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97 NORMAS LEGALES Sábado 6 de marzo de 2021 El Peruano / PAGO DE DICHOS TRIBUTOS CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO FISCAL 2021”, en vista que la coyuntura social y la consecuencia económica que ha generado el brote del Covid-19, aunado a que el Gobierno Central ha venido otorgando diversas medidas, como es el Estado de Emergencia Nacional, el cual viene siendo prorrogada hasta la fecha, considerando la emergencia sanitaria que atraviesa el país, y tomando en cuenta que dicha ampliación coadyuvará a que los vecinos pachacaminos afronten el pago de sus obligaciones tributarias y fomentando además la cultura tributaria, contexto que repercutirá en incrementos de recaudación así como disminución de los índices de morosidad por los tributos de impuesto predial y arbitrios municipales; Que, mediante el Informe N° 015-2021-MDP/GAT, la Gerencia de Administración Tributaria adopta la propuesta de la Subgerencia de Recaudación y Ejecución Coactiva, como política de la gestión edilicia de incentivar el cumplimento oportuno del pago de los tributos de sus contribuyentes, por lo que propicia la prórroga de la fecha de vencimiento para el pago al contado de la primera cuota del Impuesto Predial así como de la primera y segunda cuota de Arbitrios municipales y la aplicación de incentivos por el pronto pago, correspondiente al ejercicio fi scal 2021; por lo que debe aplicarse esto como una estrategia para impulsar el desarrollo de una cultura tributaria entre los contribuyentes del distrito. Que, la O fi cina de Asesoría Jurídica, mediante Informe N° 66-2021-MDP-GM-OAJ, opina que resulta procedente la prorrogando de la fecha de vencimiento para el pago al contado de la primera cuota del impuesto predial, así como de la primera y segunda cuota de los arbitrios municipales y la aplicación de incentivos por pronto pago de dichos tributos correspondientes al ejercicio fi scal 2021, establecido en la Ordenanza N° 262-2021-MDP/C, conforme a la propuesta realizada por la Gerencia de Administración Tributaria, debiendo emitirse el acto administrativo correspondiente. Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 42° de la Ley N° 27972- Ley Orgánica de Municipalidades, y en la Segunda Disposición Final de la Ordenanza N° 262-2021-MDP/C; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR la fecha de vencimiento para el pago al contado de la primera cuota del COMUNICADO A NUESTROS USUARIOS REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS Las entidades públicas que requieran publicar documentos en la Separata Especial de Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Públicos del Estado deberán tomar en cuenta lo siguiente: El jefe del área autorizada y acreditado ante la Gerencia de Publicaciones O fi ciales, enviará la solicitud de publicación desde su cuenta de correo institucional a la siguiente cuenta electrónica: dj@editoraperu.com.pe . 1) En el correo institucional se deberá adjuntar lo siguiente: a) O fi cio escaneado dirigido al Gerente de Pubicaciones O fi ciales, en el que se solicita la publicación de declaraciones juradas. El o fi cio podrá ser fi rmado digitalmente o con sello y fi rma manual del funcionario autorizado. b) El archivo en formato Excel (*) conteniendo las declaraciones juradas, una debajo de otra y en una sola hoja de cálculo. No se recibirá documentos físicos ni archivos en formato PDF. (*) Las plantillas en formato Excel se pueden descargar del siguiente link: http://pga. editoraperu.com.pe/ddjj-plantilla.xlt 2) El contenido de todo archivo electrónico que se entregue para su publicación será considerado COPIA FIEL DEL DOCUMENTO ORIGINAL QUE OBRA EN LOS ARCHIVOS DE LA INSTITUCIÓN SOLICITANTE. De esta manera, cada entidad pública es responsable del contenido de los archivos electrónicos que entrega a EDITORAPERU para su publicación. 3) En el campo “ASUNTO” del correo institucional se deberá consignar el número de O fi cio y nombre de la institución. En el contenido del mensaje electrónico se deberá indicar el nombre y número del teléfono celular del funcionario que podrá resolver dudas o problemas técnicos que se presenten con los documentos. 4) Como señal de conformidad, el usuario recibirá un correo de respuesta de EDITORAPERU, en el que se consignará el número de la Orden de Publicación (OP). Este mensaje será considerado “Cargo de Recepción”. 5) La publicación se realizará conforme al orden de llegada y de acuerdo a la disponibilidad de espacio. 6) Los documentos se recibirán de lunes a viernes de 09.00 a 17:30 pm. 7) Este comunicado rige para las entidades públicas que no usan el Portal de Gestión de Atención al Cliente - PGA. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES