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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE JULIO DEL AÑO 2021 (25/07/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 200

TEXTO PAGINA: 39

39 NORMAS LEGALES Domingo 25 de julio de 2021 El Peruano / Registro o Veri fi cación para el Estado Peruano (EREP) y Prestador de Servicios de Valor Añadido (PSVA) sin encontrarse acreditada como tales ante la AAC, para impulsar el gobierno y transformación digital, así como facilitar las acciones del Sistema Nacional Especializado de Justicia, hasta el 31 de diciembre de 2023. En dicho periodo la Presidencia del Consejo de Ministros concluye su proceso de acreditación ante la AAC. Las entidades de la Administración Pública comprendidas en el Artículo I del Título Preliminar de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, con excepción del numeral 8, hasta el 31 de diciembre de 2023, pueden prestar sus servicios como Entidades de Registro o Veri fi cación para el Estado Peruano (EREP) sin encontrarse acreditadas como tales ante la AAC, a fi n de facilitar a sus servidores y funcionarios públicos la obtención de certi fi cados digitales para el ejercicio de sus funciones en la entidad, así como para facilitar las acciones del Sistema Nacional Especializado de Justicia. En dicho periodo las referidas entidades concluyen su proceso de acreditación ante la AAC, conforme a lo dispuesto en el marco legal vigente en materia de fi rma digital, gobierno digital y transformación digital. 1976373-3 Extinguen el Grupo de Trabajo denominado “ Apoyo a la implementación del proceso de vacunación contra la COVID-19,” creado por R.M. N° 373-2020-PCM RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 164-2021-PCM Lima, 23 de julio de 2021VISTO: El Informe N° D000006-2021-PCM-DVGT, del Despacho Viceministerial de Gobernanza Territorial de la Presidencia del Consejo de Ministros; y, CONSIDERANDO: Que, con Decreto Supremo Nº 008-2020-SA, se declara en Emergencia Sanitaria a nivel nacional por el plazo de noventa (90) días calendario y se dictan medidas para la prevención y control para evitar la propagación de la COVID-19, la misma que ha sido prorrogada por los Decretos Supremos Nº 020-2020-SA, Nº 027-2020-SA, Nº 031-2020-SA y Nº 009-2021-SA, a partir del 7 de marzo de 2021, y por un plazo de ciento ochenta (180) días calendario; Que, con la Resolución Ministerial N° 848-2020-MINSA se aprueba el Documento Técnico: “Plan Nacional de Vacunación contra la COVID-19”, el cual tiene como objetivo general implementar la vacunación segura como medida de prevención contra la COVID-19 en el país; Que, en ese contexto, mediante Resolución Ministerial N° 373-2020-PCM, se conforma el Grupo de Trabajo denominado “Apoyo a la implementación del proceso de vacunación contra la COVID-19”, dependiente de la Presidencia del Consejo de Ministros, con el objeto de coordinar y articular las labores orientadas a la implementación del proceso de vacunación para la prevención de la COVID-19; con un periodo de vigencia hasta el 31 de agosto de 2021; Que, mediante el documento de Vistos, el Viceministro de Gobernanza Territorial de la Presidencia del Consejo de Ministros, en su condición de Secretario Técnico, designado por Resolución Ministerial N° 117-2021-PCM, detalla las acciones realizadas por el citado Grupo de Trabajo y el acuerdo de sus integrantes, registrado en el Acta de la Sesión N° 20-2021-GT de fecha 13 de julio de 2021, en el cual se señala que este ha cumplido con el objeto de su creación; Con el visado de Despacho Viceministerial de Gobernanza Territorial y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por la Resolución Ministerial Nº 156-2017-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1.- Extinción del Grupo de Trabajo Extíngase el Grupo de Trabajo denominado “Apoyo a la implementación del proceso de vacunación contra la COVID-19,” creado por Resolución Ministerial N° 373-2020-PCM. Artículo 2.- Publicación Publicar la presente Resolución Ministerial en la sede digital de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/pcm), el mismo día de su publicación en el diario ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.VIOLETA BERMÚDEZ VALDIVIA Presidenta del Consejo de Ministros 1976369-1 Conforman la Mesa Técnica de Desarrollo Territorial de la provincia de Grau del departamento de Apurímac RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN N° 0018-2021-PCM/SD Lima, 21 de julio de 2021VISTO:El Informe N° 0116-2021-PCM-SD de la Secretaría de Descentralización que propone y sustenta la conformación de una Mesa Técnica de Desarrollo Territorial de la provincia de Grau del departamento de Apurímac; CONSIDERANDO:Que, el artículo 43 de la Constitución Política del Perú, establece que el Estado es uno e indivisible y su gobierno es unitario, representativo y descentralizado; asimismo, el artículo 188 de la Constitución señala que la descentralización es una forma de organización democrática y constituye una política permanente de Estado, de carácter obligatorio, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del país; Que, de acuerdo a lo previsto en la Octava Política de Estado del Acuerdo Nacional, el Estado peruano está comprometido a desarrollar una integral descentralización, política, económica y administrativa, trans fi riendo progresivamente competencia y recursos del gobierno nacional a los gobiernos regionales y locales con el fi n de eliminar el centralismo; Que, la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, tiene por objeto desarrollar el capítulo de la Constitución Política sobre Descentralización, que regula la estructura y organización del Estado en forma democrática, descentralizada y desconcentrada, correspondiente al Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales. Asimismo, de fi ne las normas que regulan la descentralización administrativa, económica, productiva, fi nanciera, tributaria y fi scal; Que, el artículo 84 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Resolución Ministerial N° 156-2021-PCM, establece que la Secretaría de Descentralización es el órgano de línea con autoridad técnico normativa a nivel nacional, responsable de promover el desarrollo territorial y la descentralización del Estado, así como de articular el despliegue coordinado de la política nacional, sectorial y multisectorial en el territorio, a través de los diferentes niveles de gobierno, procurando el desarrollo armónico y sostenible del Estado; Que, asimismo, el citado artículo señala que la Secretaría de Descentralización orienta la coordinación