Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE JUNIO DEL AÑO 2021 (22/06/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 10

10 NORMAS LEGALES Martes 22 de junio de 2021 El Peruano / urbanismo y desarrollo urbano; así como dictar normas, lineamientos y establecer los procedimientos para el ordenamiento, mejoramiento, protección e integración de los centros poblados, urbanos y rurales como sistema sostenibles en el territorio nacional, facilitando además, el acceso de la población a una vivienda digna, en especial de aquella población rural o de menores recursos; Que, el literal b) del artículo 66 del citado Reglamento, establece como función de la DGPRVU proponer o aprobar y difundir las normas, planes, reglamentos, lineamientos, directivas, procedimientos, metodologías, mecanismos y estándares, entre otros, de alcance nacional en las materias de vivienda, urbanismo y ordenamiento e integración de los centros poblados en el marco de las políticas y normas que se vinculen; Que el literal f) del artículo 69 del Reglamento, señala como función de la Dirección de Urbanismo y Desarrollo Urbano (DUDU) de la DGPRVU elaborar normas, lineamientos, directivas y procedimientos de alcance nacional, referidos a la infraestructura de movilidad en el ámbito urbano y rural; Que, el Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano Sostenible (RATDUS), aprobado mediante Decreto Supremo N° 022-2016-VIVIENDA, regula los procedimientos técnicos que siguen los Gobiernos Locales a nivel nacional, en el ejercicio de sus competencias en materia de planeamiento y gestión del suelo, de acondicionamiento territorial y de desarrollo urbano de sus circunscripciones; Que, el artículo 64 del RATDUS establece que los Planes de Movilidad Urbana Sostenible son instrumentos técnico normativos que sirven para la elaboración de los sistemas de movilidad multimodal, a fi n de mejorar la interconexión de los centros urbanos, cuando se presentan procesos de crecimiento socio - económico y dinámicos considerables de movilidad de personas y mercancías. Su formulación es participativa y concertada con la sociedad civil y aprobada por la Municipalidad Provincial de su jurisdicción; Que, es necesario contar con un documento técnico que oriente a los gobiernos locales en la formulación de sus Planes de Movilidad Urbana Sostenible, que establezca y sistematice los aspectos y actividades más importantes que deben considerarse en el proceso de su elaboración, tales como: conceptos generales, ámbitos de competencia, criterios técnicos y procedimientos metodológicos necesarios para su correcta elaboración e implementación; Que, para tal efecto, la DUDU propone el Proyecto de Manual para la elaboración de Planes de Movilidad Urbana Sostenible, el cual tiene como fi nalidad orientar la metodología en la formulación de los planes de movilidad urbana sostenible que desarrollen los centros poblados; Que, el artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, señala que las entidades públicas dispondrán la publicación de los proyectos de normas de carácter general que sean de su competencia en el Diario O fi cial El Peruano, en sus Portales Electrónicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor de treinta (30) días antes de la fecha prevista para su entrada en vigencia, salvo casos excepcionales, permitiendo que las personas interesadas formulen comentarios y/o aportes por vía electrónica a través del portal institucional; Que, la publicación del proyecto del citado Manual resulta necesaria debido a la competencias de los gobiernos locales en la plani fi cación urbana de sus respectivas jurisdicciones, reconocida en el numeral 6 del artículo 195 de la Constitución Política del Perú en concordancia con los artículos 73 y 79 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; así como lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley N° 30900, Ley que crea la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao, a efectos de recibir los comentarios y/o aportes de las mencionadas entidades públicas, y también de las entidades privadas y de la ciudadanía en general; Que, mediante el Informe N° 316-2021-VIVIENDA/ OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica (OGAJ) del MVCS emitió opinión respecto al rango normativo del citado Manual, señalando que es viable que la DGPRVU apruebe y difunda el proyecto de Manual de elaboración de Planes de Movilidad Urbana Sostenible, de acuerdo a su competencia y funciones, al tener la facultad de expedir, mediante Resolución Directoral, manuales en las materias de su competencia, como es dictar normas, lineamientos y establecer los procedimientos para el ordenamiento, mejoramiento, protección e integración de los centros poblados, urbanos y rurales como sistema sostenibles en el territorio nacional, así como aprobar y difundir lineamientos, directivas, procedimientos, metodologías, mecanismos y estándares, entre otros, de alcance nacional en las materias de vivienda, urbanismo y ordenamiento e integración de los centros poblados; Que, mediante Informe N° 151-2021-VIVIENDA/ OGPP-OPM, la O fi cina de Planeamiento y Modernización de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del MVCS opinó favorablemente que la DGPRVU, de acuerdo con lo previsto en el Reglamento de Organización y Funciones del MVCS; y, teniendo en cuenta lo opinado por la OGAJ resulta viable que dicho órgano de línea, desde el punto de vista de su competencia funcional, apruebe mediante resolución directoral, manuales en las materias de su competencia, como el proyecto de Manual de elaboración del Plan de Movilidad Urbana Sostenible, conforme se ha señalado en el presente informe; De conformidad con la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 006-2015-VIVIENDA; y, el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; SE RESUELVE:Artículo 1.- Publicación del Proyecto de Manual para la elaboración de Planes de Movilidad Urbana Sostenible Dispóngase la publicación del Proyecto de Manual para la elaboración de Planes de Movilidad Urbana Sostenible, en el diario o fi cial El Peruano y en el portal institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda), por el plazo de quince (15) días hábiles, contado a partir de la publicación de la presente Resolución Directoral en el citado diario, a efectos de recibir los comentarios y/o aportes de las entidades públicas, privadas y de la ciudadanía en general. Artículo 2.- Consolidación de información Encárguese a la Dirección de Urbanismo y Desarrollo Urbano de la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, la consolidación de los comentarios y/o aportes del proyecto citado en el artículo precedente, que se recibirán a través del portal institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda) en el link “Manual para la elaboración de Planes de Movilidad Urbana Sostenible”. Artículo 3.- Encargo de Publicación Encárguese a la O fi cina General de Estadística e Informática del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento la publicación de la presente Resolución Directoral y del proyecto de manual a que se re fi ere el artículo 1, en el Portal Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda), el mismo día de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.DANIEL ALEJANDRO RAMIREZ CORZO NICOLINI Director General de Políticas yRegulación en Vivienda y Urbanismo 1965344-1