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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE JULIO DEL AÑO 2021 (09/07/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 156

TEXTO PAGINA: 13

13 NORMAS LEGALES Viernes 9 de julio de 2021 El Peruano / Unidades Orgánicas del PNAEQW y con la Procuraduría Pública del MIDIS, se ha visto por conveniente actualizar el referido Manual del Proceso de Compras, incorporando mejoras para la realización del Proceso de Compras Electrónico 2022; Que, mediante Memorando N° D001783-2021- MIDIS/PNAEQW-UPPM, la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, emite opinión favorable a la aprobación del citado Manual con las modi fi caciones propuestas; el mismo que cumple con los criterios establecidos en la “Directiva para la Formulación, Modi fi cación y Aprobación de Documentos Normativos del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma”, aprobado con Resolución de Dirección Ejecutiva N° D000289-2019-MIDIS/PNAEQW-DE; Que, en atención a lo expuesto, la Unidad de Asesoría Jurídica a través del Informe N° D000339-2021-MIDIS/PNAEQW-UAJ, opina que resulta legalmente viable que mediante Resolución de Dirección Ejecutiva se apruebe el “Manual del Proceso de Compras del Modelo de Cogestión para la Prestación del Servicio Alimentario del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma”, con código de documento normativo MAN-009-PNAEQW-UGCTR - Versión N° 06, toda vez que esta se enmarca y es congruente con las funciones establecidas en el Manual de Operaciones del PNAEQW, además no contraviene ni se superpone a ninguna disposición establecida en la normativa vigente del PNAEQW; Con el visado de la Unidad de Gestión de Contrataciones y Transferencia de Recursos, la Unidad de Organización de las Prestaciones, la Unidad de Supervisión, Monitoreo y Evaluación, la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y la Unidad de Asesoría Jurídica; En uso de las atribuciones establecidas en el Decreto Supremo N° 008-2012-MIDIS y sus modi fi catorias, la Resolución Ministerial N° 283-2017-MIDIS, y la Resolución Ministerial N° 081-2019-MIDIS; SE RESUELVE:Artículo 1.- APROBAR el “Manual del Proceso de Compras del Modelo de Cogestión para la Prestación del Servicio Alimentario del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma”, con código de documento normativo MAN-009-PNAEQW-UGCTR - Versión N° 06, que forma parte integrante de la presente Resolución, el mismo que tendrá vigencia a partir del Proceso de Compras Electrónico 2022. Artículo 2.- DISPONER que la Resolución de Dirección Ejecutiva N° D000337-2020-MIDIS/PNAEQW-DE, que aprueba el “Manual del Proceso de Compras del Modelo de Cogestión para la Prestación del Servicio Alimentario del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma”, con código de documento normativo MAN-009-PNAEQW-UGCTR - Versión N° 05, se mantenga vigente hasta la culminación de la etapa de ejecución contractual del Proceso de Compras Electrónico 2021. Artículo 3.- PUBLICAR la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, y en el mismo día disponer su publicación conjuntamente con el “Manual del Proceso de Compras del Modelo de Cogestión para la Prestación del Servicio Alimentario del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma” con código de documento normativo MAN-009-PNAEQW-UGCTR - Versión N° 06, en el Portal Institucional del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma (www.gob.pe/qaliwarma). Regístrese, comuníquese y publíquese. FREDY HINOJOSA ANGULO Director EjecutivoPrograma Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma 1970893-1ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021 a favor de diversos Gobiernos Locales y dicta disposición DECRETO SUPREMO N° 174-2021-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el artículo 49 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que los Pliegos que cuenten con programas presupuestales pueden realizar modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional con cargo a los recursos asignados a dichos programas, siempre que el Pliego habilitado cuente con productos del mismo programa o, en caso no cuente con los mismos productos, cuente con el mismo Programa Presupuestal Orientado a Resultados; las que se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro del Sector correspondiente, a propuesta de este último, previo informe favorable de la Dirección General de Presupuesto Público; asimismo, establece que cada Pliego presupuestario que trans fi era recursos en el marco de dicho artículo, es responsable del monitoreo, seguimiento y veri fi cación del cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales fueron transferidos, lo que incluye el monitoreo fi nanciero de los recursos; Que, mediante O fi cio Nº 1009-2021-VIVIENDA/SG, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021 con cargo a los recursos de la Unidad Ejecutora 005: Programa Nacional de Saneamiento Rural, por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, hasta por la suma de S/ 10 479 961,00 (DIEZ MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS SESENTA Y UNO Y 00/100 SOLES), a favor de mil doscientos treinta (1,230) Gobiernos Locales para fi nanciar la adquisición de los insumos de hipoclorito de calcio y pastillas para analizador de cloro libre (DPD) para dotar de insumos a catorce mil trescientos setenta y ocho (14,378) sistemas de agua potable que permitan que los hogares rurales cuenten con acceso a agua segura (Agua Clorada); adjuntando, para dicho efecto, el Memorándum N° 717-2021-VIVIENDA/OGPP de su O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto que hace suyo el Informe N° 271-2021-VIVIENDA/OGPP-OP de la O fi cina de Presupuesto, con los sustentos respectivos; Que, mediante Memorando Nº 0314-2021-EF/50.05, la Dirección General de Presupuesto Público a través de la Dirección de Calidad del Gasto Público, señala que la modi fi cación presupuestaria cumple con las condiciones establecidas en el numeral 49.1 del artículo 49 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; Que, en consecuencia, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, hasta por la suma de S/ 10 479 961,00 (DIEZ MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS SESENTA Y UNO Y 00/100 SOLES), con cargo a los recursos del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor de mil doscientos treinta (1,230) Gobiernos Locales, para los fi nes señalados en los considerandos precedentes; Que, por otro lado, mediante O fi cio N° 01038-2021-VIVIENDA-SG, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento solicita se modi fi que el Anexo N° 5 “Transferencia Financiera a favor de Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento” del Decreto del Supremo N° 151-2021-EF, el cual autorizó una Transferencia de Partidas y Transferencia Financiera