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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE JULIO DEL AÑO 2021 (02/07/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 128

TEXTO PAGINA: 111

111 NORMAS LEGALES Viernes 2 de julio de 2021 El Peruano / TRANSFERENCIAS FINANCIERAS A GOBIERNOS LOCALES 2021 II GRUPO ITEM CUI PROYECTO PROVINCIA DISTRITO MONTO 26 2473955CREACIÓN Y MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS DE AGUA POTABLE REDES DE ALCANTARILLADO Y PLANTAS DE TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES DEL ANEXO HUILLAC DEL DISTRITO DE ALCA- PROVINCIA DE LA UNION- DEPARTAMENTO DE AREQUIPA.LA UNION ALCA S/ 2,111,186.71 27 2474232MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE AGUA DEL SISTEMA DE RIEGO CANAL PÓMACOCHO EN LOS CENTROS POBLADOS VISBE LUICHO Y ANTABAMBA DEL DISTRITO DE HUAYNACOTAS - PROVINCIA DE LA UNIÓN DEPARTAMENTO DE AREQUIPALA UNION HUAYNACOTAS S/ 5,035,073.44 28 2304792MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE AGUA Y DESAGÜE DE LOS PUEBLOS ADMINISTRADOS POR EL JASS DE CONGATA II ETAPA DISTRITO UCHUMAYO AREQUIPA - AREQUIPAAREQUIPA UCHUMAYO S/ 3,447,200.86 29 2512740MEJORAMIENTO DEL SISTEMA DE RIEGO EN EL SECTOR DE FAUSA Y SIHUA SIHUA DEL DISTRITO DE ACHOMA - PROVINCIA DE CAYLLOMA - DEPARTAMENTO DE AREQUIPACAYLLOMA ACHOMA S/ 2,099,575.04 30 2333706MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE E INSTALACIÓN DE ALCANTARILLADO EN LA LOCALIDAD DE SAÍNA EN EL DISTRITO DE SAYLA PROVINCIA DE LA UNIÓN - AREQUIPALA UNION SAYLA S/ 2,697,297.74 31 2342736MEJORAMIENTO DE LA TRANSITABILIDAD VEHICULAR Y PEATONAL EN LA VIA CIRCUNVALACION DEL CENTRO POBLADO DE CHIVAY DE LA PROVINCIA DE CAYLLOMA DEPARTAMENTO DE AREQUIPA.CAYLLOMA CHIVAY S/ 5,196,835.90 32 2507674MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE EDUCACIÓN SECUNDARIA EN LA I E SAN PEDRO DE YAUCA EN LA LOCALIDAD DE YAUCA DISTRITO DE YAUCA - PROVINCIA DE CARAVELÍ - DEPARTAMENTO DE AREQUIPACARAVELI YAUCA S/ 1,508,605.94 33 2211319MEJORAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA VIAL EN LOS AA.HH. HÁBITAT LA PAMPA Y PUEBLO NUEVO DEL DISTRITO DE SAMUEL PASTOR PROVINCIA DE CAMANÁ AREQUIPACAMANASAMUEL PASTOR S/ 3,283,711.40 MONTO TOTAL DE LA TRANSFERENCIA S/ 79,617,811.59 Segundo.- DISPONER que el Órgano Ejecutivo Regional, de manera previa a la ejecución de las trasferencias fi nancieras, suscriba los respectivos Convenios con los Gobiernos Locales bene fi ciarios, debiéndose alcanzar al Consejo Regional copias de tales documentos en el término de cinco (05) días hábiles a partir de su suscripción. Tercero.- Dejar expresamente indicado que las Transferencias Financieras no podrán ser destinadas a ninguna actividad y/o proyecto distinto a los que han dado lugar a las autorizaciones, bajo responsabilidad. Cuarto.- PRECISAR que el monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas de los proyectos de Inversión Pública que han dado lugar a las autorizaciones de transferencias fi nancieras será responsabilidad de la Gerencia Regional de Infraestructura y de la Gerencia Regional de Supervisión y Liquidación de Proyectos.Quinto.- SEÑALAR que el Consejo Regional de Arequipa efectuará las acciones de fi scalización que se estimen convenientes, lo que expresamente deberá ser consignado con los convenios a suscribir por el Órgano Ejecutivo. Sexto.- DISPONER la publicación del presente Acuerdo Regional en el Diario O fi cial “El Peruano”, conforme lo dispuesto en el artículo Articulo 16 de La Ley N° 31084 “Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2021”. POR TANTO:Regístrese y cúmplase.SANTIAGO NEYRA ALMENARA Presidente del Consejo Regional 1967843-1 Autorizan transferencia financiera a favor de la Universidad Nacional de San Agustín para la ejecución de proyecto ACUERDO REGIONAL Nº 063-2021-GRA/CR-AREQUIPA Arequipa, 28 de junio del 2021El Consejo Regional del Gobierno Regional de Arequipa, en Sesión Extraordinaria aprobó el siguiente acuerdo. CONSIDERANDO:Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Perú, modi fi cada por Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización – Ley Nº 27680, establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y en el artículo 192º en su numeral 1) establece que los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto; Que, de conformidad con lo establecido con el artículo 39º de la Ley Nº 27867- Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Que, conforme con el artículo 76 del Decreto Legislativo N° 1440 Sistema Nacional de Presupuesto Público: