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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE JULIO DEL AÑO 2021 (09/07/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 156

TEXTO PAGINA: 65

65 NORMAS LEGALES Viernes 9 de julio de 2021 El Peruano / (ii) Presentar ante la Dirección de Licenciamiento, previo al semestre académico 2022-II, las evidencias de la ejecución de los ocho (8) proyectos de inversión pública vinculadas al local SL02, hasta su culminación y correspondiente liquidación, prevista para el año 2021, de acuerdo con las fechas de término que se precisan en la Tabla N° 84 del Anexo 5 del ITML. (iii) Presentar ante la Dirección de Licenciamiento, previo al semestre académico 2022-I, el contrato, orden de servicio o convenio vigente para el manejo de residuos peligrosos (sólidos y líquidos) y RAEE de sus locales SL01 y SL02, de forma tal que garantice la sostenibilidad del servicio. (iv) Presentar ante la Dirección de Licenciamiento, previo al inicio del semestre académico 2022-I, los Estudios Técnicos de Cálculo de Aforo (ETCA) de los locales SL01 y SL02 actualizados, y de acuerdo con la normativa vigente. (v) Presentar ante la Dirección de Licenciamiento, previo al término del semestre académico 2022-II, los resultados de los avances de la formulación de los proyectos de inversión pública que corresponda a la creación e implementación de los laboratorios y talleres del “Pabellón de Laboratorio de Ingeniería Industrial”, “Pabellón de Laboratorio de Ingeniería de Software y Sistemas”, y “Pabellón de Laboratorio de Ingeniería Mecatrónica”. (vi) Presentar ante la Dirección de Licenciamiento, previo al inicio del semestre académico 2022-I, el cálculo de ocupabilidad de todas las aulas, laboratorios y talleres vinculados a los programas de la presente SMLI, por semestre académico y a lo largo de su desarrollo completo, tomando en cuenta la proyección de estudiantes y la ampliación de vacantes de los programas P01 y P03. (vii) Presentar a la Dirección de Licenciamiento, al iniciar el semestre 2021-II, un Plan para reducir el desabastecimiento docente actual y asegurar la disponibilidad de personal docente para los programas académicos licenciados a la fecha del presente ITML, en un periodo de dos (2) años. (viii) Presentar a la Dirección de Licenciamiento, al fi nalizar los semestres académicos 2021-II, 2022-I, 2022- II y 2023-I, i) los resultados de la implementación del Plan para reducir el desabastecimiento docente actual, el que debe considerar procesos de ordinarización docente, y ii) evidencias de la ejecución del plan de contratación para la nueva oferta académica de la presente ITML. Todo ello con el fi n de asegurar la disponibilidad de personal docente para los programas académicos licenciados a la fecha del presente ITML. (ix) Presentar, ante la Dirección de Licenciamiento, al fi nalizar el semestre 2021-II, la priorización de sus líneas de investigación, teniendo como referencia la “Guía práctica para la identi fi cación, categorización, priorización y evaluación”, aprobada por Resolución de Presidencia N° 115-2019-Concytec-P. (x) Presentar ante la Dirección de Licenciamiento, previo al inicio del semestre académico 2021-II, la actualización del Plan de Promoción y Fortalecimiento de la Investigación para los Docentes por un periodo de tres (3) años, que contenga como mínimo: diagnóstico, objetivos, indicadores, metas, responsables, actividades, cronograma y presupuesto. Quinto.- RECOMENDAR a la Universidad Nacional de Juliaca, lo siguiente: (i) Gestionar la obtención de la habilitación urbana en el local SL02. (ii) Gestionar, de acuerdo con el cronograma presentado en los informes técnicos del servicio de abastecimiento de agua y desagüe, las autorizaciones para el uso de aguas subterráneas y el vertimiento del agua residual en el local SL02, emitidas por el sector correspondiente. (iii) Ejecutar, de acuerdo con la programación de sus inversiones, la Inversión de Optimización, de Ampliación Marginal, de Rehabilitación y de Reposición (IOARR) para la instalación y disponibilidad de fi bra óptica en el local SL02 para la mejora del servicio de internet; asimismo, dicha inversión deberá incluir la instalación y operatividad del servicio de teléfono en dicho local.Sexto.- PRECISAR que la presente Resolución no agota la vía administrativa, salvo que sea consentida, pudiendo ser impugnada ante el Consejo Directivo mediante la interposición del recurso de reconsideración, dentro del plazo de quince (15) días hábiles contados a partir del día siguiente de su noti fi cación. Séptimo.- NOTIFICAR la presente Resolución y el Informe Técnico de Modi fi cación de Licencia N° 023-2021-SUNEDU-02-12 del 10 de junio de 2021 a la Universidad Nacional de Juliaca, encargando a la Unidad de Atención al Ciudadano y Trámite Documentario a realizar el trámite correspondiente. Octavo.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Noveno.- ENCARGAR a la O fi cina de Comunicaciones la publicación de la presente Resolución y el Informe Técnico de Modi fi cación de Licencia N° 023-2021-SUNEDU-02-12 en el portal institucional de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria - Sunedu (www.sunedu.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.OSWALDO DELFIN ZEGARRA ROJAS Presidente del Consejo Directivo de la Sunedu 1 Publicada en el Diario O fi cial “El Peruano” el 26 de agosto de 2018. 2 La Resolución del Consejo Directivo N° 008-2017-SUNEDU/ CD fue publicada el 14 de marzo de 2017 en el Diario O fi cial El Peruano. Sus modi fi caciones, mediante Resoluciones del Consejo Directivo N° 048-2018-SUNEDU/CD, N° 063-2018-SUNEDU/CD, N° 096-2019-SUNEDU/CD y N° 139-2019-SUNEDU/CD, fueron publicadas en el Diario O fi cial El Peruano los días 31 de mayo de 2018, 29 de junio de 2018, 23 de julio de 2019 y 31 de octubre de 2019, respectivamente. En adición a ello, mediante Resolución de Consejo Directivo N° 105-2020-SUNEDU/CD, publicada el 25 de agosto de 2020 en el Diario O fi cial “El Peruano”, se incorporaron numerales a la RCD N° 008-2017-SUNEDU/CD, aplicables para solicitudes vinculadas a programas semipresenciales y a distancia. 3 Aprobado por Decreto Supremo N° 003-2016-MINEDU, modi fi cado por la Resolución Ministerial N° 459-2017-MINEDU, la Resolución de Consejo Directivo N° 003-2019-SUNEDU/CD, el Decreto Supremo N° 010-2020-MINEDU y la Resolución del Consejo Directivo N° 122-2020-SUNEDU/CD. 4 Resolución del Consejo Directivo N° 096-2019-SUNEDU/CD. Artículo 31 .- Supuestos de modi fi cación de licencia institucional: 31.1 Los administrados que cuenten con licencia institucional, pueden solicitar a la Sunedu la modi fi cación en los siguientes escenarios: (…) b) Creación de local.- Si se pretende crear un local en el ámbito territorial de la sede o fi lial que consta en la licencia institucional, a fi n de ofrecer programas nuevos o existentes conducentes a grados y títulos. Son aplicables los requisitos: 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26,27, 28, 29, 30, 31, 33, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42 y 43. establecidos en el numeral 30.1 del artículo 30 del presente Reglamento. c) Creación de programa conducente a grados y títulos.-Si se pretende crear un programa conducente a grados y títulos que va a ser ofrecido en locales autorizados en la licencia institucional. Son aplicables los requisitos: 1, 2, 3,4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 14, 15, 17, 18, 19, 20, 26, 27, 28, 32, 33, 42 y 43 establecidos en el numeral 30.1 del artículo 30 del presente Reglamento. (…) f) Cambio de locación. – Si se pretende ampliar o trasladar la oferta académica a otros locales autorizados, siempre que consten en la licencia institucional. Son aplicables los requisitos: 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 10, 14, 15, 26, 27, 28, 33, 42 y 43 establecidos en el numeral 30.1 del artículo 30 del presente Reglamento. 5 RTD N° 003369-2021-SUNEDU-TD. 6 Ingeniería Industrial (P06), Ingeniería de Software y Sistemas (P07), Ingeniería Mecatrónica (P08). 7 RTD N° 008249-2021-SUNEDU-TD. 8 La reunión se desarrolló de manera remota a través de la plataforma Teams de Microsoft. 9 RTD N° 010061-2021-SUNEDU-TD. 10 RTD N° 018738-2021-SUNEDU-TD. 11 RTD N° 018776-2021-SUNEDU-TD. 12 De conformidad con lo establecido en el numeral 16.2 del artículo 16 del Reglamento de Licenciamiento. 13 RTD N° 021483-2021-SUNEDU-TD. 14 RTD N° 022779-2021-SUNEDU-TD. 15 RTD N° 023222-2021-SUNEDU-TD. 16 RTD N° 028229-2021-SUNEDU-TD. 17 RTD N° 024945-2021-SUNEDU-TD. 18 RTD N° 025551-2021-SUNEDU-TD. 19 RTD N° 025921-2021-SUNEDU-TD. 20 RTD N° 026173-2021-SUNEDU-TD. 21 RTD N° 027034-2021-SUNEDU-TD. 22 RTD N° 027194-2021-SUNEDU-TD. 1970746-1