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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE JUNIO DEL AÑO 2021 (18/06/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 34

34 NORMAS LEGALES Viernes 18 de junio de 2021 El Peruano / Que, mediante el Informe N° 00630-2021-MINEDU/ SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto dependiente de la Secretaría de Planificación Estratégica emitió opinión favorable respecto a la propuesta de documento normativo, por cuanto se encuentra alineado con los objetivos estratégicos e institucionales del Sector Educación y su aprobación e implementación se financiará con cargo a los créditos presupuestarios del Pliego 010: Ministerio de Educación, de las direcciones regionales de educación y de las unidades de gestión educativa local, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público; Que, a través del Informe N° 00729-2021-MINEDU/ SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica opina que la aprobación del documento normativo resulta legalmente viable, sugiriendo proseguir el trámite correspondiente para su aprobación; Que, de acuerdo al literal a) del numeral 1.1 del artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 571-2020-MINEDU, se delega en la Viceministra de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación, entre otras facultades y atribuciones, la de emitir y aprobar los actos resolutivos que aprueban, modi fi can o dejan sin efecto los Documentos Normativos del Ministerio de Educación en el ámbito de su competencia conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modi fi cado por la Ley N° 26510; en la Ley N° 28044, Ley General de Educación, en la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial; en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado mediante Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU, y en virtud a las facultades delegadas mediante Resolución Ministerial N° 571-2020-MINEDU. SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar el documento normativo denominado “Disposiciones para la Implementación del Ciclo de Formación Interna en instituciones educativas públicas del nivel secundaria de la Educación Básica Regular”, el mismo que, como anexo, forma parte de la presente resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución y su anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en el portal institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de su publicación en el diario o fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.KILLA SUMAC SUSANA MIRANDA TRONCOS Viceministra de Gestión Pedagógica 1964414-1 ENERGIA Y MINAS Aprueban la cuarta modificación de la concesión definitiva para desarrollar la actividad de distribución de energía eléctrica, solicitada por Electro Oriente S.A. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 163-2021-MINEM/DM Lima, 8 de junio de 2021 VISTOS: El Expediente Nº 15012593, sobre la concesión defi nitiva para desarrollar la actividad de distribución otorgada mediante Resolución Suprema Nº 086-94-EM; la solicitud de la cuarta modi fi cación de la mencionada concesión de distribución, presentada por Electro Oriente S.A. mediante escrito con Registro Nº 3116432; el Informe Nº 288-2021-MEM/DGE-DCE, elaborado por la Dirección General de Electricidad; y, el Informe Nº 453-2021-MINEM/ OGAJ, elaborado por la O fi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Suprema Nº 086-94- EM, publicada el 5 de diciembre de 1994, se otorga a favor de Electro Oriente S.A. la concesión de fi nitiva para desarrollar la actividad de distribución de energía eléctrica con carácter de Servicio Público de Electricidad, suscribiéndose el Contrato de Concesión Nº 031-94, elevado a Escritura Pública el 1 de febrero de 1995; Que, mediante Resolución Suprema Nº 083-99- EM, publicada el 10 de junio de 1999, se aprueba la regularización de la ampliación de la Concesión de fi nitiva a favor de Electro Oriente S.A., suscribiéndose la Adenda Nº 1 al Contrato de Concesión Nº 031-94; Que, mediante Resolución Suprema Nº 057-2013- EM, publicada el 5 de setiembre de 2013, se aprueba la segunda modi fi cación de la zona de la Concesión, reduciendo el área de la concesión a fi n de ejecutar obras de electri fi cación rural, suscribiéndose la Adenda Nº 2 al Contrato de Concesión Nº 031-94; Que, mediante Resolución Suprema Nº 042-2014-EM, publicada el 17 de junio de 2014, se aprueba la tercera modi fi cación de la zona de Concesión, reduciendo el área de la concesión a fi n de ejecutar obras de electri fi cación rural, suscribiéndose la Adenda Nº 3 al Contrato de Concesión Nº 031-94; Que, mediante documento con Registro Nº 3116432, presentado el 27 de enero de 2021, Electro Oriente S.A. solicita la cuarta modificación de la concesión, con la finalidad de reducirla y que el área excluida se sujete a lo previsto en el quinto párrafo del artículo 30 del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas; Que, en el área excluida de la zona de concesión están previstas ejecutarse obras de electri fi cación rural, de acuerdo a lo coordinado entre la Municipalidad Distrital de Yaquerana, Electro Oriente S.A. y el Ministerio de Energía y Minas, a través de la Dirección General de Electri fi cación Rural; Que, teniendo en cuenta lo señalado en los informes de Vistos, se verifica que la solicitud de la cuarta modificación de concesión definitiva de distribución presentada por Electro Oriente S.A., cumple con los requisitos establecidos en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM, por lo que procede aprobarla; y, en consecuencia aprobar y autorizar la suscripción de la Adenda Nº 4 al Contrato de Concesión Nº 031-94, la cual deberá ser elevada a Escritura Pública por Electro Oriente S.A., incorporando el texto de la presente Resolución e inscribirla en el Registro de Concesiones para la Explotación de Servicios Públicos del Registro de Propiedad Inmueble, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 7 y 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas; el Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2007-EM y sus modi fi catorias; y, el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 038-2014-EM y sus modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la cuarta modi fi cación de la concesión de fi nitiva para desarrollar la actividad de distribución de energía eléctrica, solicitada por Electro Oriente S.A., con la fi nalidad de reducirla, así como aprobar la Adenda Nº 4 al Contrato de Concesión Nº 031-94, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial, según el siguiente detalle: