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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE FEBRERO DEL AÑO 2021 (07/02/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 66

66 NORMAS LEGALES Domingo 7 de febrero de 2021 / El Peruano N.° EXPEDIENTE SENTENCIA 1 Expediente Nº 00027-2013-0-2802-JP- LA-03Juzgado de Paz Letrado Laboral - Sub sede Juzgado de Ilo, siendo la parte demandada: John Jesús Soto Gamero, y la parte demandante: Prima AFP S. A.Sentencia - Resolución Nº 02, del 12 de abril de 2013, se declaró fundada la demanda interpuesta por Prima AFP S. A. en contra de John Jesús Soto Gamero, disponiendo se lleve adelante la ejecución hasta que la entidad ejecutada cumpla con pagar a favor del demandante la suma de un mil ochenta y siete con 12/100 nuevos soles (S/ 1087.12), por concepto de aportes previsionales, más los intereses correspondientes, con costas y costos del proceso.Resolución Nº 03, del 1 de abril del 2015, se dispuso el archivo transitorio del proceso, teniendo en cuenta que el proceso se encuentra en ejecución y las partes no han presentado recurso alguno para el impulso del proceso, habiendo transcurrido más de cuatro meses sin que se haya actuado en dicho proceso. 2Expediente Nº 00716-2015-0-2802-JP- LA-03Juzgado de Paz Letrado Laboral - Sub sede Juzgado de Ilo, siendo la parte demandada: John Jesús Soto Gamero, y la parte demandante: Profuturo AFP.Sentencia - Resolución Nº 02, del 15 de diciembre de 2015, se declaró fundada la demanda interpuesta por Profuturo AFP en contra de la empresa John Jesús Soto Gamero, disponiendo se lleve adelante la ejecución hasta que la entidad ejecutada cumpla con pagar a favor del demandante la suma de un mil veinticinco con 02/100 nuevos soles (S/ 1025.02), por concepto de aportes previsionales, más los intereses correspondientes, con costas y costos del proceso.Resolución Nº 03, del 10 de febrero de 2017, se resolvió declarar consentida la resolución número dos, del 15 de diciembre de 2015, al no haberse interpuesto recurso impugnatorio alguno dentro del plazo establecido por ley. Además, se dispuso su archivo transitorio. 3Expediente Nº 00115-2014-0-2802-JP- LA-03Juzgado de Paz Letrado Laboral - Sub sede Juzgado de Ilo, siendo la parte demandada: John Jesús Soto Gamero, y la parte demandante: Prima AFP.Sentencia - Resolución Nº 02, del 14 de marzo de 2014, se declaró fundada la demanda interpuesta por Prima AFP S. A. en contra de John Jesús Soto Gamero, disponiendo se lleve adelante la ejecución hasta que la entidad ejecutada cumpla con pagar a favor del demandante la suma de cuatrocientos sesenta con 27/100 nuevos soles (S/ 460.27), por concepto de aportes previsionales, más los intereses correspondientes, con costas y costos del proceso.Resolución Nº 03, del 2 de junio del 2015, se resolvió declarar consentida la sentencia contenida en la resolución número dos, del 14 de marzo de 2014, al no haberse interpuesto recurso impugnatorio alguno dentro del plazo de ley. Así también, se dispuso el archivo transitorio. 4Expediente Nº 00851-2014-0-2802-JP-LA-03Juzgado de Paz Letrado Laboral - Sub sede Juzgado de Ilo, siendo la parte demandada: John Jesús Soto Gamero, y la parte demandante: Profuturo AFP.Sentencia - Resolución Nº 02, del 31 de diciembre de 2014, se declara fundada la demanda interpuesta por Profuturo AFP en contra de John Jesús Soto Gamero, disponiendo se lleve adelante la ejecución hasta que la entidad ejecutada cumpla con pagar a favor del demandante la suma de ciento sesenta y cinco con 89/100 nuevos soles (S/ 165.89), por concepto de aportes previsionales, más los intereses correspondientes, con costas y costos del proceso.Resolución Nº 03, del 22 de enero de 2016, se resolvió declarar consentida la resolución Nº 02, del 31 de diciembre de 2014, al no haberse interpuesto recurso impugnatorio alguno dentro del plazo establecido por ley. 5Expediente Nº 00483-2012-0-2802-JP-LA-03Juzgado de Paz Letrado Laboral - Sub sede Juzgado de Ilo, siendo la parte demandada: John Jesús Soto Gamero, y la parte demandante: AFP Integra.Sentencia - Resolución Nº 03, del 18 de setiembre de 2012, se declaró fundada la demanda interpuesta por AFP Integra en contra de John Jesús Soto Gamero, disponiendo que la entidad ejecutada cumpla con pagar a favor del demandante la suma de doscientos tres con 91/100 nuevos soles, más los intereses correspondientes, con costas y costos del proceso.Resolución Nº 04, del 12 de octubre del 2012, se resolvió declarar consentida la sentencia contenida en la resolución número tres, del 18 de setiembre de 2012, al no haber sido objeto de impugnación y se dispuso que la entidad ejecutada cumpla con lo ordenado en la sentencia. 6Expediente Nº 00015-2011-0-2802-JP- LA-022° Juzgado de Paz Letrado, siendo la parte demandada: John Jesús Soto Gamero, y la parte demandante: AFP Integra.Sentencia - Resolución Nº 02, del 16 de marzo de 2011, se declaró fundada la demanda interpuesta por AFP Integra en contra de John Jesús Soto Gamero, disponiendo que el ejecutado pague a la demandante la suma de ciento noventa y uno con 17/100 nuevos soles (S/ 191.17), más los intereses correspondientes, con costas y costos del proceso.Resolución Nº 03, del 26 de setiembre de 2011, se dispuso el archivo transitorio, teniendo en cuenta que el proceso se encuentra paralizado por más de cuatro meses sin que las partes hayan realizado el impulso procesal correspondiente. 7Expediente Nº 00446-2014-0-2802-JP- LA-03Juzgado de Paz Letrado Laboral - Sub sede Juzgado de Ilo, siendo la parte demandada: John Jesús Soto Gamero, y la parte demandante: Profuturo AFP.Sentencia - Resolución Nº 2, del 2 de setiembre de 2014, se declaró fundada la demanda interpuesta por Profuturo AFP en contra de John Jesús Soto Gamero, disponiendo se lleve adelante la ejecución hasta que la entidad ejecutada cumpla con pagar a favor del demandante la suma de setecientos treinta y cuatro con 39/100 nuevos soles (S/ 734.39), por concepto de aportes previsionales, más los intereses correspondientes, con costas y costos del proceso.Resolución Nº 03, del 11 de enero del 2016, se resolvió declarar consentida la resolución Nº 02, del 2 de setiembre de 2014, al no haberse interpuesto recurso impugnatorio alguno dentro del plazo establecido por ley. 8Expediente Nº 00250-2013-0-2802-JP- LA-03Juzgado de Paz Letrado Laboral - Sub sede Juzgado Ilo, siendo la parte demandada: John Jesús Soto Gamero, y la parte demandante: AFP Integra.Sentencia - Resolución Nº 03, del 19 de junio de 2013, se declaró fundada la demanda interpuesta por AFP Integra en contra de John Jesús Soto Gamero, disponiendo se lleve adelante la ejecución hasta que la entidad ejecutada cumpla con pagar a favor de la demandante la suma de mil quinientos diez con 87/100 nuevos soles (S/ 1510.87) por concepto de aportes previsionales, más los intereses correspondientes, con costas y costos del proceso.Resolución Nº 04, del 15 de abril de 2015, se dispuso el archivo transitorio, teniendo en cuenta que el proceso se encuentra en ejecución y las partes no presentaron recurso alguno para el impulso del proceso, habiendo transcurrido más de cuatro meses sin que se haya actuado en dicho proceso. 9Expediente Nº 00593-2014-0-2802-JP- LA-03Juzgado de Paz Letrado Laboral - Sub sede Juzgado de Ilo, siendo la parte demandada: John Jesús Soto Gamero, y la parte demandante: Prima AFP S. A.Sentencia - Resolución Nº 02, del 2 de octubre de 2014, se declaró fundada la demanda interpuesta por Prima AFP SA en contra de John Jesús Soto Gamero, disponiendo que se lleve adelante la ejecución hasta que la entidad ejecutada cumpla con pagar a favor del demandante la suma de novecientos veintiuno con 68/100 nuevos soles (S/ 921.68) por concepto de aportes previsionales, más los intereses correspondientes, con costas y costos del proceso.Resolución Nº 03, del 19 de enero del 2016, se resolvió declarar consentida la sentencia contenida en la resolución Nº 02, del 2 de octubre de 2014, al no haberse interpuesto recurso impugnatorio alguno dentro del plazo establecido por ley. 10Expediente Nº 00736-2015-0-2802-JP- LA-03Juzgado de Paz Letrado Laboral - Sub sede Juzgado Ilo, siendo la parte demandada: John Jesús Soto Gamero, y la parte demandante: AFP Integra.Sentencia - Resolución Nº 02, del 17 de diciembre de 2015, se declaró fundada la demanda interpuesta por AFP Integra en contra de John Jesús Soto Gamero, disponiendo se lleve adelante la ejecución hasta que la ejecutada cumpla con pagar a favor de la demandante la suma de un mil setecientos diecisiete con 94/100 nuevos soles (S/ 1717.94) por concepto de aportes previsionales, más los intereses correspondientes, con costas y costos del proceso.Resolución Nº 03, del 10 de febrero de 2017, se dispuso declarar consentida la sentencia contenida en la resolución número dos, del 17 de diciembre de 2015, al no haberse interpuesto recurso impugnatorio alguno dentro del plazo establecido por ley. Además, se dispuso el archivo transitorio del proceso. 2.2. Por su parte, el recurrente señala que dichos procesos judiciales sobre obligación de dar suma de dinero fueron interpuestos por las AFPs contra la Notaría John Soto Gamero, no contra el candidato como persona natural. Al respecto, de la revisión de los autos, así como de la consulta realizada a través del portal web del Poder Judicial, consulta de expedientes judiciales1, se advierte que dichos procesos judiciales, están dirigidos contra el referido candidato como persona natural, conforme se aprecia de las siguientes imágenes: