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19 NORMAS LEGALES Jueves 8 de julio de 2021 El Peruano / que la Unidad de Comunicación e Imagen del Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65”, en el día de publicado el presente acto resolutivo, efectúe su publicación en su integridad en el portal institucional del Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65”: www.pension65.gob.pe Regístrese, comuníquese y publíquese.MABEL GÁLVEZ GÁLVEZ Directora EjecutivaPrograma Nacional de Asistencia Solidaria Pensión 65 1970585-1 ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan Transferencia de Partidas a favor del Ministerio de Defensa en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021 DECRETO SUPREMO N° 173-2021-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO:Que, el artículo 2 de la Ley N° 29266, Ley que autoriza la emisión de Documentos Cancelatorios – Tesoro Público para el pago del Impuesto General a las Ventas y del Impuesto a la Renta generado por Contrataciones del pliego Ministerio de Defensa, autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas para que, a través de la Dirección Nacional del Tesoro Público, ahora Dirección General del Tesoro Público, emita Documentos Cancelatorios – Tesoro Público a favor del pliego Ministerio de Defensa, el que bajo responsabilidad, los utiliza para el pago de la deuda tributaria del referido pliego, derivada de las contrataciones que correspondan al objeto de la citada Ley, por concepto de Impuesto General a las Ventas, que como contribuyente le corresponde abonar al fi sco por las operaciones de importación de bienes y utilización de servicios en el país y, el Impuesto a la Renta que como agente de retención le corresponda abonar al fi sco por las rentas pagadas o acreditadas a sujetos no domiciliados; así como, para el pago del Impuesto General a las Ventas que le fuera trasladado al pliego Ministerio de Defensa, en las operaciones de adquisición local de bienes o servicios por contrataciones que correspondan al objeto de la Ley. Asimismo, el numeral 3.1 del artículo 3 de la citada Ley, establece que la emisión de Documentos Cancelatorios – Tesoro Público, para el Impuesto a la Renta, es hasta por el monto de S/ 485 000 000,00 (CUATROCIENTOS OCHENTA Y CINCO MILLONES y 00/100 Soles) y para el Impuesto General a las Ventas, es hasta por el monto de S/ 595 000 000,00 (QUINIENTOS NOVENTA Y CINCO MILLONES y 00/100 Soles); Que, la Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, dispone que para el Año Fiscal 2021, los Documentos Cancelatorios–Tesoro Público emitidos al amparo de la Ley 29266, Ley que autoriza la emisión de Documentos Cancelatorios–Tesoro Público para el pago del Impuesto General a las Ventas y del Impuesto a la Renta generado por contrataciones del pliego Ministerio de Defensa, son fi nanciados con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia hasta por la suma de S/ 55 689 631,00 (CINCUENTA Y CINCO MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS TREINTA Y UNO y 00/100 Soles), los cuales, para efectos de lo establecido en la citada disposición, se trans fi eren al pliego Ministerio de Defensa mediante Decreto Supremo, con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros, hasta por el monto que sea requerido en dicho periodo, sin exceder el límite establecido en el artículo 3 de la Ley 29266 y se incorporan en el presupuesto institucional del mencionado pliego en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios; Que, mediante O fi cio N° 00304-2021-MINDEF/DM, el Ministerio de Defensa solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, hasta por la suma de S/ 40 266 094,00 (CUARENTA MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL NOVENTA Y CUATRO y 00/100 Soles), para fi nanciar, mediante la emisión de Documentos Cancelatorios – Tesoro Público, el pago del Impuesto General a las Ventas hasta por la suma de S/ 18 778 406,00 (DIECIOCHO MILLONES SETECIENTOS SETENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS SEIS y 00/100 Soles) que le fuera trasladado al pliego Ministerio de Defensa por las operaciones de adquisición local de bienes o servicios por contrataciones que correspondan al objeto de la Ley N° 29266, y el pago del Impuesto a la Renta, hasta por S/ 21 487 688,00 (VEINTIÚN MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y OCHO y 00/100 Soles), que como agente de retención le corresponde abonar al fi sco por las rentas pagadas o acreditadas a sujetos no domiciliados; adjuntando, para dicho efecto, el Informe N° 00167-2021-MINDEF/VRD-DGPP-DIPP, de la Dirección de Planeamiento y Presupuesto de la Dirección General de Planeamiento y Presupuesto del citado Ministerio, con los sustentos respectivos, donde se indica que la solicitud no excede los montos máximos autorizados en el artículo 3 de la referida Ley; Que, mediante Memorando N° 0679-2021-EF/52.06, la Dirección General del Tesoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley N° 29266, emite opinión favorable respecto a la emisión de Documentos Cancelatorios–Tesoro Público para el pago del Impuesto General a las Ventas y del Impuesto a la Renta generado por contrataciones del pliego Ministerio de Defensa; Que, los artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global dentro del presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas, destinada a fi nanciar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los presupuestos de los pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, en consecuencia, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, hasta por la suma de S/ 40 266 094,00 (CUARENTA MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL NOVENTA Y CUATRO y 00/100 Soles), a favor del Ministerio de Defensa, para los fi nes señalados en los considerandos precedentes; Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 2 de la Ley N° 29266, Ley que autoriza la emisión de Documentos Cancelatorios – Tesoro Público para el pago del Impuesto General a las Ventas y del Impuesto a la Renta generado por contrataciones del pliego Ministerio de Defensa; en la Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021; y, en los artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA:Artículo 1.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, hasta por la suma de S/ 40 266 094,00 (CUARENTA MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL NOVENTA Y CUATRO y 00/100 Soles), mediante la emisión de Documentos Cancelatorios – Tesoro Público, a favor del Ministerio de Defensa, para fi nanciar el pago del Impuesto General a las Ventas que le fuera trasladado a dicho Ministerio, por las operaciones de adquisición local de bienes o servicios por contrataciones que corresponden al objeto de la Ley N° 29266 y el pago del Impuesto a la Renta, que como agente de retención le corresponde abonar al fi sco, por las rentas pagadas o acreditadas a sujetos no domiciliados, dentro de los alcances de la