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19 NORMAS LEGALES Miércoles 28 de julio de 2021 El Peruano / Estado – Ministerio de Defensa – Fuerza Aérea del Perú, es decir, del mismo propietario, que es el solicitante de este procedimiento. La Plaza de Armas de la Base Aérea F.A.P, “Las Palmas”, corresponde al polígono rectangular defi nido por los vértices y cuadro técnico señalado en el plano adjunto, con un área de 40,461.44 m2; concluyendo el citado informe técnico: - El polígono que conforma la Plaza de Armas de la Base Aérea F.A.P. “Las Palmas”, comprende parcialmente cuatro predios debidamente inscritos en las Partidas N° 14215884 (38,069.08 m2), N° 47112699 (371.86 m2), N° 07006912 (1,875.72 m2), y N° 12687109 (144.78 m2), ante SUNARP y la SBN, los cuales se encuentran con la inscripción a favor del Estado – Ministerio de Defensa – Fuerza Aérea del Perú. - Del análisis y ponderación de la mayor información brindada por la Fuerza Aérea del Perú, SBN y la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco, se ha verificado que la Plaza de Armas de la Base Aérea F.A.P. “Las Palmas” ubicada en Av. Jorge Chávez S/N, del distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima; debe continuar el procedimiento de declaratoria como Monumento integrante del Patrimonio Cultural de la Nación, por cuanto posee importancia, valor y significado conforme a lo establecido en el Artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y modificatorias. Que, en ese sentido, la delimitación del área de la Plaza de Armas de la Base Aérea F.A.P. “Las Palmas”, se circunscribe por un polígono rectangular que encierra un área de 40,461.44 m2 y un perímetro de 861.65 ml. El polígono de delimitación de la Plaza de Armas de la Base Aérea “Las Palmas”, está comprendido en las partidas N°14215884, N° 47112699, N° 07006912, y N° 12687109, inscritas en el Registro de Predios de Lima, a favor de Estado, representado por el Ministerio de Defensa – Fuerza Aérea del Perú. Conforme los siguientes datos técnicos: Polígono de la Plaza de Armas de la Base Aérea F.A.P. “Las Palmas” CUADRO DE COORDENADAS EN WGS 84 VERTICE LADO DISTANCIA ANG. INTERNO ESTE (X) NORTE (Y) 1 1 – 2 138.56 90°1’12’’ 282164.1490 8655842.3356 2 2 – 3 292.75 89°53’35’’ 282280.3289 8655766.8388 3 3 – 4 138.11 89°53’33’’ 282120.3555 8655521.6621 4 4 – 1 292.23 90°11’39’’ 282004.8294 8655597.3499 Que, mediante O fi cios N° 000719-2021-DGPC/MC, N° 000720-2021-DGPC/MC, N° 000721-2021-DGPC/MC, N° 000722-2021-DGPC/MC y N° 000723-2021-DGPC/MC, se procedió a notificar de forma complementaria, a la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú, la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco, la Gerencia de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Metropolitana de Lima, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales y a la Dirección General de Abastecimiento del Ministerio de Economía y Finanzas la propuesta técnica de delimitación con la finalidad de otorgarles un plazo determinado para que puedan presentar sus aportes históricos, testimonios, entre otros, que formarán parte del expediente de declaración, de corresponder, así como las argumentaciones que estimen convenientes, antes de concluir con el procedimiento de declaratoria; Que, la Dirección General de Patrimonio Cultural a través del Informe N° 000331-2021-DGPC/MC y en uso de sus facultades previstas en el numeral 52.11 del artículo 52 del ROF, eleva al Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, la propuesta técnica de declaración y delimitación como bien integrante del patrimonio cultural de la Nación de la Plaza de la Base Aérea F.A.P. “Las Palmas”, ubicada en Av. Jorge Chávez S/N, del distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima al poseer importancia, valor y signi fi cado cultural; Que, en ese sentido, y habiéndose pronunciado favorablemente el órgano técnico competente en cuanto a la declaratoria como bien integrante del patrimonio cultural de la Nación, de la Plaza de la Base Aérea F.A.P. “Las Palmas”, ubicada en Av. Jorge Chávez S/N del distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima; resulta procedente lo solicitado, advirtiéndose que los informes técnicos emitidos constituyen parte integrante de la presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 6.2 del artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado mediante Decreto Supremo N° 004- 2019-JUS; Con la visación de la Dirección General de Patrimonio Cultural y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en la Constitución Política del Perú; la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y modi fi catorias; la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modi fi catoria; el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, Decreto Supremo que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; el Reglamento de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, aprobado por el Decreto Supremo N° 011-2006-ED y modi fi catorias y el Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; SE RESUELVE: Artículo 1.- DECLARAR como Monumento integrante del Patrimonio Cultural de la Nación, la Plaza de la Base Aérea F.A.P. “Las Palmas”, ubicada en Av. Jorge Chávez S/N, del distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima; en base a los fundamentos vertidos en la parte considerativa de la presente resolución, abarcando la propuesta de declaratoria el ámbito detallado en la poligonal correspondiente a la Lámina DBI-01 que, en anexo, forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- ESTABLECER que cualquier intervención al bien cultural inmueble declarado en el artículo precedente, deberá contar con autorización del Ministerio de Cultura, conforme lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y modificatorias, sin perjuicio de las competencias propias de cada sector involucrado, bajo la responsabilidad administrativa, civil y/o penal a que hubiere lugar. Artículo 3.- DISPONER que la Dirección de Patrimonio Histórico Inmueble de la Dirección General de Patrimonio Cultural del Ministerio de Cultura, proceda a la inscripción de la presente resolución ante la respectiva Ofi cina Registral de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos. Artículo 4.- REMITIR copia certi fi cada de la presente resolución, el Informe N° 000331-2021-DGPC/MC y el expediente técnico al Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú, la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco, la Gerencia de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Metropolitana de Lima, a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales y a la Dirección General de Abastecimiento del Ministerio de Economía y Finanzas, para los trámites correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.LESLIE CAROL URTEAGA PEÑA Viceministra de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales 1976748-1