Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE JULIO DEL AÑO 2021 (09/07/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 156

TEXTO PAGINA: 16

16 NORMAS LEGALES Viernes 9 de julio de 2021 El Peruano / Que, mediante los O fi cios N°s. 00382 y 00439-2021- ARCC/DE, la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, hasta por la suma de S/ 55 481 390,00 (CINCUENTA Y CINCO MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y UN MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y 00/100 SOLES), a favor de tres (03) Pliegos del Gobierno Nacional, de tres (03) Gobiernos Regionales y de treinta y nueve (39) Gobiernos Locales, para fi nanciar noventa y ocho (98) intervenciones del Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios, de las cuales corresponden a noventa y cuatro (94) Intervenciones de Reconstrucción mediante Inversiones (IRI) y a cuatro (04) intervenciones para la elaboración de expedientes técnicos; adjuntando, para dicho efecto, el Informe N° 103-2021-ARCC/GG/OPP, que remite el Informe N° 95-2021-ARCC/GG/OPP-LGTG y el Informe N° 116-2021-ARCC/GG/OPP de su O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto, con los sustentos respectivos; así como los Ofi cios N°s 146 y 183-2021-ARCC/GG/OPP de la citada Ofi cina con información complementaria; Que, el numeral 8-A.1 del artículo 8-A de la Ley N° 30556, señala que las Intervenciones de Reconstrucción que se implementan a través de la ejecución de inversiones se denominan “Intervención de Reconstrucción mediante Inversiones” – IRI, las mismas que no constituyen proyectos de inversión y no les resulta aplicable la fase de Programación Multianual, ni requieren la declaración de viabilidad en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobándose con el solo registro del “Formato Único de Reconstrucción” en el Banco de Inversiones; Que, asimismo, el numeral 8-A.5 del artículo citado, dispone, en relación a los requerimientos de fi nanciamiento de las IRI, que la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas emite opinión técnica únicamente respecto al monto actualizado de la inversión y el estado de aprobado de la IRI, según la información registrada en el Banco de Inversiones; aspecto que se ha veri fi cado para las noventa y cuatro (94) Intervenciones de Reconstrucción mediante Inversiones (IRI) consignadas en los O fi cios N°s. 00382 y 00439-2021-ARCC/DE, conforme a la opinión emitida por la referida Dirección General mediante el Informe N° 0250-2021-EF/63.04, adjunto al Memorando N° 0300-2021-EF/63.04; Que, en consecuencia, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, hasta por la suma de S/ 55 481 390,00 (CINCUENTA Y CINCO MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y UN MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y 00/100 SOLES), de la Presidencia del Consejo de Ministros, Unidad Ejecutora Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, a favor de tres (03) Pliegos del Gobierno Nacional, de tres (03) Gobiernos Regionales y de treinta y nueve (39) Gobiernos Locales, para fi nanciar lo señalado en los considerandos precedentes; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y que dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios; y, en los literales c) y d) del numeral 57.1, numerales 57.2 y 57.3 del artículo 57 de la Ley N° 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021; DECRETA:Artículo 1. Objeto1.1. Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, hasta por la suma de S/ 55 481 390,00 (CINCUENTA Y CINCO MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y UN MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y 00/100 SOLES), de la Presidencia del Consejo de Ministros, Unidad Ejecutora Autoridad para la Reconstrucción con Cambios a favor de tres (03) Pliegos del Gobierno Nacional, de tres (03) Gobiernos Regionales y de treinta y nueve (39) Gobiernos Locales, para fi nanciar noventa y ocho (98) intervenciones del Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios, con cargo a los recursos del Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales (FONDES), de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA Gobierno CentralPLIEGO 001 : Presidencia del Consejo de Ministros UNIDAD EJECUTORA 017 : Autoridad para la Reconstrucción con Cambios – RCC CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos ACTIVIDAD 5005970 : Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales FUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 : Recursos por Operaciones Ofi ciales de Crédito GASTO DE CAPITAL 2.4 Donaciones y transferencias 2 808 485,00 PROYECTO 2001621 : Estudios de Pre-inversión FUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 : Recursos por Operaciones Ofi ciales de Crédito GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de activos no fi nancieros 52 672 905,00 -------------------- TOTAL EGRESOS 55 481 390,00 A LA: En SolesSECCIÓN PRIMERA Gobierno Central PLIEGOS : Gobierno NacionalFUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 : Recursos por Operaciones Ofi ciales de Crédito GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de activos no fi nancieros 16 970 027,00 -------------------- Sub total Gobierno Nacional 16 970 027,00 SECCIÓN SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGOS : Gobiernos RegionalesFUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 : Recursos por Operaciones Ofi ciales de Crédito GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de activos no fi nancieros 460 554,00 ---------------- Sub total Gobiernos Regionales 460 554,00 SECCIÓN SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGOS : Gobiernos LocalesFUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 : Recursos por Operaciones Ofi ciales de Crédito GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de activos no fi nancieros 38 050 809,00 -------------------- Sub total Gobiernos Locales 38 050 809,00 ------------------- TOTAL EGRESOS 55 481 390,00 ============= 1.2. El detalle de los recursos asociados a la Transferencia de Partidas autorizada en el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo se encuentra en el Anexo N° 1: “Transferencia de Partidas a favor de tres (03) Pliegos del Gobierno Nacional, de tres (03) Gobiernos Regionales y de treinta y nueve (39) Gobiernos Locales”, que forma parte integrante de la presente norma, el cual se publica en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación del presente Decreto Supremo en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 2. Procedimiento para la aprobación institucional 2.1. El Titular de los pliegos habilitador y habilitados en la Transferencia de Partidas autorizada en el artículo