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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE JULIO DEL AÑO 2021 (25/07/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 200

TEXTO PAGINA: 41

41 NORMAS LEGALES Domingo 25 de julio de 2021 El Peruano / Artículo 13.- Publicación Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano, así como en la sede digital de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/pcm). Regístrese, comuníquese y publíquese.MAXIMILIANO RUIZ ROSALES Secretario de Descentralización 1976371-1 Conforman la Mesa Técnica de Desarrollo Territorial de la provincia de Carabaya del departamento de Puno RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN N° 0022-2021-PCM/SD Lima, 22 de julio de 2021VISTO:El Informe N° 00118-2021-PCM-SD que recomienda la conformación de una Mesa Técnica de Desarrollo Territorial de la provincia de Carabaya del departamento de Puno; CONSIDERANDO:Que, el artículo 43 de la Constitución Política del Perú, establece que el Estado es uno e indivisible y su gobierno es unitario, representativo y descentralizado; asimismo, el artículo 188 de la Constitución señala que la descentralización es una forma de organización democrática y constituye una política permanente de Estado, de carácter obligatorio, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del país; Que, de acuerdo a lo previsto en la Octava Política de Estado del Acuerdo Nacional, el Estado peruano está comprometido a desarrollar una integral descentralización, política, económica y administrativa, trans fi riendo progresivamente competencia y recursos del gobierno nacional a los gobiernos regionales y locales con el fi n de eliminar el centralismo; Que, la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, tiene por objeto desarrollar el capítulo de la Constitución Política sobre Descentralización, que regula la estructura y organización del Estado en forma democrática, descentralizada y desconcentrada, correspondiente al Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales. Asimismo, define las normas que regulan la descentralización administrativa, económica, productiva, financiera, tributaria y fiscal; Que, el artículo 84 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Resolución Ministerial N° 156-2021-PCM, establece que la Secretaría de Descentralización es el órgano de línea con autoridad técnico normativa a nivel nacional, responsable de promover el desarrollo territorial y la descentralización del Estado, así como de articular el despliegue coordinado de la política nacional, sectorial y multisectorial en el territorio, a través de los diferentes niveles de gobierno, procurando el desarrollo armónico y sostenible del Estado; Que, asimismo, el citado artículo señala que la Secretaría de Descentralización orienta la coordinación intergubernamental de los tres niveles de gobierno en cada territorio. Su enfoque es multisectorial y, en coordinación con los sectores competentes, busca promover el desarrollo a partir de las actividades diversas y de mayor potencial, priorizadas y consensuadas con los actores públicos y privados en los departamentos, provincias, distritos u otros espacios territoriales; Que, los literales d) y n) del artículo 85 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, establece como funciones de la Secretaría de Descentralización, articular el despliegue coordinado de la política nacional, sectorial y multisectorial en el territorio, entre los diferentes niveles de gobierno, desarrollando mecanismos y estrategias de articulación de las intervenciones del Poder Ejecutivo con los gobiernos regionales y locales; así como, expedir las resoluciones en materia de su competencia; Que, asimismo, el literal f) del artículo 90 del citado Texto Integrado, establece como función de la Subsecretaría de Articulación Regional y Local, facilitar la gestión de la problemática del desarrollo territorial cuya resolución requiere la participación de entidades del gobierno nacional en articulación con otros actores, a través del desarrollo de Agendas Territoriales u otros instrumentos o herramientas; Que, en este contexto normativo, advirtiéndose la necesidad de analizar y evaluar la mejor estrategia para una adecuada gestión de la problemática minero e hidroenergético en la provincia de Carabaya del departamento de Puno, se considera importante y necesario que desde la Secretaría de Descentralización se promueva un mecanismo de articulación para asegurar el desarrollo de dicho ámbito territorial, por lo cual se propone la conformación de una Mesa Técnica de Desarrollo Territorial de la provincia de Carabaya; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por la Resolución Ministerial N° 156-2021-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1.- Conformación de Mesa Técnica Conformar la Mesa Técnica de Desarrollo Territorial de la provincia de Carabaya del departamento de Puno, a cargo de la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros. Artículo 2.- Objeto La Mesa Técnica tiene por objeto coordinar, analizar y establecer propuestas de solución a la problemática de la provincia de Carabaya, así como evaluar e identi fi car las acciones y actividades orientadas al fortalecimiento institucional y la mejora de la respuesta estatal a las necesidades de bienes y servicios de calidad para la población. Artículo 3.- Integrantes La Mesa Técnica está integrada de la siguiente manera: a) El/La Secretario/a de Descentralización o su representante, quien lo presidirá. b) El/La Secretario/a de Gestión Social y Diálogo o su representante. c) Un/a representante del Ministerio de Energía y Minas; d) Un/a representante del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; e) El/La Alcalde/sa de la Municipalidad Provincial de Carabaya f) Dos representantes de las Municipalidades distritales de la provincia de Carabaya, elegido entre los Alcaldes distritales de dicha provincia. g) El/La Presidente/a de las Rondas Campesinas del distrito de Macusani Artículo 4.- Funciones La Mesa Técnica tiene las siguientes funciones: a) Coordinar, analizar y articular propuestas de solución a las problemáticas de la provincia de Carabaya, a partir de la elaboración de una Agenda Territorial. b) Proponer acciones y actividades orientadas al fortalecimiento institucional y la mejora de la respuesta estatal a la necesidad de bienes y servicios de calidad para la población. c) Articular con las entidades públicas y otros actores, la programación de las acciones para el cumplimiento de la Agenda Territorial.