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74 NORMAS LEGALES Domingo 25 de julio de 2021 El Peruano / marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico (SINAPLAN). Para tal efecto, dichas entidades coordinan con la Unidad Funcional de Gestión del Sistema de Defensa Nacional (UGESIDENA) dependiente del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa del Ministerio de Defensa, la implementación de los servicios identi fi cados y otras acciones a fi n de contribuir al cumplimiento de los objetivos prioritarios de la Política Nacional Multisectorial de Seguridad y Defensa Nacional al 2030. Artículo 6.- Financiamiento La implementación de la “Política Nacional Multisectorial de Seguridad y Defensa Nacional al 2030”, se fi nancia con cargo al presupuesto institucional de las entidades involucradas, conforme a la normatividad vigente, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Artículo 7. Publicación Disponer la publicación del presente Decreto Supremo en el Diario O fi cial El Peruano. Asimismo, su Anexo se publica en la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe), en el portal institucional del Ministerio de Defensa (www.gob.pe/mindef) y en los portales institucionales de los Ministerios cuyos titulares lo refrendan, el mismo día de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 8.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por la Presidenta del Consejo de Ministros, el Ministro de Relaciones Exteriores, la Ministra de Defensa, el Ministro de Economía y Finanzas, el Ministro del Interior y el Ministro de Justicia y Derechos Humanos. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL Única. - Adecuación de normas y servicios Facúltese a las entidades públicas involucradas a adecuar sus normas y servicios para la implementación de la “Política Nacional Multisectorial de Seguridad y Defensa Nacional al 2030”. DISPOSICION COMPLEMENTARIA DEROGATORIA Única. - Derogación del Decreto Supremo N° 012- 2017-DE Deróguese el Decreto Supremo N° 012-2017-DE, que aprueba la Política de Seguridad y Defensa Nacional, así como las disposiciones legales que se opongan al presente Decreto Supremo. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintitrés días del mes de julio del año dos mil veintiuno. FRANCISCO RAFAEL SAGASTI HOCHHAUSLER Presidente de la República VIOLETA BERMÚDEZ VALDIVIA Presidenta del Consejo de Ministros NURIA ESPARCH FERNÁNDEZ Ministra de Defensa WALDO MENDOZA BELLIDO Ministro de Economía y Finanzas JOSÉ MANUEL ANTONIO ELICE NAVARRO Ministro del Interior EDUARDO VEGA LUNA Ministro de Justicia y Derechos Humanos ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Relaciones Exteriores 1976352-4Aprueban vacantes y cargos a ser desempeñados por el Personal de Oficiales Generales, Almirantes y Oficiales Superiores de las Fuerzas Armadas en las Agregadurías del Exterior RESOLUCIÓN SUPREMA N° 024-2021-DE Lima, 23 de julio de 2021VISTOS:Los O fi cios N° 00936-2021-MINDEF/VRD-DIGRIN y N° 01052-2021-MINDEF/VRD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; el Informe Legal N° 00737-2021-MINDEF/SG-OGAJ y el O fi cio N° 00585-2021-MINDEF/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, el artículo 5 del Reglamento del Personal Militar de las Fuerzas Armadas nombrado en Agregadurías del Exterior, aprobado por Resolución Ministerial N° 0977-2019-DE/SG y modi fi catorias (en adelante, el Reglamento), establece que el personal militar nombrado ante las Agregadurías en el exterior, asume un cargo de interés institucional y nacional, brindando un servicio de naturaleza pública, relacionado a los aspectos de defensa y seguridad internacional, de acuerdo a lo estipulado en la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas y demás normas internacionales que resulten aplicables; Que, el artículo 6 del Reglamento señala que, dentro de los cargos a ocupar por el Personal Militar nombrado, se encuentra el de Agregado Militar, Naval o Aéreo, el cual es desempeñado por un O fi cial del grado de General de Brigada, Contralmirante, Mayor General, Coronel o Capitán de Navío, según corresponda, acreditado a una Embajada; así como, el de Agregado Militar, Naval o, Aéreo Adjunto, el cual es desempeñado por un O fi cial del grado de Coronel, Capitán de Navío, Teniente Coronel, Comandante o Capitán de Fragata, según corresponda; Que, el literal a) del artículo 14 del Reglamento, señala que el proceso de selección se inicia, con la publicación de la Resolución Suprema, refrendada por la/el Ministra/o de Defensa, que aprueba el número de vacantes y los cargos a desempeñar por el personal militar en las Agregadurías del exterior, para el año siguiente, para lo cual las Instituciones Armadas previamente deberán remitir los mencionados cargos al Ministerio de Defensa; Que, el artículo 15 del Reglamento, dispone el nombramiento del Personal Militar para las Agregadurías en el exterior por un periodo máximo de dos años; Que, el tercer párrafo del artículo 14 de la Ley Nº 28359, Ley de Situación Militar de los O fi ciales de las Fuerzas Armadas, establece que el O fi cial en situación de actividad podrá ser nombrado para ocupar un cargo en el exterior, en representación de su institución, debiendo el candidato cumplir el requisito de tener no menos de dos (2) años, contados desde su retorno al país, antes de estar incurso en las causales para el pase al retiro. Asimismo, tendrán los mismos derechos que el personal diplomático establecido en la norma que regula la materia; Que, mediante O fi cio Nº1564 W-c.3, el Ejército del Perú remite la propuesta de vacantes y cargos a desempeñar por el Personal Militar en Agregadurías del Exterior; Que, a través del O fi cio N° 0291/42, la Marina de Guerra del Perú remite la propuesta de vacantes y cargos a desempeñar por el Personal Militar en Agregadurías del Exterior; Que, mediante O fi cio C-35-SGFA-DGPE-N° 0325, la Fuerza Aérea del Perú remite la propuesta de vacantes y cargos a desempeñar por el Personal Militar en Agregadurías del Exterior; Que, en atención a lo antes expuesto, mediante los O fi cios N° 00936-2021-MINDEF/VRD-DIGRIN y N° 01052-2021-MINDEF/VRD-DIGRIN, en atención al Informe Técnico N° 163-2021-MINDEF/VPD-DIGRIN, la