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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE MARZO DEL AÑO 2021 (06/03/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 95

95 NORMAS LEGALES Sábado 6 de marzo de 2021 El Peruano / RENIEC, conforme se detalla en los anexos que forman parte integrante de la presente Resolución Jefatural. Artículo Segundo.- Noti fi car la presente Resolución Jefatural a la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto y a la Gerencia de Talento Humano, para los fi nes correspondientes. Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presente Resolución Jefatural en el Diario O fi cial El Peruano y en el portal institucional www.reniec.gob.pe. Regístrese, publíquese y cúmplase. CARMEN MILAGROS VELARDE KOECHLIN Jefa Nacional 1932884-1 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Aprueban modificación integral del Estatuto Social de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Ica S.A. RESOLUCIÓN SBS Nº 00481-2021 Lima, 17 de febrero de 2021LA SUPERINTENDENTA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA:La solicitud presentada por el Caja Municipal de Ahorro y Crédito Ica S.A. (en adelante, la Caja), para que se le autorice la modi fi cación integral de su estatuto social; CONSIDERANDO:Que, en Junta General de Accionistas (JGA) celebrada el 06 de julio de 2020 se acordó, entre otros aspectos, aprobar la modi fi cación integral del estatuto social de la Caja, en el marco de la adecuación a la Ley Nº 30607, Ley que modi fi ca y fortalece el funcionamiento de las Cajas Municipales de Ahorro y Crédito; Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 14 de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus modi fi catorias, en adelante la Ley General, toda modi fi cación estatutaria requiere autorización previa de esta Superintendencia para su inscripción en los Registros Públicos, salvo el caso de modi fi caciones provenientes de aumentos del capital social, a que se re fi ere el primer párrafo del artículo 62 de la misma norma, las que, sin embargo, deben ser puestas en conocimiento de la Superintendencia; Que, la Caja ha cumplido con presentar la documentación exigida en el Procedimiento Nº 44 del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, aprobado mediante Resolución SBS Nº 1678-2018 y modi fi catorias; la que se encontró conforme luego de su evaluación; Contando con el visto bueno de las Superintendencias Adjuntas de Banca y Micro fi nanzas y de Asesoría Jurídica, y; En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 349 de la Ley General; y, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 14 de la referida norma; RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar, en los términos propuestos, la modi fi cación integral del Estatuto Social de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Ica S.A., cuyos documentos pertinentes quedan archivados en este Organismo de Supervisión y Control, y devuélvase la minuta que lo formaliza con el sello o fi cial de esta Superintendencia para su elevación a escritura pública, en la que se insertará el texto de la presente Resolución para su correspondiente inscripción en el Registro Público respectivo. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARIA DEL SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendenta de Banca, Seguros y AFP 1931817-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE PACHACAMAC Aprueban el Reglamento Interno del Cementerio Municipal del Distrito de Pachacámac ORDENANZA MUNICIPAL N° 263-2021-MDP/C Pachacámac, 26 de febrero del 2021.EL CONCEJO MUNICIPAL EN SESION ORDINARIAVISTO: El Dictamen 001-2021 de la Comisión de Servicios a la Ciudad y Medio Ambiente de la Municipalidad Distrital de Pachacámac, Memorando Nº 004-2021-MDP/GSCS de la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Sostenibilidad, el Memorando Nº 664-2020-MDP/GM/GPP de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y el Informe Nº 007-2021-MDP/OAJ de O fi cina de Asesoría Jurídica, sobre el proyecto de Ordenanza Municipal que aprueba el Reglamento de Interno del Cementerio Municipal del Distrito de Pachacámac; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley Nº 30305 en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y, dicha autonomía, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico. Que, el artículo 3º de la Ley Nº 26298- Ley de Cementerios y Servicios Funerarios, establece que, “Los Cementerios podrán ser públicos y privados. Corresponde al Estado, a través de la entidad competente, la construcción, habilitación, conservación y administración de los primeros. Corresponde a las personas jurídicas, nacionales y extranjeras, la ejecución de obras de infraestructura de cementerios, la conservación y administración de los locales y la prestación de los servicios funerarios autorizados. Las Municipalidades Provinciales y Distritales controlarán su funcionamiento” Que, el artículo 8º de la Ley Nº 26298- Ley de Cementerios y Servicios Funerarios, señala que “Las entidades públicas fi jarán los derechos de las sepulturas y servicios funerarios que se presten en los cementerios públicos” Que, mediante Memorando Nº 004-2021-MDP/GSCS de fecha 5 de enero del 2021, la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Sostenibilidad remite el “Proyecto de Ordenanza que aprueba el Reglamento Interno del Cementerio Municipal del Distrito de Pachacamac” con la intensión de actualizar la normativa para regular el funcionamiento del cementerio y la expedición de documentos que acrediten el uso temporal o perpetuo de las tumbas o nichos y a fi n de precisar algunos aspectos la recuperación de los mismos, conforme a los lineamientos y a la normativa vigente, indicando que dicho proyecto cuenta con 03