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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE JULIO DEL AÑO 2021 (24/07/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 224

TEXTO PAGINA: 96

96 NORMAS LEGALES Sábado 24 de julio de 2021 El Peruano / La máxima e.r.p. a ser autorizada en esta localidad será de 0.1 KW. Las estaciones a instalarse en esta localidad son secundarias de acuerdo a lo previsto en el artículo 16 del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y están sujetas a los parámetros técnicos establecidos en las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión aprobadas con Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 y sus modi fi catorias. Artículo 3.- La Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones debe considerar las condiciones técnicas previstas en los Planes de Asignación de Frecuencias aprobados, en la evaluación de las solicitudes de autorización y de modi fi cación de características técnicas. Regístrese, comuníquese y publíquese,DIEGO ELOY CARRILLO PURIN Viceministro de Comunicaciones 1975866-1 Modifican la R.VM. Nº 091-2004-MTC/03, que aprueba los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (FM) de distintas localidades del departamento de Apurímac RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 196-2021-MTC/03 Lima, 21 de julio de 2021VISTO: el Informe Nº 1733-2021-MTC/28.01 de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; CONSIDERANDO: Que, el artículo 11 de la Ley de Radio y Televisión, Ley Nº 28278, concordado con el artículo 6 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, establece que es competencia del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la administración, atribución, asignación, control y en general cuanto concierne a la gestión del espectro radioeléctrico atribuido al servicio de radiodifusión; Que, el artículo 7 del precitado Reglamento, dispone que toda asignación de frecuencias para el servicio de radiodifusión se realiza en base al Plan Nacional de Asignación de Frecuencias, el cual comprende los Planes de Canalización y de Asignación de Frecuencias correspondientes a cada localidad y banda de frecuencias atribuidas al servicio de radiodifusión y determina las frecuencias técnicamente disponibles; asimismo, establece que los Planes de Asignación de Frecuencias son aprobados por Resolución Viceministerial; Que, mediante Resolución Viceministerial N° 091- 2004-MTC/03 y sus modi fi catorias se aprobaron los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (FM) para diversas localidades del departamento de Apurímac; Que, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones mediante Informe Nº 1733-2021-MTC/28.01, propone la incorporación de las localidades de AYAHUAY-POCOHUANCA, CARAYBAMBA, CHACOCHE, CIRCA, COLCABAMBA, HUAYQUIPA-PATIBAMBA-TORAYA, MOLLEBAMBA, PACHACONAS, PATAYPAMP A-SAN ANTONIO, PICHIRHUA, SABAINO y SAN PEDRO DE HUAMBURQUE a los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (FM) del departamento de Apurímac; e indica que en la elaboración de su propuesta, ha observado lo dispuesto en las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión aprobadas por Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 y sus modi fi catorias, así como lo establecido por el Reglamento de la Ley de Radio y Televisión; De conformidad con la Ley de Radio y Televisión, Ley Nº 28278 y sus modi fi catorias; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y sus modi fi catorias; las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión, aprobadas por Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 y sus modi fi catorias; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, cuyo texto integrado ha sido aprobado por Resolución Ministerial N° 658-2021-MTC/01, y; Con la opinión favorable de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE:Artículo 1 .- Modi fi car el artículo 1 de la Resolución Viceministerial Nº 091-2004-MTC/03, que aprueba los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (FM) de las localidades del departamento de Apurímac, a fi n de incorporar los planes de las localidades de AYAHUAY-POCOHUANCA, CARAYBAMBA, CHACOCHE, CIRCA, COLCABAMBA, HUAYQUIPA-PATIBAMBA-TORAYA, MOLLEBAMBA, PACHACONAS, PATAYPAMP A-SAN ANTONIO, PICHIRHUA, SABAINO y SAN PEDRO DE HUAMBURQUE; conforme se indica a continuación: Localidad: AYAHUAY-POCOHUANCA Plan de Asignación de Frecuencias Plan de Canalización CanalesPlan de Asignación Frecuencia (MHz) 206 89.1 210 89.9 222 92.3 242 96.3 258 99.5 282 104.3 Total de canales: 6 La máxima e.r.p. a ser autorizada en esta localidad será de 0.1 KW. Las estaciones a instalarse en esta localidad son secundarias de acuerdo a lo previsto en el artículo 16 del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y están sujetas a los parámetros técnicos establecidos en las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión aprobadas con Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 y sus modi fi catorias. Localidad: CARAYBAMBA Plan de Asignación de Frecuencias Plan de Canalización CanalesPlan de Asignación Frecuencia (MHz) 221 92.1 225 92.9 229 93.7 243 96.5 283 104.5 Total de canales: 5 La máxima e.r.p. a ser autorizada en esta localidad será de 0.1 KW. Las estaciones a instalarse en esta localidad son secundarias de acuerdo a lo previsto en el artículo 16 del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y están sujetas a los parámetros técnicos establecidos