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60 NORMAS LEGALES Miércoles 16 de junio de 2021 El Peruano / que resulta legalmente viable la aprobación mediante la presente del Manual de Per fi les de Puestos – MPP Actualizado, Sexta Modi fi cación, de la ONP y de la actualización de su respectivo anexo; En uso de las facultades conferidas por el artículo 6 de la Ley N° 28532, Ley que establece la reestructuración integral de la O fi cina de Normalización Previsional (ONP); los artículos 10 y 11 del Reglamento de Organización y Funciones de la ONP, aprobado por la Resolución Ministerial N° 174-2013-EF/10; y, de conformidad a lo dispuesto en la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM y la Directiva N° 004-2017-SERVIR/GDSRH “Normas para la gestión del proceso de diseño de puestos y formulación del manual de per fi les de puestos – MPP”; SE RESUELVE:Artículo 1. Aprobación del Manual de Per fi les de Puestos – MPP Apruébase el Manual de Per fi les de Puestos – MPP Actualizado, Sexta Modi fi cación, de la O fi cina de Normalización Previsional, y su anexo denominado “Anexo de Puestos de los Regímenes 276 y 728”, los mismos que se adjuntan y forman parte de la presente Resolución. Artículo 2. Difusión Dispónese la difusión de la presente Resolución a las/ los servidoras/res de la entidad. Artículo 3. Publicación Publícase la presente Resolución en el diario o fi cial El Peruano, en la Plataforma digital única del Estado Peruano (www.gob.pe/onp) y en el Portal de Transparencia Estándar del Estado (www.transparencia.gob.pe), en un plazo no mayor de cinco días hábiles después de su aprobación. Artículo 4. Derogatoria Derógase la Resolución de Gerencia General N° 251- 2019-GG/ONP. Regístrese, comuníquese y publíquese.MIRTHA AGUSTINA RÁZURI ALPISTE Gerenta GeneralOfi cina de Normalización Previsional 1963187-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Resolución que modifica el procedimiento específico “Uso y control de precintos aduaneros y otras obligaciones que garanticen la integridad de la carga” CONTROL-PE.00.08 (versión 3) RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 000081-2021/SUNAT RESOLUCIÓN QUE MODIFICA EL PROCEDIMIENTO ESPECÍFICO “USO Y CONTROL DE PRECINTOS ADUANEROS Y OTRAS OBLIGACIONES QUE GARANTICEN LA INTEGRIDAD DE LA CARGA” CONTROL-PE.00.08 (VERSIÓN 3) Lima, 14 de junio de 2021CONSIDERANDO: Que con Resolución de Superintendencia N° 143- 2020/SUNAT se aprobó el procedimiento especí fi co “Uso y control de precintos aduaneros y otras obligaciones que garanticen la integridad de la carga” CONTROL-PE.00.08 (versión 3), que establece las pautas a seguir para el registro del proveedor, registro, uso y control de los precintos aduaneros e implementación de medidas de seguridad que garanticen la integridad de la carga transportada en contenedores cerrados y vehículos tipo furgón o cisterna cuya estructura y acondicionamiento permita su precintado; Que con la versión 3 del procedimiento se incorporó el código QR como una de las características mínimas que debe tener impreso el precinto aduanero y se dispuso la entrada en vigencia de esta disposición a partir del 4.7.2021; Que mediante Decreto Supremo N° 008-2020-SA se declaró la emergencia sanitaria a nivel nacional por un periodo de noventa días calendario, prorrogado hasta el 2.9.2021 por el Decreto Supremo Nº 009-2021-SA a consecuencia del brote del coronavirus (COVID-19) califi cado como pandemia por la OMS al haberse extendido en más de cien países del mundo de manera simultánea; Que con Decreto Supremo N° 184-2020-PCM se declaró el estado de emergencia nacional hasta el 31.12.2020 por las graves circunstancias que afectan la vida de las personas a consecuencia de la COVID-19; posteriormente, con el Decreto Supremo N° 105-2021-PCM se prorrogó el estado de emergencia nacional hasta el 30.6.2021; Que la emergencia sanitaria ocasionada por la pandemia del coronavirus ha repercutido en la reducción de las exportaciones peruanas y en el movimiento de contenedores, lo que ha ocasionado que los operadores de comercio exterior y los operadores intervinientes, cuenten con precintos aduaneros pendientes de usar con las características vigentes hasta el 3.7.2021; Que, por otro lado, el acelerado avance de la tecnología ha permitido el desarrollo de códigos QR con tamaños más reducidos, incluso se han implementado microcódigos QR; Que, por lo expuesto, es necesario modi fi car la entrada en vigencia de la obligación de incluir el código QR en los precintos aduaneros y modi fi car las características reguladas para la confección del precinto aduanero referidas al tamaño del código QR; En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5 de la Ley N° 29816, Ley de Fortalecimiento de la SUNAT y modi fi catorias y el inciso o) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia N° 122-2014/SUNAT y modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo Único. Modi fi cación de la sección VIII y del inciso f) de los numerales 1 y 2 del anexo I de la sección IX del procedimiento especí fi co “Uso y control de precintos aduaneros y otras obligaciones que garanticen la integridad de la carga” CONTROL PE.00.08 (versión 3) Modi fi car la sección VIII y el inciso f) de los numerales 1 y 2 del anexo I de la sección IX del procedimiento especí fi co “Uso y control de precintos aduaneros y otras obligaciones que garanticen la integridad de la carga” CONTROL-PE.00.08 (versión 3), conforme a los siguientes textos: “VIII. VIGENCIA El presente procedimiento entra en vigencia a partir del 2 de octubre de 2020, excepto los incisos f) de los numerales 1 y 2 del anexo I, que establecen la obligación de incluir el código QR en los precintos aduaneros que entran en vigencia el 31 de enero de 2022 .” “IX. ANEXOSANEXO I CARACTERÍSTICAS MÍNIMAS DEL PRECINTO ADUANERO 1. Precinto aduanero tipo perno: (…) f) Código QR impreso y visible sobre el tambor, que