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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE JULIO DEL AÑO 2021 (28/07/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 23

23 NORMAS LEGALES Miércoles 28 de julio de 2021 El Peruano / Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por la Ministra de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese.FRANCISCO RAFAEL SAGASTI HOCHHAUSLER Presidente de la República NURIA ESPARCH FERNANDEZ Ministra de Defensa 1977290-1 Autorizan viaje de Cadete para que participe en Curso de Formación de Cadetes en la Escuela Naval Militar de España, ubicada en la ciudad de Marín, Provincia de Pontevedra, Reino de España RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0384-2021-DE Lima, 26 de julio de 2021VISTOS: El O fi cio Nº 3159/52 de la Secretaría de la Comandancia General de la Marina; el O fi cio N° 01003-2021-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal N° 00757-2021-MINDEF/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO:Que, mediante Acuerdo Especí fi co, relativo a la Formación de Cadetes en enseñanza militar superior, suscrito entre el Ministerio de Defensa de la República del Perú, representado por la Marina de Guerra de Perú, y el Ministerio de Defensa del Reino de España, representado por el Jefe de estado Mayor de la Armada, se acuerda la cooperación en la formación de cadetes peruanos en el Programa de Formación Militar en la Escuela Naval Militar, en Marín (Pontevedra), Reino de España; Que, con O fi cio N° 023/52, el Agregado de Defensa Adjunto y Naval a la Embajada del Perú en España solicita al Jefe de la Sección de Relaciones Exteriores de la Armada Española con fi rme la posibilidad de incorporar a un cadete naval peruano en dicho programa de estudios, en la Escuela Naval Militar de Marín, a partir del año 2021; Que, a través del O fi cio N° D-FN-CG- 61001001-S-21-002027, el Jefe de la Sección de Relaciones Exteriores de la Armada Española informa al Agregado de Defensa Adjunto y Naval a la Embajada del Perú en España, que no existe inconveniente para la incorporación de un cadete naval peruano en el referido programa académico; Que, con la Carta N/Ref: 1055/BILATERALES/21, el Jefe de la Sección de Relaciones Exteriores de la Armada Española comunica al Agregado Naval a la Embajada del Perú en España, que el referido programa académico iniciará el día 16 de agosto de 2021 y fi nalizará el día 16 de julio de 2026; Que, por medio del O fi cio N° 0816/52, la Dirección General de Educación de la Marina informa a la Comandancia General de la Marina la designación del Cadete de Primer Año Martín Alexander VIVANCO PÉREZ, para que participe en el Programa de Formación Militar en la Escuela Naval Militar, en Marín, y remite la documentación que sustenta la propuesta de autorización de viaje al exterior del citado personal naval, en misión de estudios; Que, a través del Informe Legal N° 035-2021/AS-DGE, la O fi cina de Asesoría Legal de la Dirección General de Educación de la Marina opina que es viable autorizar el viaje al exterior del mencionado cadete, precisando que, con el fi n de prever su participación durante la totalidad de la actividad programada, es necesario autorizar su salida del país con dos (2) días de anticipación, así como su retorno un (1) día después al término del mismo, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; Que, conforme a lo señalado en la Exposición de Motivos, anexada al O fi cio N° 3159/52, resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior del citado Cadete para que participe en el Curso de Formación de Cadetes en la Escuela Naval Militar de España, por cuanto, le permitirá intercambiar conocimientos y experiencias que contribuirán signi fi cativamente a su formación militar y profesional, logrando un alto grado de instrucción, con la fi nalidad de desempeñarse e fi cientemente en el servicio naval; asimismo, se indica que permitirá fortalecer los conocimientos del futuro O fi cial en los conceptos, principios, métodos, técnicas y análisis de sistemas y destrezas en la toma de decisiones desde el punto de vista logístico y de la administración de recursos; Que, de acuerdo con la Hoja de Gastos N° 042-2021, suscrita por la O fi cina General de Administración de la Dirección de Administración de Personal y la Dirección General de Educación de la Marina, se detallan los gastos por concepto de pasajes aéreos internacionales, compensación extraordinaria por servicio en el extranjero y gastos de traslado correspondiente a la ida, que se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2021 de la Unidad Ejecutora N° 004: Marina de Guerra del Perú, de conformidad con los artículos 7 y 8 del Reglamento de viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE-SG; Que, mediante Hoja de Disponibilidad Presupuestaria N° 048-2021, el Jefe de la O fi cina de Planes Programas y Presupuestos de la Dirección de Administración de Personal de la Marina detalla los recursos que se verán involucrados en la ejecución del presente viaje al exterior; asimismo, conforme a las Certi fi caciones de Crédito Presupuestario N° 0000000004, N° 0000000039 y N° 0000000040, emitidas por la Dirección de Presupuesto de la Dirección General de Economía de la Marina, se garantiza el fi nanciamiento del presente viaje al exterior durante el Año Fiscal 2021; Que, teniendo en cuenta que la duración de la misión de estudios en el exterior abarca más de un ejercicio presupuestal, para completar el período de duración de la misión de estudios en el exterior, a partir del 1 de enero de 2022 al 16 de julio de 2026, los pagos se efectuarán con cargo al Presupuesto del Sector Público para el año fi scal respectivo; Que, con O fi cio Nº 3159/52, la Secretaría de la Comandancia General de la Marina solicita la autorización de viaje al exterior, en misión de estudios, del Cadete de Primer Año Martín Alexander VIVANCO PÉREZ, para que participe en el Curso de Formación de Cadetes en la Escuela Naval Militar de España, ubicada en la ciudad de Marín, Provincia de Pontevedra, Reino de España, del 16 de agosto de 2021 al 16 de julio de 2026, así como, autorizar su salida del país el 14 de agosto de 2021 y su retorno el 17 de julio de 2026; Que, mediante Decreto Supremo N° 002-2004-DE- SG, se aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa, cuyo artículo 4 señala que el Personal Militar y Civil del Sector Defensa que viaja al exterior en las modalidades reguladas en el mismo, comprende los grupos de personal civil y personal militar, encontrándose en este último grupo a los cadetes, alumnos y personal de tropa; Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior, dispone que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, será reducido en la misma cantidad que la boni fi cación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1132, que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú;