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12 NORMAS LEGALES Viernes 9 de julio de 2021 El Peruano / 027,00 (Veinticinco Millones Seiscientos Noventa y Cinco Mil Veintisiete y 00/100 Dólares de Estados Unidos de América a US $ 34 057 542, 00 (Treinta y Cuatro Millones Cincuenta y Siete Mil Quinientos Cuarenta y Dos con 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América), y se amplía el plazo de ejecución de la inversión de cuatro (4) años, cuatro (4) meses y veintinueve (29) días a cinco (5) años, cinco (5) meses y veintinueve (29) días, contados desde el 1 de junio de 2016, fecha de solicitud de suscripción del Contrato de Inversión, por lo que corresponde emitir la Resolución Ministerial respectiva; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 973, Decreto Legislativo que establece el Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 084-2007-EF, la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR; SE RESUELVE:Artículo 1.- Modifíquese el artículo 2 de la Resolución Ministerial N°437-2016-MINCETUR, modi fi cada por Resolución Ministerial N° 181-2020-MINCETUR el cual quedará redactado de acuerdo al siguiente texto: “Artículo 2.- Requisitos y características del Contrato de Inversión Establecer, para efectos del numeral 5.3 del artículo 5 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 973, que el monto de la inversión a cargo de la empresa T&C REAL ESTATE DEVELOPERS S.A.C. , asciende a la suma US $ 34 057 542, 00 (Treinta y Cuatro Millones Cincuenta y Siete Mil Quinientos Cuarenta y Dos con 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América) , a ser ejecutado en un plazo de cinco (5) años, cinco (5) meses y veintinueve (29) días computados desde el 1 de junio de 2016, fecha de presentación de la solicitud de suscripción del contrato de Inversión”. Artículo 2.- Reemplazar el Anexo I del Contrato antes mencionado por el Anexo I adjunto a la segunda adenda citada en los considerandos de la presente Resolución. Artículo 3.- Quedan vigentes los demás extremos de la Resolución Ministerial N°437-2016-MINCETUR, modi fi cada por Resolución Ministerial N° 181-2020-MINCETUR. Articulo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Web Institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (www.gob.pe/mincetur), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.CLAUDIA CORNEJO MOHME Ministra de Comercio Exterior y Turismo 1970202-1 DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL Aprueban el “Manual del Proceso de Compras del Modelo de Cogestión para la Prestación del Servicio Alimentario del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma” RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA N° D000179-2021-MIDIS/PNAEQW-DE Lima, 8 de julio de 2021VISTOS: El Informe N° D000060-2021-MIDIS/PNAEQW- UGCTR de la Unidad de Gestión de Contrataciones y Transferencia de Recursos; el Memorando N° D001783-2021-MIDIS/PNAEQW-UPPM de la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y el Informe N° D000339-2021-MIDIS/PNAEQW-UAJ de la Unidad de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 008-2012-MIDIS y normas modi fi catorias, se crea el Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma (en adelante PNAEQW), como Programa Social del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (en adelante MIDIS), con el propósito de brindar un servicio alimentario de calidad, adecuado a los hábitos de consumo locales, cogestionado con la comunidad, sostenible y saludable para las/los escolares de las instituciones educativas públicas bajo su cobertura; Que, la Octagésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, autoriza al MIDIS, a través del PNAEQW, a realizar transferencias de recursos financieros a los comités u organizaciones que se constituyan para proveer los bienes y servicios del Programa; además, establece que los comités u organizaciones referidos, serán reconocidos por el MIDIS, a través del PNAEQW, rigiéndose por los procedimientos operativos de compras, de rendición de cuentas y demás disposiciones complementarias que para tal fin establezca el MIDIS; Que, el Decreto Supremo N° 001-2013-MIDIS, establece disposiciones generales para la transferencia de recursos fi nancieros a los comités u organizaciones que, de acuerdo con el modelo de cogestión, se constituyan para la provisión de bienes y servicios para la prestación del servicio alimentario del PNAEQW; Que, el numeral 6.1. de la Directiva N° 002-2019-MIDIS, “Directiva que regula los Procedimientos Generales de Compras, de Rendición de Cuentas y otras Disposiciones para la Operatividad del Modelo de Cogestión del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma para la Prestación del Servicio Alimentario”, aprobada con Resolución Ministerial N° 181-2019-MIDIS, con relación a la Fase de Compra y Ejecución Contractual del modelo de cogestión, señala que, éste es un proceso que se realiza en cogestión para la contratación de los bienes y servicios necesarios para la prestación del servicio alimentario, de acuerdo con lo dispuesto en dicha Directiva, en las disposiciones establecidas en los documentos normativos y el Manual del Proceso de Compras que aprueba el PNAEQW; Que, el literal b) del artículo 34 del Manual de Operaciones del PNAEQW, aprobado por Resolución Ministerial N° 283-2017-MIDIS, señala que la Unidad de Gestión de Contrataciones y Transferencia de Recursos tiene como una de sus funciones: “Proponer el proyecto de Manual del Proceso de Compras para la provisión del servicio alimentario, en coordinación con la Unidad de Organización de las Prestaciones y las unidades orgánicas de acuerdo a sus competencias”; Que, con Resolución de Dirección Ejecutiva N° D000337-2020-MIDIS/PNAEQW-DE, se aprueba el “Manual del Proceso de Compras del Modelo de Cogestión para la Prestación del Servicio Alimentario del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma” - Versión N° 05, de aplicación para el Proceso de Compras Electrónico 2021; Que, el citado Manual contiene las disposiciones, lineamientos y procedimientos aplicables a los actos preparatorios, selección de proveedoras/es y la ejecución contractual del Proceso de Compras, para la prestación del servicio alimentario a las/los usuarias/os de las instituciones educativas públicas atendidas por el PNAEQW, en el marco del modelo de cogestión; Que, en atención a lo antes expuesto, mediante Informe N° D000060-2021-MIDIS/PNAEQW-UGCTR, la Unidad de Gestión de Contrataciones y Transferencia de Recursos comunica que en coordinación con las diversas