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114 NORMAS LEGALES Viernes 2 de julio de 2021 El Peruano / nacional de la Región CUSCO (Gobierno Regional de Cusco, Gobiernos Locales, Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco (UNSAAC) entre otros) por parte del Gobierno Nacional; así como, el uso de dichos recursos económicos para el desarrollo sostenible a nivel local y regional. Su objeto radica en contribuir a la ampliación y mejora de la transparencia de los fl ujos de pagos tributarios y no tributarios de las empresas extractivas mineras, de gas natural y petróleo que operan en el territorio regional, y que el Gobierno Nacional trans fi ere por concepto de canon y regalías a que se re fi ere la Ley Nº 27506 así como del destino y uso dados a estos por el Gobierno Regional de Cusco y otras instituciones públicas de ámbito sub-nacional de la Región Cusco que también obtienen ingresos por estos conceptos. Con la fi nalidad de generar una mayor conciencia en temas de transparencia y rendición de cuentas a nivel regional, esta Comisión también podrá realizar actividades relacionadas con la difusión de los conceptos tributarios y no tributarios indicados el párrafo precedente y que se generen por parte de las industrias exclusivas vinculadas con la explotación de recursos renovables, así como temas mineros que tienen estrecha relación con temas de impacto ambiental en las actividades extractivas. Artículo Segundo.- De la conformación de la Comisión. La Comisión Regional Multisectorial Permanente a que se re fi ere el Artículo Primero de la presente norma, estará integrada por representantes del Estado (GORE Cusco), las empresas extractivas que tienen actividades en la región y las organizaciones de la sociedad civil de la siguiente manera: Por el Gobierno Regional de Cusco:- Por el Gobernador Regional, quien asumirá la Presidencia de la Comisión Regional Multisectorial Permanente, cargo que puede ser delegable con la acreditación correspondiente. - Dos (02) Consejeros Regionales. (01) uno elegidos por el Pleno del Consejo Regional. (01) uno representado por el presidente de la Comisión Ordinaria de Energía, Minas e Hidrocarburos del Consejo Regional, cargo que puede ser delegable con la acreditación correspondiente. - El Gerente o un (01) representante debidamente acreditado de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Ordenamiento Territorial de Cusco. - El Gerente o un (01) representante debidamente acreditado de la Gerencia Regional de Energía y Minas del Gobierno Regional del Cusco - Dos (02) representante de los Gobiernos Locales, Provinciales y Distritales donde se desarrolla las actividades extractivas materia de la presente Ordenanza. Por las empresas Extractivas de la Región del Cusco:Representantes elegidos por las empresas de la industria extractiva MINERAS a fi ncadas en el Departamento de Cusco. - Dos (02) representante de la empresa Glencore/ Antapacay - Dos (02) representante de la empresa Hudbay / Constancia. Representantes elegidos por las empresas de la industria extractiva de HIDROCARBUROS, a fi ncada en el Departamento de Cusco. - Dos (02) representante de la empresa Pluspetrol / Camisea (lotes 88 y 56) - Dos (02) representante de la empresa Repsol (lote 57) - Dos (02) Representante del Gremio Empresarial Nacional, designado por la Sociedad Nacional de Minería, Petróleo y Energía. - Dos (02) representante del Gremio Empresarial de micro y pequeña empresas minero extractivas. - Otras que la comisión vea por conveniente.Por la sociedad civil de la Región de Cusco. - Dos (02) Representantes elegidos por las instituciones u organizaciones de la sociedad civil cusqueña, con actividades vinculadas al desarrollo o tratamiento de las industrias extractivas en la región de Cusco. - Dos (02) Representantes de las Universidades cusqueñas, como parte de la sociedad civil de la Región Cusco. ( (01) un representante de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco y un (01) representante de las Universidades Privadas Cusqueñas) - Un (01) Representante debidamente acreditado del Consejo Regional de Colegios Profesionales del Cusco ( COREPRO) - Un (01) Representante de la Mancomunidad Amazónica de la Provincia de la Convención - Un (01) Representantes del Instituto Regional del Gas Cusco. - Dos (02) Representante de las Organizaciones Andino, Amazónica - Un (01) representante de las Organizaciones No Gubernamentales, referido a temas de industria extractiva y/o ambientales. - Todos los representantes contarán con un alterno debidamente acreditado. - La Secretaría Técnica de la Comisión Regional Multisectorial Permanente será asumida por la Gerencia Regional de Energía y Minas del Gobierno Regional de Cusco, la cual podrá participar en las reuniones de manera alterna frente a la ausencia de alguno de los representantes del Gobierno Regional de Cusco. Sus funciones especí fi cas estarán establecidas en el Reglamento Interno de la Comisión. Artículo Tercero.- Son Atribuciones de la Comisión: 1. Promover e impulsar la elaboración estudios de Transparencia Regional sobre las Transferencias por Canon y sobre canon, Canon Minero y gasífero y Regalías Minera y Gasíferas, que realiza el Gobierno Nacional a las entidades regionales mencionadas en el artículo 1º, y sobre el uso que realizan las entidades regionales con dichos recursos económicos Transferidos por el Gobierno Nacional. 2. Difundir de manera amplia, comprensible y completa los resultados de los Estudios de Transparencia Regional mencionados en el ítem anterior, incluyendo la información sobre los pagos de Impuesto a la Renta, Regalías Mineras y Regalías Gasíferas que realizan las empresas extractivas contenidas en el Estudio Nacional de Conciliación. 3. Recomendar medidas para mejorar la difusión de información sobre la generación y distribución de la renta que genera la actividad extractiva minera y gasífera en la región, y sobre el uso del canon para el desarrollo regional y local. 4. Coordinar la asistencia técnica y el fi nanciamiento correspondiente – especí fi co con EITI Perú, debiendo estar sus decisiones alineada a las normas y acuerdos nacionales emitidos por la Comisión Nacional del EITI Perú y la Secretaría Técnica Nacional, además de lo establecido por el Consejo Internacional EITI y la Secretaría Internacional EITI. 5. Informar al Consejo Regional de Cusco de las actividades que se desarrollen en el marco de la implementación de la iniciativa para la Transparencia en las Industrias Extractivas en la Región Cusco. Artículo Cuarto.- La Comisión Regional Multisectorial Permanente, tendrá las siguientes funciones: 1. Promover, elaborar, dirigir y evaluar, de manera concertada, un Plan de Acción para la implementación de la Iniciativa para la Transparencia en las Industrias Extractivas (EITI) en la Región. El Ministerio de Energía y Minas, a través de su Comisión Nacional, podrá participar en esta fase de sensibilización, a fi n de informar adecuadamente a los actores que participarán en la iniciativa.