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61 NORMAS LEGALES Viernes 9 de julio de 2021 El Peruano / 3.2 El servicio comprende, de modo general, las siguientes acciones, ejecutadas a través de líneas exclusivas destinadas a realizar y recibir llamadas telefónicas o mensajes por aplicación móvil, así como a través de módulos de atención presencial que de manera progresiva se implementen en las o fi cinas registrales: - Asistir a los ciudadanos emprendedores en el uso adecuado del Módulo SACS y en el correcto llenado de los campos estructurados de dicho Módulo; - Proporcionar información sobre los requisitos legales y técnicos necesarios para la formación del acto constitutivo de la SACS; - Brindar orientación para el pago de la tasa a través de la billetera electrónica; - Brindar orientación sobre la obtención del certi fi cado digital y el uso de la fi rma digital; - Brindar orientación sobre cómo proceder a subsanar las eventuales observaciones que pudieran recaer al solicitar la inscripción del acto constitutivo; - Absolver toda consulta referida a la constitución e inscripción de una Sociedad por Acciones Cerrada Simpli fi cada. 3.3. La información y asistencia brindada a través del servicio gratuito de asesoramiento y acompañamiento EmprendeSACS, está referida únicamente a la constitución de la Sociedad por Acciones Cerrada Simpli fi cada y su inscripción en el Registro de Personas Jurídicas. 3.4 La asistencia y asesoramiento a través del servicio gratuito de asesoramiento y acompañamiento EmprendeSACS, no implica ni conlleva la participación de los servidores a cargo de su prestación en el proceso de califi cación registral, el cual corresponde únicamente al registrador y al Tribunal Registral en primera y segunda instancia, respectivamente. 3.5 El servicio gratuito de asesoramiento y acompañamiento EmprendeSACS no constituye un medio para la presentación de denuncias o reclamos como consecuencia del pronunciamiento de las instancias registrales. 3.6 El servicio gratuito de asesoramiento y acompañamiento EmprendeSACS se brinda en el horario de lunes a viernes de 08:00 a.m. a 05:00 p.m., sin considerar los días no laborables. IV. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS4.1 Comunicación de o fi cio Los usuarios del Módulo SACS del SID-SUNARP cuentan con la opción de autorizar voluntariamente que el personal de la SUNARP se comunique mediante llamada telefónica, mensaje por aplicación móvil u otro, a fi n de brindarle la asistencia para la constitución de la Sociedad por Acciones Cerrada Simpli fi cada. Para tales efectos, el personal de asistencia se encargará de revisar aquellas solicitudes presentadas en el Módulo SACS que cuentan con tal autorización, a fi n de comunicarse con el usuario y brindar la asistencia respectiva, conforme a lo señalado en el numeral 3.2 de los presentes lineamientos. 4.2 Comunicación iniciada por el ciudadano4.2.1. El ciudadano que se comunica al servicio gratuito de asesoramiento y acompañamiento EmprendeSACS, se debe identi fi car con el personal de asistencia, quien procede de acuerdo a los siguientes supuestos: a) Cuando el usuario aún no ha iniciado el proceso de formación del acto constitutivo, el personal de asistencia le informará acerca de los requisitos y los plazos para la constitución de la Sociedad por Acciones Cerrada Simpli fi cada. b) Cuando el usuario cuente con una solicitud en trámite, el personal de asistencia requiere el número de solicitud para proceder con la atención, veri fi cando su estado en la plataforma de la SUNARP, a fi n de guiarlo con los pasos pendientes de completar y así formalizar el acto constitutivo. De requerir alguna coordinación posterior, el usuario puede volver a comunicarse con el servicio gratuito de asesoramiento y acompañamiento EmprendeSACS, hasta lograr la inscripción. c) Cuando el usuario cuente con un título (solicitud de inscripción) en trámite, el personal de asistencia requiere el número de título para proceder con la atención, verifi cando su estado en la plataforma de la SUNARP, a fi n de guiarlo con el pago del mayor derecho liquidado, completar los campos estructurados para subsanar los defectos advertidos por la instancia registral, presentar desistimiento o recurso de apelación, según corresponda en cada caso concreto. 4.2.2. El servicio gratuito de asesoramiento y acompañamiento EmprendeSACS podrá brindarse también de manera presencial, en los módulos que se habiliten para el efecto en las O fi cinas Registrales. a) Los Módulos para la atención presencial deben estar equipados con herramientas tecnológicas su fi cientes que permitan al usuario elaborar el documento electrónico y a los intervinientes en la constitución de la SACS fi rmar digitalmente el documento. b) El personal designado de la O fi cina Registral brindará asistencia al usuario de acuerdo a los siguientes supuestos: b.1. Cuando el usuario solicite información acerca de la SACS el personal de asistencia le informará de los requisitos y plazos para la constitución de la Sociedad por Acciones Cerrada Simpli fi cada. b.2. Cuando el usuario solicite iniciar la elaboración del acto constitutivo, el personal de asistencia informará respecto a los requisitos y herramientas tecnológicas con las que previamente se requiere contar y el plazo máximo para elaborar el documento electrónico. Concluido ello, procederá a guiarlo con la incorporación de datos en los campos estructurados, asistirlo en la fi rma digital del acto constitutivo por parte de los socios, y otras acciones necesarias para culminar con el acto constitutivo de la SACS. b.3. Cuando el usuario cuente con un título (solicitud de inscripción) en trámite, el personal de asistencia verifica su estado en la plataforma síguelo , a fin de guiarlo con el pago del mayor derecho liquidado o completar los campos estructurados para subsanar los defectos advertidos por la instancia registral, presentar desistimiento o recurso de apelación, según corresponda en cada caso concreto. c) Las Unidades registrales pueden elaborar disposiciones internas adicionales para la atención del servicio gratuito de asesoramiento y acompañamiento EmprendeSACS de manera presencial. 4.3 De los otros canales de atenciónCuando la consulta realizada a través del servicio gratuito de asesoramiento y acompañamiento EmprendeSACS se encuentre referida a aspectos distintos a los señalados en las disposiciones generales, el personal de asistencia deberá indicar al usuario los canales habilitados por la SUNARP para tales efectos. Los otros canales de atención u orientación habilitados, se encuentran obligados a brindar al usuario la orientación general acerca de las acciones necesarias para la constitución de la Sociedad por Acciones Cerrada Simpli fi cada, sin perjuicio de informar acerca del servicio gratuito de asesoramiento y acompañamiento EmprendeSACS. V. ACCIONES ADICIONALES A CARGO DEL SERVIDOR ENCARGADO DEL SERVICIO EmprendeSACS 5.1 En caso se reporten fallas del sistema, el personal de asistencia deberá reportar, por correo electrónico, las fallas en los sistemas a la O fi cina General de Tecnologías de la Información, a fi n de que la citada O fi cina evalúe las fallas y, de corresponder, procedan con las acciones tendientes a solucionarlas.