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59 NORMAS LEGALES Viernes 2 de julio de 2021 El Peruano / de Necesidad Pública la Adquisición o Expropiación de Bienes Inmuebles afectados para la Ejecución de diversas Obras de Infraestructura, Decreto de Urgencia N° 003-2020, Decreto de Urgencia que establece las disposiciones extraordinarias para la adquisición y liberación de áreas necesarias para el Plan Nacional de Infraestructura para la Competitividad y el Plan Integral de Reconstrucción con Cambios, la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el Decreto Supremo N° 021-2018-MTC y la Resolución Ministerial N° 015-2019 MTC/01 y sus modi fi catorias, que aprueban las Secciones Primera y Segunda del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, respectivamente, y el Decreto Supremo N° 015-2020-VIVIENDA, que aprueba el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobación de la Ejecución de la Expropiación del área del Bien Inmueble y del Valor de la Tasación Aprobar la ejecución de la expropiación del área del inmueble afectado por la ejecución de la Obra: “Red Vial N° 4: Tramo Pativilca – Santa – Trujillo y Puerto Salaverry – Empalme PN1N” y el valor de la Tasación, ascendente a S/ 275 355,22 (DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y CINCO CON 22/100 SOLES), correspondiente al código RV4-T1-CHA-023, conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Consignación del Valor de la Tasación Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, consigne en el Banco de la Nación, el monto del valor de la Tasación a favor del Sujeto Pasivo de la expropiación, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- Información Necesaria para Inscribir el área del Bien Inmueble a Favor del Bene fi ciario y Orden de Levantar toda Carga o Gravamen que contenga la Partida Registral 3.1 Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, remita al Registro de Predios de la O fi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP, la información señalada en el artículo 30 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado por Decreto Supremo N° 015-2020-VIVIENDA, a efectos de inscribir el área del bien inmueble expropiado a favor del bene fi ciario. 3.2 Disponer que el Registrador, bajo responsabilidad, proceda al levantamiento de toda carga o gravamen que contenga la Partida Registral respecto del área del inmueble afectado. Los acreedores pueden cobrar sus acreencias con el valor de la Tasación pagado directamente o vía consignación al Sujeto Pasivo. Artículo 4.- Inscripción Registral del área del bien inmueble a Favor del Bene fi ciario Disponer que la O fi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos – SUNARP, inscriba a favor del bene fi ciario el área del bien inmueble expropiado, bajo responsabilidad y sanción de destitución. Artículo 5.- Noti fi cación al Sujeto Pasivo Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, notifique la presente Resolución al Sujeto Pasivo de la expropiación, conforme a lo dispuesto en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado por Decreto Supremo N° 015-2020-VIVIENDA, requiriéndole la desocupación y entrega del área del bien inmueble expropiado dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de notificada la presente Resolución Ministerial, de encontrarse el área del inmueble desocupada, o treinta (30) días hábiles de estar ocupada o en uso, bajo apercibimiento de iniciar los procedimientos de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión del área del bien inmueble materia de expropiación. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDUARDO GONZÁLEZ CHÁVEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones ANEXO VALOR DE TASACIÓN DEL ÁREA DEL INMUEBLE AFECTADO POR LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: RED VIAL Nº 4: TRAMO PATIVILCA - SANTA - TRUJILLO Y PUERTO SALAVERRY - EMPALME PN1N NºSUJETO ACTIVO / BENEFICIARIOSUJETO PASIVOCÓDIGO: RV4-T1-CHA-023IDENTIFICACIÓN DEL BIEN INMUEBLE VALOR DE LA TASACIÓN (S/)AREA AFECTADA: 12,380.68 m2 AFECTACIÓN: PARCIAL COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL INMUEBLE 1MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - PROVIAS NACIONALBEGGIE PERU S.A.LINDEROS Y MEDIDAS PERIMETRICAS DEL AREA AFECTADA: Vértice LadoDistancia (m)WGS 84 275 355,22Este(X) Norte(Y) Por el Norte: Colinda con Proyecto Especial Chavimochic, con una longitud 11.56 m.Por el Sur: Colinda con Proyecto Especial Chavimochic, con una longitud 7.62 m.Por el Este: Colinda con Lote 10.6 VII, con una longitud 1,308.32 m.Por el Oeste: Colinda con carretera Panamericana Norte, con una longitud 1,307.40 m.A A-B 1308.32 734089.2017 9075411.8012 B B-C 7.62 734828.2647 9074332.2209 - PARTIDA REGISTRAL : Nº 04020135 perteneciente a la Ofi cina Registral de Trujillo, Zona Registral N° V - Sede Trujillo. - CERTIFICADO DE BUSQUEDA CATASTRAL : Emitido con fecha 14.03.2018, en base al Informe Técnico N°2988-2018-Z.R-V-ST/OC, emitido por la O fi cina Registral de Trujillo de la Zona Registral N° V - Sede Trujillo.C C-D 1307.40 734822.6542 9074327.0660 D D-A 11.56 734080.9442 9075403.7060 1968091-1