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22 NORMAS LEGALES Miércoles 28 de julio de 2021 El Peruano / 13 13-14 38.42 240°53’5” 374220.0000 8513825.0000 14 14-15 33.62 241°24’39” 374250.0000 8513801.0000 15 15-16 31.06 243°33’27” 374281.0000 8513814.0000 16 16-17 41.19 178°7’9” 374283.0000 8513845.0000 17 17-18 91.55 145°26’46” 374287.0000 8513886.0000 18 18-19 33.62 189°44’49” 374346.0000 8513956.0000 19 19-20 27.78 180°7’22” 374363.0000 8513985.0000 20 20-21 44.72 130°33’41” 374377.0000 8514009.0000 21 21-22 40.31 146°18’36” 374421.0000 8514017.0000 22 22-23 52.84 232°51’40” 374458.0000 8514001.0000 23 23-24 35.85 217°32’7” 374504.0000 8514027.000024 24-25 24.04 129°54’58” 374518.0000 8514060.0000 25 25-26 42.54 229°31’13” 374541.0000 8514067.0000 26 26-1 8.25 99°30’58” 374558.0000 8514106.0000 TOTAL 1529.17 4319°59’58” ÁREA (m2): 19886.50 (1.9886 ha) PERÍMETRO: 1529.17 m Las especificaciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección N° 006-2021-ADPC-SDPCICI-DDC ICA/MC de fecha 17 de junio de 2021, así como en los Informes N° 000433-2021-DSFL/MC, Informe N° 000126-2021-DSFL-LMS/MC y en los Planos Perimétricos con códigos PPROV-027-MC_DGPA-DSFL-2021 WGS84 y PPROV-028-MC_DGPA-DSFL-2021 WGS84; los cuales se adjuntan como Anexo a la presente Resolución Directoral y forman parte integrante de la misma. ARTÍCULO SEGUNDO.- DISPONER como medidas preventivas, en el polígono especi fi cado en el artículo precedente, de acuerdo a lo indicado por la Dirección Desconcentrada de Cultura Ica, las siguientes: MEDIDA REFERENCIA -Paralización y/o cese de la afectaciónx Paralización de los trabajos de excavación y remoción. - Señalización xInstalación de un mural de señalización, e hitos de delimitación. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Dirección Desconcentrada de Cultura Ica, la determinación y ejecución de las medidas indicadas en el Artículo Segundo de la presente resolución, así como las acciones de control y coordinación institucional e interinstitucional necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la misma. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal, el inicio y conducción coordinada de las acciones administrativas y legales necesarias para la de fi nitiva identi fi cación, declaración y delimitación de los bienes comprendidos en el régimen de protección provisional. Artículo Quinto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, así como su difusión en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe). Artículo Sexto.- NOTIFICAR la presente resolución, así como los documentos anexos, a la Municipalidad Distrital de Sunampe en la provincia de Chincha, departamento de Ica, a fi n de que proceda de acuerdo al ámbito de sus competencias, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 82 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Asimismo, noti fi car a los administrados señalados en el Artículo 104 del Decreto Supremo N° 011-2006-ED. Artículo Séptimo.- PRECISAR que la protección provisional dispuesta en la presente resolución surtirá efectos a partir de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo Octavo.- ANEXAR a la presente resolución el Informe de Inspección N° 006-2021-ADPC-SDPCICI-DDC ICA/MC de fecha 17 de junio de 2021, el Informe N° 000433-2021-DSFL/MC, Informe N° 000126-2021-DSFL-LMS/MC e Informe Nº 000108-2021-DGPA-ARD/MC y los Planos Perimétricos con código PPROV-027-MC_DGPA-DSFL-2021 WGS84 y PPROV-028-MC_DGPA-DSFL-2021 WGS84, para conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARIA BELEN GOMEZ DE LA TORRE BARRERA DirectoraDirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble 1976837-1 DEFENSA Dan por concluido el nombramiento de Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 026-2021-DE Lima, 27 de julio de 2021 CONSIDERANDO:Que, el artículo 167 de la Constitución Política del Perú determina que el Presidente de la República es el Jefe Supremo de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional; Que, el artículo 44 de la Ley N° 28359, Ley de Situación Militar de los O fi ciales de las Fuerzas Armadas, establece que el O fi cial pasa a la situación de retiro, entre otras, por la causal de “A su solicitud”, señalando que el pase a la situación de retiro es dispuesto, según la categoría del O fi cial, por las autoridades indicadas en el artículo 5 de la mencionada norma; por lo que corresponde que el pase al retiro de los O fi ciales Generales, se efectúe a través de Resolución Suprema, refrendada por el/la Ministro/a de Defensa, a propuesta de su respectiva Institución Armada; Que, según lo dispuesto por el artículo 14 del Decreto Legislativo Nº 1134, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas es dirigido por el Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, quien es designado por el Presidente de la República y depende del/la Ministro/a de Defensa; Que, con Resolución Suprema Nº 162-2018-DE, se nombra al señor General de División César Augusto Astudillo Salcedo como Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas; el cual fue prorrogado por un (01) año, de manera excepcional, mediante Resolución Suprema N° 110-2020-DE; Que, mediante documentos de fecha 18 y 19 de julio de 2021, el General de Ejército César Augusto Astudillo Salcedo presenta solicitud de pase a la situación militar de retiro “A su solicitud” con fecha 28 de julio de 2021, por motivos estrictamente personales; Que, teniendo presente que el mencionado O fi cial General ejerce el cargo de Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, corresponde a su vez, dar término al nombramiento en dicho cargo; Con el visado de la Comandancia General del Ejército del Perú y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Defensa. SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluido el nombramiento del señor General de Ejército César Augusto Astudillo Salcedo como Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, y pasarlo a la situación militar de retiro, por la causal “A su solicitud”, con fecha 28 de julio de 2021, dándosele las gracias por los importantes servicios prestados.