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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE MARZO DEL AÑO 2021 (06/03/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 96

96 NORMAS LEGALES Sábado 6 de marzo de 2021 / El Peruano Títulos, 08 Capítulos, 64 artículos, 02 Disposiciones fi nales y 04 anexos, solicitando se continúe con el trámite para su aprobación. Que, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, mediante Memorando Nº 664-2020-MDP/GM/GPP, ha indicado que el proyecto de Ordenanza, cumple con el objetivo OEI.02 referido a la Promoción de la gestión ambiental sostenible en el Distrito, previsto en el Plan Estratégico Institucional PEI-2019-2023, y asimismo cumple con el Plan de Desarrollo Local Concertado – PDLC 2019-2023 que establece el modelo deseado del territorio en el rubro ambiente preservado y saludable. La O fi cina de Asesoría Jurídica mediante Informe Nº 007-2021-MDP/OAJ, opina de modo favorable por el proyecto de “Ordenanza que aprueba el Reglamento Interno del Cementerio Municipal del Distrito de Pachacámac”, el mismo que deberá ser puesto a consideración del Concejo Municipal para su deliberación y eventual aprobación. Que, mediante Dictamen Nº 001-2021 la Comisión de Servicios a la Ciudad y Medio Ambiente de la Municipalidad Distrital de Pachacámac, con el voto unánime de sus miembros, considera viable aprobar el proyecto de ordenanza en referencia. Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por los numerales 3 y 8 del artículo 9° y artículo 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, el Concejo Municipal por UNANIMIDAD, y con dispensa del tramite de su lectura y aprobación del Acta, ha aprobado la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO INTERNO DEL CEMENTERIO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE PACHACÁMAC Artículo Primero: APROBAR el Reglamento Interno del Cementerio Municipal del Distrito de Pachacámac, que consta de Tres (3) Títulos, ocho (8) capítulos, (64) Artículos, Dos (2) Disposiciones Finales y (04) anexos. Artículo Segundo: La presente Ordenanza Municipal entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Artículo Tercero: ENCARGAR a la Gerencia de Servicios a la Ciudad y demás unidades orgánicas el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo Cuarto: ENCARGAR, a la Secretaria General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano, del mismo modo dispóngase la publicación del texto íntegro que contiene el Reglamento Interno del Cementerio Municipal del Distrito de Pachacámac, en la Página Web del Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Pachacámac www.munipachacamac.gob.pe Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.GUILLERMO ELVIS POMEZ CANO Alcalde 1932439-1 Prorrogan fecha de vencimiento para el pago al contado de la primera cuota del Impuesto Predial, así como de la primera y segunda cuota de los Arbitrios Municipales y la aplicación de incentivos por pronto pago correspondientes al ejercicio fiscal 2021 DECRETO DE ALCALDÍA N° 007-2021-MDP/A Pachacámac, 26 de febrero del 2021.EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PACHACÁMAC VISTOS: El Informe N° 27-2021-MDP/GAT-SGREC de la Subgerencia de Recaudación y Ejecución Coactiva, el Informe N° 015-2021-MDP/GM/GAT de la Gerencia de Administración Tributaria y el Informe N° 66-2021-MDP/OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica, sobre “PRÓRROGA DE LA FECHA DE VENCIMIENTO PARA EL PAGO AL CONTADO DE LA PRIMERA CUOTA DEL IMPUESTO PREDIAL, ASI COMO DE LA PRIMERA Y SEGUNDA CUOTA DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES Y LA APLICACIÓN DE INCENTIVOS POR PRONTO PAGO DE DICHOS TRIBUTOS CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO FISCAL 2021” establecido en la ordenanza N° 262-2021-MDP/C; y CONSIDERANDO:Que, el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley N° 30305, en concordancia con el Articulo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972 establece que “Los Gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al Ordenamiento Jurídico”. Que, el Artículo 42° de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, establece que “Los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y e fi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia de Concejo Municipal”. Que, el artículo 15º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo N° 156-2004-EF, establece que el pago del impuesto se realizará al contado hasta el último día hábil del mes de febrero; y en forma fraccionada hasta en cuatro cuotas trimestres cuyo vencimiento será el último día hábil de los meses de febrero, mayo, agosto y noviembre de cada año. Que, con fecha 11 de marzo de 2020, la Organización Mundial de la Salud, cali fi có el brote del COVID-19, como una pandemia al haberse extendido en más de cien países del mundo de manera simultánea. Que, en ese sentido mediante Decreto Supremo N° 008-2020-SA, de fecha 11 de marzo de 2020, se declara la emergencia sanitaria a nivel nacional por el plazo de noventa días (90) días calendario y se dictaron medidas para la prevención y control para evitar la propagación del COVID-19, la misma que fue prorrogada por los Decretos Supremos N° 020-2020-SA, N° 027-2020-SA,N° 031-2020-SA y 009-2021-SA. Que, a través del Decreto Supremo N° 009-2021-SA, de fecha 19 de febrero de 2021, se prorroga el Estado de Emergencia Sanitaria declarado mediante el Decreto Supremo N° 008-2020-SA, y entrará en vigencia a partir del 07 de marzo del presente año, por las graves circunstancias que afectan la vida de las personas a consecuencia de la emergencia sanitaria producida por el COVID-19. Que, la Ordenanza N° 262-2021-MDP/C, establece la “DETERMINACIÓN DE FECHAS DE VENCIMIENTO PARA EL PAGO Y APLICACIÓN DE INCENTIVOS POR PRONTO PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES DEL EJERCICIO FISCAL 2021”, a fi n de cumplir con los objetivos y acciones que permitan generar conciencia tributaria en los contribuyentes, así como velar por el cumplimiento de las metas y objetivos de la gestión municipal y las metas establecidas e el Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal del Ministerio de Economía y Finanzas, de esta forma los contribuyentes podrán optar por acogerse a los descuentos por pronto pago bajo las modalidades señaladas en el Articulo Segundo del Régimen de incentivos, de la presente Ordenanza. Que, de conformidad con la Segunda Disposición Final de la Ordenanza N° 262-2021-MDP/C, se faculta al Señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía establezca prórrogas en la vigencia de la misma. Que, con el Informe N° 027-2021-MDP/GAT/SGREC de la Subgerencia de Recaudación y Ejecución Coactiva se propone “PRORROGAR LA FECHA DE VENCIMIENTO PARA EL PAGO AL CONTADO DE LA PRIMERA CUOTA DEL IMPUESTO PREDIAL, ASÍ COMO DE LA PRIMERA Y SEGUNDA CUOTA DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES Y LA APLICACIÓN DE INCENTIVOS POR PRONTO