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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE MARZO DEL AÑO 2021 (23/03/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 17

17 NORMAS LEGALES Martes 23 de marzo de 2021 El Peruano / propuesta de reordenamiento de cargos, sobre la base del Informe Nº D000098-2021-MIMP-OPR elaborado por la O fi cina de Presupuesto en el que se indica que dicho reordenamiento no representa mayores gastos para el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; y del Informe Nº D000048-2021-MIMP-OMI y Proveído Nº D000170-2021-MIMP-OMI de la O fi cina de Modernización Institucional, de conformidad con lo previsto en el numeral 5 del Anexo Nº 4 de la Directiva; Que, en mérito a las consideraciones antes expuestas, resulta necesario aprobar el reordenamiento de cargos contenidos en el Cuadro para Asignación de Personal Provisional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, de acuerdo a la propuesta formulada por la O fi cina General de Recursos Humanos, el mismo que cuenta con la conformidad de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; Con las visaciones de la Secretaría General, la Dirección General de la Familia y la Comunidad, la O fi cina General de Recursos Humanos, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto y la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y modi fi catoria; la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2012-MIMP y modi fi catorias; el Reglamento General de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM y modi fi catorias; y, la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 304-2015-SERVIR/PE y modi fi catoria, que formaliza la aprobación de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH “Normas para la Gestión del Proceso de Administración de Puestos, y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad – CPE”; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar el reordenamiento de cargos contenidos en el Cuadro para Asignación de Personal Provisional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, aprobado con Resolución Ministerial Nº 134-2015-MIMP y reordenado mediante las Resoluciones Ministeriales Nº 008-2016-MIMP, Nº 300-2017-MIMP, Nº 157-2018-MIMP, Nº 075-2019-MIMP y Nº 227-2020-MIMP, conforme al anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Disponer que la presente Resolución y su anexo sean publicados en el Portal Institucional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (www. gob.pe/mimp), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.SILVIA LOLI ESPINOZA Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 1937205-1 Designan Asesora II del Despacho Viceministerial de la Mujer RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 092-2021-MIMP Lima, 22 de marzo de 2021CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial Nº 014-2021- MIMP se designa a la señora JESSICA SILVIA ESTRADA YAUYO en el cargo de con fi anza de Asesora II del Despacho Viceministerial de la Mujer del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; Que, la referida persona ha formulado renuncia al citado cargo, la que resulta pertinente aceptar, correspondiendo designar a quien la reemplazará;Con las visaciones del Despacho Viceministerial de la Mujer, de la Secretaría General, de la O fi cina General de Recursos Humanos y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en el Decreto Legislativo Nº 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y modi fi catoria; en su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2012-MIMP y modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por la señora JESSICA SILVIA ESTRADA YAUYO al cargo de confi anza de Asesora II del Despacho Viceministerial de la Mujer del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar a la señora YOLANDA ALCIRA VERA HUANQUI en el cargo de con fi anza de Asesora II del Despacho Viceministerial de la Mujer del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables. Regístrese, comuníquese y publíquese.SILVIA LOLI ESPINOZA Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 1937205-2 PRODUCE Prorrogan plazo de Pesca Exploratoria del recurso Merluza autorizada al IMARPE mediante la R.M. N° 317-2019-PRODUCE RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 00091-2021-PRODUCE Lima, 22 de marzo de 2021 VISTOS: Los O fi cios Nos. 227-2021-IMARPE/PCD y 240-2021-IMARPE/PCD del Instituto del Mar del Perú – IMARPE; el Informe N° 00000084-2021-PRODUCE/ DPO de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura; y el Informe N° 00000184-2021-PRODUCE/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, el Decreto Ley N° 25977, Ley General de Pesca, en su artículo 2, establece que los recursos hidrobiológicos contenidos en las aguas jurisdiccionales del Perú son patrimonio de la Nación y que, en consecuencia, corresponde al Estado regular el manejo integral y la explotación racional de dichos recursos, considerando que la actividad pesquera es de interés nacional; Que, el artículo 9 de la Ley General de Pesca señala que el Ministerio de la Producción, sobre la base de evidencias cientí fi cas disponibles y de factores socioeconómicos determina, según el tipo de pesquerías, los sistemas de ordenamiento pesquero, las cuotas de captura permisible, las temporadas y zonas de pesca, la regulación del esfuerzo pesquero, los métodos de pesca, las tallas mínimas de captura y demás normas que requieran la preservación y explotación racional de los recursos hidrobiológicos, y que los derechos administrativos otorgados se sujetan a las medidas de ordenamiento que mediante dispositivo legal de carácter general dicta el Ministerio; Que, la Ley General de Pesca, en su artículo 13, prevé que la investigación pesquera está orientada a obtener y