerencia competente según el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad, la cual se constituye como autoridad instructora. Se inicia con la noti fi cación de cargo que da inicio al procedimiento administrativo sancionador y concluye con el informe fi nal de instrucción. FASE RESOLUTIVA, a cargo de la unidad orgánica de la gerencia competente según el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad, la cual se constituye como la autoridad resolutiva de primera instancia. Se inicia con la recepción del informe fi nal de instrucción, cuyos fundamentos deben ser expuestos en la decisión contenida en la resolución de sanción administrativa o en la resolución de archivamiento del procedimiento administrativo sancionador, según sea el caso. Sexto.- Otórguese el plazo de quince (15) días calendario, desde la vigencia de la presente Ordenanza, a fi n de que los propietarios de los vehículos, carrocerías y chatarras que se encuentren en situación de abandono, en la vía pública según los supuestos descritos en el artículo procedan al retiro de los mismos; caso contrario, se procederá al inicio del procedimiento administrativo sancionador por afectación a la seguridad o salud pública y al ornato de la ciudad. Séptimo.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Desarrollo Urbano Ambiental y Acondicionamiento Territorial y la Sub Gerencia de Transportes y Seguridad Vial, a través de su unidad orgánica competente. Octavo.- Facultar al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía expida las normas reglamentarias que fueran necesarias para la aplicación de la presente ordenanza municipal. Noveno.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Urbano Ambiental y Acondicionamiento Territorial para la Publicación de la Presente Ordenanza Municipal en el Diario O fi cial “El Peruano”, asimismo a la O fi cina de Secretaria General en coordinación con la O fi cina de Tecnología de Información y Estadística la publicación de la presente Ordenanza en el portal Web de la Municipalidad Provincial Mariscal Nieto, para la Difusión de la presente Ordenanza. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.ABRAHAM ALEJANDRO CARDENAS ROMERO Alcalde ANEXO I TARIFA DEL DEPOSITO OFICIAL DE VEHICULOS DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL MARISCAL NIETO ARTICULOS 299º Y 303º DE LA LEY Nº 016-2009-MTC CARACTERÍSTICAS DE VEHÍCULOSDERECHO POR PERMANENCIA EN DOV - DIARIO. U.I.T.DERECHO POR SERVICIO DE GRÚA, TRASLADOS AL DOV. U.I.T. (de ser el caso) Automóviles, station wagon, camionetas pick up, furgonetas con más de 500 Kg hasta 1500 Kg.0.25% 3.3% Camionetas Rurales, minibuses y camiones. 0.38% 5% Buses, camiones de más de 5 toneladas y maquinaria pesada 0.51% 7% ANEXO: II CUADRO DE INFRACCIONES Y SANCIONES ADMINISTRATIVAS Y ESCALA DE MULTAS DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL MARISCAL NIETO – MOQUEGUA. (Criterios de fi nidos por el principio de razonabilidad del TUO de la Ley Nº 27444) Código Infracción Procedimiento previo ESCALA Monto de la multa Medida Preventiva 243-1Por abandonar en vías o espacios públicos por más de siete (07) días, vehículos o unidades motorizadas, con o sin placa de rodaje con signos de no estar en condiciones de movilizarse, Carrocerías y chatarra.Descargo L(Vehículo pesado 48.838% UIT), (vehículo liviano 9.903% UIT)(Vehículo menor 1.290%UIT)INTERNAMIENTO .