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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE JULIO DEL AÑO 2021 (28/07/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 33

33 NORMAS LEGALES Miércoles 28 de julio de 2021 El Peruano / Que, en virtud del numeral 6.1 de la Cláusula Sexta de los mencionados Convenios de Cooperación y Gestión, el MINEM se compromete a transferir recursos presupuestales a cada gobierno regional, por el monto de S/ 200, 000,00 (Doscientos mil con 00/100 soles), para tal efecto realizará dos transferencias fi nancieras a los gobiernos regionales, cada una correspondiente al 50% de dicha suma; Que, con fecha 19 de febrero del 2021 la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto aprobó la Certi fi cación de Crédito Presupuestario N° 2021-0004-003 por el monto de S/ 5 000 000,00 (Cinco Millones y 00/100 Soles), para las transferencias fi nancieras a favor de los gobiernos regionales; Que, a través del Informe N° 031-2021-MINEM-OGPP/ OPR, la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto emitió opinión favorable en materia presupuestal para efectuar las transferencias fi nancieras a favor de los gobiernos regionales, por la suma precitada; Que, mediante Resoluciones Ministeriales N° 055-2021-MINEM/DM y N° 058-2021-MINEM/DM se autorizó la primera transferencia fi nanciera de recursos presupuestales a los Gobiernos Regionales de Amazonas, Tacna, Callao, Tumbes, Moquegua y Apurímac, por el monto de S/ 100,000.00 Soles (Cien Mil 00/100 Soles) a cada uno, conforme a lo señalado en el numeral 6.1 de la Cláusula Sexta de los referidos convenios; Que, a través de los Informes N° 155, 156, 157, 158, 159 y 167-2021-MINEM/OGPP-ODICR, la O fi cina de Desarrollo Institucional y Coordinación Regional de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, señala que los Gobiernos Regionales de Amazonas, Tacna, Callao, Tumbes, Moquegua y Apurímac cumplieron con presentar su Informe de Avances y Logros correspondiente al primer y segundo trimestre de 2021, habiéndoseles otorgado la conformidad respectiva, por lo que, se encuentran aptos para ser objeto de la segunda transferencia fi nanciera del 2021; Que, con Informe Nº 153-2021-MINEM-OGA/OFIN, la Ofi cina Financiera de la O fi cina General de Administración, señala que el Ministerio de Energía y Minas dispone de los recursos presupuestales y fi nancieros necesarios hasta por la suma de S/ 1´300,000.00 (Un millón trescientos mil con 00/100 soles) en la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados, así como con los documentos sustentatorios requeridos, que permiten realizar la segunda transferencia fi nanciera a favor de los citados gobiernos regionales, en el marco de la Ley N° 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021; Que, en ese sentido, en aplicación de lo señalado en la Ley N° 31084, resulta necesario autorizar la segunda transferencia de recursos del MINEM, a favor de los Gobiernos Regionales de Amazonas, Tacna, Callao, Tumbes, Moquegua y Apurímac hasta por la suma de S/ 600,000,00 (Seiscientos mil con 00/100 Soles); De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31084, Ley que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021; el Decreto Legislativo N° 1436, Decreto Legislativo Marco de la Administración Financiera del Sector Público; el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto, el Decreto Legislativo N° 1441, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Tesorería; y el Decreto Supremo N° 031-2007-EM, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas y sus modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar la segunda transferencia fi nanciera de Recursos Directamente Recaudados del Pliego N° 016: Ministerio de Energía y Minas a favor de los Gobiernos Regionales de Amazonas, Tacna, Callao, Tumbes y Moquegua y Apurímac Autorizar la segunda transferencia fi nanciera de Recursos provenientes de la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados de la Unidad Ejecutora N° 001 Ministerio de Energía y Minas – Central del Pliego 016 Ministerio de Energía y Minas, por la suma de S/ 600,000.00 (Seiscientos mil con 00/100 soles), a favor de los siguientes Gobiernos Regionales: Amazonas, Tacna, Callao, Tumbes, Moquegua y Apurímac; para ser destinados exclusivamente a las Direcciones o Gerencias Regionales de Energía y Minas, para el fortalecimiento de la capacidad de gestión regional en el ejercicio de las funciones en materia minero energética, en el marco del proceso de descentralización, de acuerdo al siguiente detalle: Fuente de fi nanciamiento: Recursos Directamente Recaudados Gastos Corrientes: (En Soles) 2.4 : Donaciones y Transferencias2.4.1.3.1.2 : Otras Unidades del Gobierno Regional 600,000.00 Artículo 2. - Detalle de la transferencia La transferencia señalada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se efectuará según el siguiente detalle: A LA ( En Soles) SECCIÓN SEGUNDA : INSTANCIAS DESCENTRALIZADASPliego 440 : Gobierno Regional de Amazonas 100 000,00 Unidad Ejecutora : N° 001 Región Amazonas - Sede CentralUnidad Ejecutora SIAF : N° 0721Cuenta : Cuenta Única del Tesoro Público - CUTRUC : N° 20479569861 Pliego 460 : Gobierno Regional de Tacna 100 000,00 Unidad Ejecutora : N° 001 Región Tacna - Sede CentralUnidad Ejecutora SIAF : N° 0931Cuenta : Cuenta Única del Tesoro Público - CUTRUC : N° 20519752515 Pliego 464 : Gobierno Regional del Callao 100 000,00 Unidad Ejecutora : N° 001 Región CallaoUnidad Ejecutora SIAF : N° 1028 Cuenta : Cuenta Única del Tesoro Público - CUTRUC : N° 20505703554 Pliego 461 : Gobierno Regional de Tumbes 100 000,00 Unidad Ejecutora : N° 001 Región Tumbes - Sede CentralUnidad Ejecutora SIAF : N° 0936Cuenta : Cuenta Única del Tesoro Público - CUTRUC : N° 20484003883 Pliego 455 : Gobierno Regional de Moquegua 100 000,00 Unidad Ejecutora : N° 001 Región Moquegua - Sede CentralUnidad Ejecutora SIAF : N° 0880Cuenta : Cuenta Única del Tesoro Público - CUTRUC : N° 20519752604 Pliego 442 : Gobierno Regional de Apurímac 100 000,00 Unidad Ejecutora : N° 001 Región Apurímac - Sede CentralUnidad Ejecutora SIAF : N° 0747Cuenta : Cuenta Única del Tesoro Público - CUTRUC : N° 20527141762 Artículo 3.- Términos y obligaciones de la transferencia Los términos y obligaciones de la transferencia fi nanciera se encuentran previstos en los Convenios de Cooperación y Gestión celebrados, entre el Ministerio de Energía y Minas y los Gobiernos Regionales de Amazonas, Tacna, Callao, Tumbes, Moquegua y Apurímac, respectivamente, correspondientes al año 2021. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME GÁLVEZ DELGADO Ministro de Energia y Minas 1977025-1