Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE JULIO DEL AÑO 2021 (02/07/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 128

TEXTO PAGINA: 75

75 NORMAS LEGALES Viernes 2 de julio de 2021 El Peruano / Donde: Valor Fob = Precio de Producto Marcador + Ajuste de calidad + Terminalling – RVO Precio Producto Marcador = Precio Marcador Colonial Pipeline + Costo del Colonial Pipeline al Terminal de Combustibles Gastos de Importación = Carta de Crédito + Gastos de Inspección + Gasto de Puerto + Sobreestadías + Costos Financieros 6.4 Precio de Referencia de Exportación (PR2): El PR2 de un combustible es un valor teórico que se determina en base al precio del producto marcador en el mercado relevante con los ajustes de calidad que correspondan y se descuenta el costo de transporte ( fl ete marítimo) y del seguro más e fi ciente. 6.5 La estructura general del Precio de Referencia de Exportación (PR2) es la siguiente: PR2 = Valor FOB - Flete - Seguro 6.6 Precio de Referencia de los Biocombustibles: 6.6.1 Precio de Referencia de los GasoholesSe calcula considerando los porcentajes de la mezcla de Alcohol Carburante y Gasolina, según lo establecido en el Reglamento para la Comercialización de Biocombustibles, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 021-2007-EM, o la norma que lo modi fi que o sustituya. El Precio de Referencia de los diversos Gasoholes es determinado según la siguiente fórmula, siendo ZZ el número de octanaje: Gasohol ZZ Plus = Gasolina ZZ * (100% - Y) + Alcohol Carburante * Y Donde: Gasolina ZZ = PR1 de la Gasolina ZZ Y=Representa el porcentaje de Alcohol Carburante utilizado en la mezcla, de acuerdo con lo establecido en el Reglamento para la Comercialización de Biocombustibles, actualmente es de 7.8%. Alcohol Carburante = PR1 del etanol 6.6.2 Precio de Referencia del Diésel BX El Precio de Referencia para el Diesel BX, se calculará considerando los porcentajes de la mezcla de Diésel N°2 y Biodiesel comercializados en el Perú, según lo establecido en el Reglamento para la Comercialización de Biocombustibles aprobado mediante el Decreto Supremo N° 021-2007-EM, o la norma que lo modi fi que o sustituya. El Precio de Referencia del Diésel BX será determinado mediante la siguiente fórmula: Diésel BX = Diésel N°2 * (100% - X) + Biodiesel B100 * X El Diésel BX será calculado para los diversos contenidos de azufre del Diésel N°2. Donde: Diésel N°2 = PR1 del Diésel N°2 X = Representa el porcentaje de Biodiesel B100 utilizado en la mezcla, de acuerdo con lo establecido en el Reglamento para la Comercialización de Biocombustibles. Biodiesel B100 = PR1 del Biodiesel B100 Se calculan los Precios de Referencia para el diésel de alto y bajo contenido de azufre, cuyas características son las siguientes: - Bajo Azufre: con contenido de azufre mayor o igual a cero y menor o igual a 2500 partes por millón (0<=S<=2500) - Alto Azufre: con contenido de azufre mayor a 2500 y menor o igual a 5000 partes por millón (2500<S<=5000) Artículo 7. DETERMINACIÓN DE LOS PRECIOS DE REFERENCIA Como paso previo al cálculo de los Precios de Referencia, se determinan cada uno de sus componentes, de acuerdo a la metodología que se detalla a continuación: 7.1 Precio del Producto MarcadorLos productos marcadores seleccionados de los Mercados Relevantes y las Fuentes de Información señalados en los artículos 5.1 y 5.2.1 del presente procedimiento son los siguientes: Productos Productos Marcadores Gas Licuado de Petróleo Propane (70%) y Butane (30%)Gasolinas 97 octanos Reg CBOB (8%) y Prem CBOB (92%)Gasolinas 95 octanos Reg CBOB (41%) y Prem CBOB (59%)Gasolinas 90 y 84 octanos Reg CBOB Gasoholes de 97 y 95 octanos Reg CBOB, Prem CBOB y EthanolGasoholes de 90 y 84 octanos Reg CBOB y EthanolDiésel 2 Bajo azufre ULSD 62 Diésel 2 Alto azufre Heating Oil 77Diésel BX ULSD 62, Heating Oil 77 y B100Turbo Jet Fuel Colonial 54Petróleo Industrial N°6 y N°500 Residual Fuel Oil 3% USGCAlcohol Carburante EthanolBiodiesel B100 Soya OME fob ARA Notas: Los marcadores para las Gasolinas, Diésel 2 y Turbo son precios USGC Colonial Pipeline. Los marcadores para los Petróleos Industriales y Alcohol Carburante son precios USGC Waterborne. 7.2 Ajuste de Calidad7.2.1 Ajuste de Calidad por RVP y Octanaje para las Gasolinas La fórmula general para determinar el ajuste de calidad de la gasolina según su octanaje se presenta a continuación: Gasolina Fórmula General del Ajuste de Calidad Gasolina 97 octanos Ajuste RVPGasolina 95 octanos Ajuste RVPGasolina 90 octanos Ajuste RVP + Ajuste por Octanaje Gasolina 84 octanos Ajuste RVP + Ajuste por Octanaje 7.2.1.1 Ajuste por RVP Se aplica a todas las gasolinas. La fórmula de ajuste por RVP considera el % de butano que debería retirarse