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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE JUNIO DEL AÑO 2021 (11/06/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 48

48 NORMAS LEGALES Viernes 11 de junio de 2021 / El Peruano fajas marginales de los ríos, las cuales se detallan en su Anexo Único; y, con la Resolución Ministerial N° 095-2018-VIVIENDA, se declara como zonas de riesgo no mitigable a diez (10) zonas identi fi cadas con peligro de inundación fl uvial, inundación pluvial, inundación por tsunami, áreas de fajas marginales, áreas con suelos poco competentes, áreas con licuación de suelo y áreas con activación de quebradas, las que se señala en su Anexo Único; Que, por Resoluciones Ministeriales N° 133-2018-VIVIENDA y N° 322-2018-VIVIENDA se aprueban la Primera y la Segunda Convocatoria del año 2018, respectivamente, para el otorgamiento de 1,513 BFH en la modalidad de aplicación de Adquisición de Vivienda Nueva en el marco del Procedimiento; Que, el PNC a través de los Memorándums N° 3330-2019-VIVIENDA/VMVU/PNC, N° 2075-2020/VIVIENDA-VMVU-PNC, N° 010-2021/VIVIENDA-VMVU-PNC, N° 238-2021/VIVIENDA-VMVU-PNC y N° 1187-2021/VIVIENDA-VMVU-PNC, ha dado cuenta de la relación de 192 predios con viviendas colapsadas o inhabitables ubicadas en zonas de riesgo no mitigables, conforme a lo establecido en el numeral 1 del párrafo 4.1 del artículo 4 del Procedimiento; Que, la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios a través de la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 00037-2021-ARCC-DE resuelve, entre otros, modi fi car el Anexo “Soluciones de Viviendas para la Atención de la Población Damni fi cada” del Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios, en el cual se establece un nuevo valor del BFH para la modalidad de aplicación de Adquisición de Vivienda Nueva; y, con la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 00062-2021-ARCC/DE dispone, entre otros, actualizar el número de bene fi ciarios del citado Anexo; Que, mediante los documentos de vistos, la DGPPVU, en el marco de lo dispuesto por la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios en las Resoluciones de Dirección Ejecutiva N° 00037-2021-ARCC-DE y N° 00062-2021-ARCC/DE, sustenta y propone: i) La aprobación de la Tercera Convocatoria para continuar con la reubicación de la población damni fi cada con vivienda colapsada o inhabitable ubicada en zonas de riesgo no mitigable, así como de aquella población que no puede acceder a la reconstrucción de sus viviendas con el BFH en la modalidad de Construcción en Sitio Propio, de acuerdo a la Décimo Sexta Disposición Complementaria Final del TUO de la Ley N° 30556; ii) La modi fi cación del artículo 10 y de la Segunda Disposición Complementaria Final del Procedimiento; Que, con Informe N° 396-2021-VIVIENDA/OGAJ, desde el punto de vista legal, la OGAJ emite opinión favorable a la presente Resolución Ministerial; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA; la Ley N° 27829, Ley que crea el Bono Familiar Habitacional (BFH); y, el Procedimiento para el otorgamiento del Bono Familiar Habitacional - BFH en la modalidad de aplicación de Adquisición de Vivienda Nueva para la reubicación de la población damni fi cada por la ocurrencia de lluvias y peligros asociados a consecuencia del fenómeno de El Niño Costero, ubicada en fajas marginales, zona costera del litoral o quebradas, y población damni fi cada con viviendas colapsadas o inhabitables ubicadas en zonas de alto y muy alto riesgo no mitigable, aprobado por la Resolución Ministerial N° 027-2018-VIVIENDA; SE RESUELVEArtículo 1.- Tercera Convocatoria para el otorgamiento del Bono Familiar Habitacional en la modalidad de aplicación de Adquisición de Vivienda Nueva Convócase a la población damni fi cada con vivienda colapsada o inhabitable ubicada en las zonas declaradas de alto riesgo no mitigable, de acuerdo a las Resoluciones Ministeriales N° 061-2018-VIVIENDA y N° 095-2018-VIVIENDA; así como, a la población damni fi cada con vivienda colapsada o inhabitable que no pueda acceder a la reconstrucción de sus viviendas con el Bono Familiar Habitacional (BFH) en la modalidad de Construcción en Sitio Propio, a participar en la presente convocatoria para el otorgamiento de 418 BFH en la modalidad de aplicación de Adquisición de Vivienda Nueva, en el marco del Procedimiento para el otorgamiento del Bono Familiar Habitacional - BFH en la modalidad de aplicación de Adquisición de Vivienda Nueva para la reubicación de la población damni fi cada por la ocurrencia de lluvias y peligros asociados a consecuencia del fenómeno de El Niño Costero, ubicada en fajas marginales, zona costera del litoral o quebradas, y población damni fi cada con viviendas colapsadas o inhabitables ubicadas en zonas de alto y muy alto riesgo no mitigable, aprobado por la Resolución Ministerial N° 027-2018-VIVIENDA. Artículo 2.- Zonas de intervención para el otorgamiento del Bono Familiar Habitacional Las zonas de intervención para el otorgamiento del BFH en la modalidad de aplicación de Adquisición de Vivienda Nueva son las siguientes: DEPARTA- MENTOPROVINCIA DISTRITO N° BFHTOTAL N° BFH LA LIBERTADASCOPEASCOPE 19 289CASA GRANDE 2 PACASMAYOGUADALUPE 1 SAN PEDRO DE LLOC95 SANTIAGO DE CHUCOQUIRUVILCA 2 TRUJILLOEL PORVENIR 11 HUANCHACO 41LA ESPERANZA 2 LAREDO 5 MOCHE 6 TRUJILLO 6 VÍCTOR LAR- CO HERRERA34 VIRÚCHAO 17 GUADALUPITO 4VIRÚ 44 LIMABARRANCA BARRANCA 1 113HUARAL HUARAL 1 HUAROCHIRÍRICARDO PALMA2 SANTA EU- LALIA2 HUAURA AMBAR 1 LIMALURIGANCHO 104 SAN MARTÍN DE PORRES2 PIURA PIURACASTILLA 3 16LA UNIÓN 1 TAMBO GRAN- DE11 VEINTISEIS DE OCTUBRE1 TOTAL 418 418 DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA MODIFICATORIA Única.- Modi fi cación del Procedimiento aprobado por Resolución Ministerial N° 027-2018-VIVIENDA . Modifícase el artículo 10 y la Segunda Disposición Complementaria Final del Procedimiento para el