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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE JULIO DEL AÑO 2021 (08/07/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 9

9 NORMAS LEGALES Jueves 8 de julio de 2021 El Peruano / Artículo 11.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución en el portal institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/pcm), en la misma fecha de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARMEN GISELLE HUAMANI OLIVO SecretariaSecretaría de Gestión Social y DiálogoViceministerio de Gobernanza Territorial 1970509-1 Conforman la “Mesa de Diálogo para abordar integralmente la problemática hídrica de la provincia de Candarave, departamento de Tacna” RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE GESTIÓN SOCIAL Y DIÁLOGO N° 004-2021-PCM/SGSD Lima, 2 de julio de 2021VISTOS:El Informe Nº D000021-2021-PCM-SSGC-JPB y la Nota de Elevación Nº D000266-2021-PCM-SSGC de la Subsecretaría de Gestión de Con fl ictos de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo del Viceministerio de Gobernanza Territorial de la Presidencia del Consejo de Ministros; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 17 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que la Presidencia del Consejo de Ministros es el Ministerio responsable de la coordinación de las políticas nacionales y sectoriales del Poder Ejecutivo, coordina las relaciones con los demás Poderes del Estado, los organismos constitucionales, gobiernos regionales, gobiernos locales y la sociedad civil; Que, el Estado desde la Presidencia del Consejo de Ministros, se ha trazado como objetivo primordial el coordinar los procesos de diálogo involucrando a los diversos actores sociales, representantes de entidades públicas y privadas, así como a los funcionarios en sus diversos niveles de gobierno, a fi n de encausar las distintas demandas ciudadanas y encaminar la solución de con fl ictos sociales y expectativas de la población; Que, mediante Resolución Ministerial N° 300-2019- PCM, se formalizó la instalación y conformación del Grupo de Trabajo denominado “Mesa de Diálogo para abordar integralmente la problemática hídrica de la provincia de Candarave, departamento de Tacna”; con plazo de vigencia de ciento ochenta (180) días hábiles, el mismo que a la fecha se encuentra vencido; Que, resulta necesario contar con un espacio de diálogo que permita continuar con la articulación entre el Ejecutivo, la empresa privada, autoridades locales y sociedad civil organizada de la provincia de Candarave para procurar la adecuada atención de la problemática hídrica de la provincia de Candarave; Que, los artículos 58 y 59 del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo N° 022-2017-PCM señalan que la Secretaría de Gestión Social y Diálogo es el órgano de línea con autoridad técnico normativa a nivel nacional, responsable en materias de prevención, gestión y solución de controversias, diferencias y con fl ictos sociales, que tiene entre sus funciones proponer normas y aprobar directivas, lineamientos, protocolos y demás dispositivos, en materia de su competencia; asimismo, coordina con todas las entidades del Poder Ejecutivo, los gobiernos regionales y gobiernos locales, la debida atención de los procesos de diálogo, mediación, negociación, entre otros mecanismos para la solución de controversias y con fl ictos sociales; Que, asimismo, de acuerdo a lo establecido en el artículo 62 del citado Reglamento de Organización y Funciones, la Subsecretaría de Gestión de Con fl ictos de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo, tiene entre su funciones, implementar los mecanismos y metodologías para la atención de con fl ictos sociales, tales como mediación, negociación, intervención en campo y coordinación para la atención de demandas sectoriales; e identi fi car la necesidad de conformar mesas de diálogo y coordinar su implementación con la Subsecretaría de Diálogo y Sostenibilidad; Que, a través de los documentos de vistos, la Subsecretaría de Gestión de Con fl ictos de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo, propone la implementación de la Mesa de Diálogo para abordar integralmente la problemática hídrica de la provincia de Candarave, departamento de Tacna; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por el Decreto Supremo Nº 022-2017-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1.- Conformación de la Mesa de Diálogo Conformar la “Mesa de Diálogo para abordar integralmente la problemática hídrica de la provincia de Candarave, departamento de Tacna”, a cargo de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo del Viceministerio de Gobernanza Territorial de la Presidencia del Consejo de Ministros. Artículo 2.- Objeto La Mesa de Diálogo tiene por objeto realizar acciones de coordinación para la de fi nición de un diagnóstico compartido y la adopción de acciones concretas que aborden integralmente la problemática hídrica en la provincia de Candarave, departamento de Tacna. Artículo 3.- Integrantes La Mesa de Diálogo está integrada por: - El Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; - La Presidencia del Consejo de Ministros;- El Ministerio del Ambiente;- El Ministerio de Energía y Minas;- El Ministerio de Salud;- El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; - La Autoridad Nacional del Agua;- El Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental; - El Gobierno Regional de Tacna;- La Municipalidad Provincial de Candarave;- Las Municipalidades Distritales de Camilaca, Huanuara, Cairani, Quilahuani, Curibaya; o su/s representante/s; - La Junta de Usuarios y las comisiones de regantes de la provincia de Candarave; - Organizaciones representativas de la sociedad civil de la provincia de Candarave y de los distritos que la conforman; - La empresa minera Southern Perú Copper Corporation. La Presidencia de la Mesa de Diálogo está a cargo del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, en coordinación con la Municipalidad Provincial de Candarave. Artículo 4.- Designación de representantes Cada integrante de la Mesa de Diálogo debe contar con un/a representante titular y un/a representante alterno/a, que serán designados mediante documento emitido por cada miembro dirigido a la Presidencia dentro del plazo de diez (10) días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución. Artículo 5.- Funciones La Mesa de Diálogo, tiene las siguientes funciones: a) Identi fi car actividades para el desarrollo de análisis, evaluación o estudios sobre la problemática hídrica de la provincia de Candarave, departamento de Tacna. b) Proponer la adopción de acciones concretas que brinden alternativas de solución a la problemática hídrica en la provincia de Candarave. c) Coordinar y gestionar con entidades públicas y privadas, en el ámbito de sus competencias, el cumplimiento de los acuerdos de la Mesa de Diálogo.