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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE MARZO DEL AÑO 2021 (23/03/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 37

37 NORMAS LEGALES Martes 23 de marzo de 2021 El Peruano / esta Corte quien desempeñará dicha función en adición de sus funciones. Igualmente, en caso que el Secretario Técnico fuese denunciado, procesado o se encuentre en alguna de las causales de abstención del artículo 88 de la Ley de Procedimiento Administrativo General se debe designar a un Secretario/a Técnico/a Suplente para el correspondiente procedimiento. 5. La Presidencia de la Corte Superior de Justicia es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su distrito judicial. En este contexto, en pleno uso de las atribuciones conferidas por el artículo 10 del Estatuto aprobado por Resolución Administrativa N.º 318-2018-CE-PJ, y con observancia del artículo 90 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial y de conformidad con las consideraciones invocadas. SE RESUELVE: Primero.- DESIGNAR al servidor judicial Abogado Juan José Mansilla Pinto como Secretario Técnico Titular de Procedimientos Administrativos Disciplinarios de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada, en adición a sus funciones con efectividad a partir del 23 de marzo del presente año. Segundo.- DESIGNAR al servidor judicial Licenciado en Administración Antonio Martin Calderón Baca como Secretario Técnico Suplente de Procedimientos Administrativos Disciplinarios de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada, en adición a sus funciones. Tercero.- DISPONER que todas las áreas administrativas y órganos jurisdiccionales de esta Corte Superior Nacional brinden las facilidades que se necesiten para el cumplimiento de las funciones de la Secretaría Técnica de Procedimientos Administrativos Disciplinarios. Cuarto.- PONER EN CONOCIMIENTO la presente resolución a la O fi cina de Control de la Magistratura, a las Coordinaciones de los Sistemas Especializados en Delitos de Crimen Organizado y Corrupción de Funcionarios, Magistrado Responsable de la Implementación del CPP, jueces superiores y especializados, Administración de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada, Administraciones de los Módulos del Código Procesal Penal de los Sistemas Especializados en Delitos de Crimen Organizado y de Corrupción de Funcionarios, jefes de áreas, así como al personal jurisdiccional y administrativo, para los fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y archívese donde corresponda. OCTAVIO CESAR SAHUANAY CALSIN Presidente de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada 1937202-1 ORGANISMOS AUTONOMOS JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Confirman Acuerdo de Concejo Municipal Nº 037-2020-MDSRDS, que rechazó solicitud de vacancia presentada en contra de alcalde de la Municipalidad Distrital de Santa Rita de Sihuas, provincia y departamento de Arequipa RESOLUCIÓN Nº 0313-2021-JNE Expediente Nº JNE.2020030054 SANTA RITA DE SIHUAS - AREQUIPA - AREQUIPAVACANCIARECURSO DE APELACIÓN Lima, cuatro de marzo de dos mil veintiuno.VISTO : en audiencia pública virtual de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por don Carlos Alejandro Rivera Chávez y don Mario Alfredo Díaz Pacompia, ambos regidores del Concejo Distrital de Santa Rita de Sihuas, provincia y departamento de Arequipa (en adelante, los recurrentes), en contra del Acuerdo de Concejo Nº 037-2020-MDSRS, del 11 de setiembre de 2020, que rechazó la solicitud de vacancia contra don Luis Zela Zela, alcalde del referido concejo municipal (en adelante, el señor alcalde), por las causas de nepotismo y restricciones de contratación, establecidas en los numerales 8 y 9 del artículo 22, este último concordante con el artículo 63, ambos de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM). Oído: el informe oral.Primero. ANTECEDENTESLa solicitud de declaratoria de vacancia1.1. El 28 de octubre de 2019, don Orlando Martín Mota Gutiérrez solicitó correr traslado de la solicitud de vacancia 1 contra el señor alcalde, por la causa de nepotismo y restricciones de contratación, establecidas en el numeral 8 y 9 del artículo 22, este último concordante con el artículo 63 de LOM, bajo los siguientes fundamentos: Primer hecho : Se cuestiona la contratación de bienes y servicios en favor de doña Claudia Patricia Sucapuca Huisa, representante legal de la empresa Constructora GA Zela con RUC Nº 10713155260, quien tiene vínculo parental con el señor alcalde por ser conviviente con don Wilder Alberto Zela Apaza, hijo de dicha autoridad. Segundo hecho : Se cuestiona la compra de materiales de construcción, en favor de doña Melina Mamani Zela, representante legal de Comercial Chema con RUC Nº 10400207017, por ser prima del señor alcalde. Tercer hecho : El señor alcalde tiene conocimiento que sus familiares vienen contratando con la entidad edil desde el año 2018, se ha favorecido por interpósita persona disponiendo de los recursos de la entidad para procurar los pagos, durante su gestión a doña Claudia Patricia Sucapuca Huisa y a doña Melina Mamani Zela, cuando debió declarar nulo los procedimientos de contratación de compra y servicios con sus familiares. 1.2. A efecto de acreditar las causas invocadas, don Orlando Martín Mota Gutiérrez adjuntó, entre otros, los siguientes medios probatorios: a. Copia certi fi cada de requerimiento Nº 289-2018/ MDSRDS-DDUyR, tramitado el 10 de diciembre de 2018, donde se solicitó el alquiler de un camión volquete. b. Solicitud de Servicio Nº 228, que corresponde al Requerimiento Nº 289-2018-MDSRDS-DDUyR, del 12 de diciembre de 2018, por S/2557.00. c. Solicitud de Servicio Nº 413, que corresponde al Requerimiento Nº 289-2018-MDSRDS-DDUyR, del 12 de diciembre de 2018, por S/400.00. d. Copia certi fi cada del Informe Nº 22-2019/ MDMSRDS-DDUR, del 23 de enero de 2019, que adjunta documentación por la cual se da conformidad del alquiler del volquete, y su comprobante de pago por el monto de S/400.00, del 22 de enero de 2019 (Expediente SIAF 0000001091). e. Copia certi fi cada del requerimiento Nº 287-2018/ MDSRDS-DDUyR, tramitado el 10 de diciembre de 2018, que solicitó la compra de agregados de construcción. f. Orden de Compra Nº 243, que corresponde al Requerimiento Nº 287-2018-MDSRDS-DDUyR, del 18 de diciembre de 2018, por S/5665.00. g. Copia certi fi cada del Informe Nº 16-2018/ MDMSRDS-AQP MDLGG, del 28 de diciembre de 2018. Se adjunta documentación por la cual se da conformidad a la compra de materiales de construcción y su comprobante de pago por el monto de S/5098.50, del 22 de enero de 2019 (Expediente SIAF 0000001145). h. Copia certi fi cada del Requerimiento Nº 9-2018/ MDSRDS-ARQ-MDLGG, tramitado el 6 de diciembre de 2018, donde se solicitó la compra de ladrillos y su