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49 NORMAS LEGALES Miércoles 28 de julio de 2021 El Peruano / Presupuesto concluye que es pertinente la propuesta de reconformación del Comité de Gobierno Digital del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y que se debe formalizar con la expedición de la correspondiente Resolución Ministerial; Que, a través del Informe Nº 535-2021-VIVIENDA/ OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica opina que, en atención a lo normativa citada precedentemente, así como lo sustentado por la O fi cina General de Estadística e Informática, con la opinión favorable de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, resulta legalmente viable se expida una Resolución Ministerial para modi fi car el artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 356-2018-VIVIENDA, modi fi cada por la Resolución Ministerial Nº 207-2019-VIVIENDA, con la fi nalidad de incorporar como miembro del Comité de Gobierno Digital del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento al/a la Director/a de la O fi cina de Gestión Documentaria y Archivo y trasladar la Secretaría Técnica del mencionado Comité al/a la Director/a de la O fi cina General de Estadística e Informática; Que, de acuerdo a lo expuesto, resulta viable modi fi car el artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 356-2018-VIVIENDA, modi fi cada por la Resolución Ministerial Nº 207-2019-VIVIENDA; De conformidad con los establecido en la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; el Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 006-2015-VIVIENDA; y la Resolución Ministerial Nº 119-2018-PCM, modi fi cada por la Resolución Ministerial Nº 087-2019-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1.- Modi fi car el artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 356-2018-VIVIENDA, modi fi cada por la Resolución Ministerial Nº 207-2019-VIVIENDA, el mismo que queda redactado conforme al siguiente texto: “Articulo 1.- Conformación del Comité de Gobierno Digital Conformar el Comité de Gobierno Digital del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el cual se encuentra integrado por: - El/la Secretario/a General en representación del/de la Ministro/a de Vivienda, Construcción y Saneamiento, quien lo preside; - El/la Líder de Gobierno Digital;- El/la Director/a General de la O fi cina General de Estadística e lnformática, quien ejerce la Secretaría Técnica; - El/la Director/a General de la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos; - El/la Director/a de la O fi cina de Atención al Ciudadano; - El/la Director/a General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; - El/la Director/a General de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; - El/la Director/a de la O fi cina de Gestión Documentaria y Archivo; y, - El/la O fi cial de Seguridad de la lnformación.”. Artículo 2.- Disponer la difusión de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda), en la misma fecha de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.SOLANGEL FERNÁNDEZ HUANQUI Ministra de ViviendaConstrucción y Saneamiento 1977240-1ORGANISMOS EJECUTORES AGENCIA PERUANA DE COOPERACION INTERNACIONAL Designan Asesora de la Dirección Ejecutiva de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 071-2021/APCI-DE Mira fl ores, 26 de julio de 2021 VISTOS:El Memorándum Nº 0232-2021-APCI/OPP del 26 de julio de 2021 de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto; y, la Carta S/N presentada el 20 de julio de 2021 por el señor Roberto Daniel López Lizárraga; CONSIDERANDO:Que, de conformidad con lo establecido en la Ley de Creación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, Ley Nº 27692 y sus normas modi fi catorias, la APCI es un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Relaciones Exteriores, a cargo de ejecutar, programar y organizar la cooperación técnica internacional, también llamada cooperación internacional no reembolsable, que se gestiona a través del Estado y que proviene de fuentes del exterior de carácter público y/o privado, en función de la política nacional de desarrollo; y, goza de autonomía técnica, económica, presupuestal y administrativa; Que, el artículo 12º del Reglamento de Organización y Funciones de la APCI, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 028-2007-RE, establece que la Dirección Ejecutiva de la APCI cuenta con el apoyo de asesores; Que, el artículo 3º de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, establece que la designación de funcionarios públicos en cargos de confi anza distintos a los comprendidos en el artículo 1º de la citada ley, se efectúa mediante resolución del titular de la entidad; Que, el segundo párrafo del artículo 9º de la Ley Nº 27692 establece que los requisitos para ser Director Ejecutivo de la APCI contenidos en los literales c) y d) del mismo artículo, se extienden a los cargos de con fi anza de la APCI; Que, mediante Memorándum Nº 0232-2021-APCI/ OPP, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto de la APCI informa sobre la disponibilidad presupuestal correspondiente; Que, mediante Resolución Directoral Ejecutiva Nº 009-2021/APCI-DE de fecha 15 de enero de 2021, se designó al señor Roberto Daniel Lizárraga López como Asesor de la Dirección Ejecutiva de la APCI; Que, con Carta S/N presentada el 20 de julio de 2021, el señor Lizárraga López presenta la renuncia al cargo de Asesor de la Dirección Ejecutiva con efectividad al 31 de julio de 2021; Que, en atención a lo expuesto, corresponde aceptar la renuncia formulada por el señor Roberto Daniel Lizárraga López al cargo de con fi anza de Asesor de la Dirección Ejecutiva de la APCI y, por lo tanto, dar por concluida su designación; así como designar un/a nuevo/a Asesor/a de la Dirección Ejecutiva de la APCI; Con el visto de la O fi cina de Asesoría Jurídica de la APCI; y, En uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27692, Ley de Creación de la APCI y sus modi fi catorias; el Reglamento de Organización y Funciones de la APCI, aprobado mediante Decreto Supremo Nº028-2007-RE y sus modi fi catorias; y, en concordancia con la Ley Nº