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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE JUNIO DEL AÑO 2021 (18/06/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 23

23 NORMAS LEGALES Viernes 18 de junio de 2021 El Peruano / Que, asimismo, la mencionada Dirección de Catastro, Zoni fi cación y Ordenamiento, re fi ere en el Informe Técnico N° D000206-2021-MIDAGRI-SERFOR-DGIOFFS-DCZO, que en virtud a la exclusión de áreas de las Comunidades Nativas San Miguel de Pucate, Libertad – Río Huallaga y Portal de Belén – Río Huallaga, se propone el redimensionamiento de la Zona 4Fdel BPP Loreto, la cual quedaría dividida en dos (02) zonas: Zona 4F y Zona 4F-1; y con la exclusión de las áreas de la Comunidad Nativa Nuevo Iquitos se propone el redimensionamiento de la Zona 5A del BPP Loreto, conforme se detalla en el Cuadro siguiente: Propuesta de redimensionamiento de la Zonas 4F y 5A del BPP Loreto Zonas del BPP LoretoÁrea (ha) de la C.N en el BPP (2)Áreas (ha) Resultantes del redimensionamiento las Zonas del BPP Loreto (1)-(2)Zonas ResoluciónÁrea (ha) O fi cial Área (ha) SIG (1) ZONA 4FRDE N° 262-2019-MINAGRI- SERFOR-DE144316.5281 144316.5281 3125.5975Zona 4F: 137731.0765 Zona 4F-1: 3459.8541 ZONA 5ARDE N° D000078-2020- MINAGRI-SERFOR-DE1964557.7891 1964557.7891 2940.7590 1961617.0301 Fuente: Informe Técnico N° D000206-2021-MIDAGRI-SERFOR-DGIOFFS-DCZO Que, a su vez, la citada Dirección indica que, como consecuencia del redimensionamiento propuesto, la super fi cie total actual del BPP Loreto (7 127 015.7474 ha) se modi fi cará a una super fi cie de 7 120 949.3909 ha, lo que incluye todas las zonas, conforme se aprecia en el siguiente: Resumen de la propuesta de redimensionamiento del BPP Loreto BPP Loreto Área (ha) Total RDE Nº D000078- 2020-MINAGRI- SERFOR-D EZona 4F y 5A del BPP Loreto Área (ha) de la C.N en el BPP (2)Área (ha) Final Resultante de las Zonas del BPP Loreto (1)-(2)BPP Loreto Área (ha) Total Final Zonas Área (ha) o fi cial Área (ha) SIG (1) 7127015.7474ZONA 4F 144316.5281 144316.5281 3125.5975Zona 4F: 137731.0765 7120949.3909 Zona 4F-1: 3459.8541 ZONA 5A 1964557.7891 1964557.7891 2940.7590 1961617.0301 Fuente: Informe Técnico N° D000206-2021-MIDAGRI-SERFOR-DGIOFFS-DCZO las Zonas 4F y 5A del Bosque de Producción Permanente del departamento de Loreto; Con el visado de la Directora General de la Dirección General de Información y Ordenamiento Forestal y de Fauna Silvestre y de la Directora General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con la Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre; el Decreto Supremo N° 018-2015-MINAGRI, que aprueba el Reglamento para la Gestión Forestal; y, la Resolución Ministerial N° 0368-2018-MINAGRI, que aprueba los “Lineamientos para la ejecución del procedimiento de redimensionamiento de bosques de producción permanente”, modi fi cada por Resolución Ministerial N° 0442-2019-MINAGRI; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar el redimensionamiento del Bosque de Producción Permanente del departamento de Loreto, respecto la Zona 4F, de un área de 144 316.5281 ha, en dos (2) Zonas: Zona 4F con un área de 137 731.0765 ha y Zona 4F-1 con un área de 3 459.8541 ha; asimismo, respecto la Zona 5A, de un área de 1 964 557.7891 ha a un área de 1 961 617.0301 ha, de acuerdo con el Mapa y Cuadros Descriptivos que como Anexos forman parte integrante de la presente Resolución; quedando el Bosque de Producción Permanente del departamento de Loreto con una super fi cie total de 7 120 949.3909 ha, según el detalle siguiente:Que, en el marco de lo dispuesto en los Lineamientos, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, a través del documento del Vistos, efectúa la revisión del expediente administrativo que sustenta el redimensionamiento de las Zonas 4F y 5A del BPP Loreto y veri fi ca que este se enmarca en la causal denominada “Derechos otorgados por la autoridad competente para el caso de las Comunidades Nativas, en aplicación de lo dispuesto en la Resolución Ministerial N° 0547-2014-MINAGRI” prevista en el literal a) del numeral 4.1 del artículo 4 de los Lineamientos; por lo que, en virtud a la delegación otorgada al SERFOR mediante el artículo 3 de la Resolución Ministerial N° 0368-2018-MINAGRI, modi fi cada por Resolución Ministerial N° 0442-2019-MINAGRI, concluye que resulta legalmente viable expedir la Resolución de Dirección Ejecutiva que apruebe el redimensionamiento de las Zonas 4F y 5A del BPP Loreto; Que, asimismo, precisa que, los derechos otorgados o que se otorguen sobre las áreas excluidas, no otorgan titularidad sobre los recursos forestales y de fauna silvestre existentes, ya que éstos constituyen Patrimonio Forestal Nacional; debiendo solicitar a la autoridad competente, las autorizaciones y permisos correspondientes para el aprovechamiento de dichos recursos, conforme a lo dispuesto en la legislación forestal y de fauna silvestre vigente; Que, en consecuencia, corresponde aprobar mediante Resolución Dirección Ejecutiva el redimensionamiento de BPP Loreto Área (ha) Total RDE Nº D000078- 2020-MINAGRI- SERFOR-DEZona 4F y 5A del BPP Loreto Área (ha) de la C.N en el BPP (2)Área (ha) Final Resultante de las Zonas del BPP Loreto (1)-(2)BPP Loreto Área (ha) Total FinalZonas Área (ha) o fi cial Área (ha) SIG (1) 7127015.7474ZONA 4F 144316.5281 144316.5281 3125.5975Zona 4F: 137731.0765 7120949.3909 Zona 4F-1: 3459.8541 ZONA 5A 1964557.7891 1964557.7891 2940.7590 1961617.0301