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81 NORMAS LEGALES Sábado 27 de marzo de 2021 El Peruano / modi fi cada por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 057-2016-SERVIR-PE; Que, mediante O fi cio Nº 073-2021-UNIFSLB/PCO- DGA, de fecha 10 de febrero el Director General de Administración de la UNIFSLB, solicita a la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto opinión técnica presupuestal respecto al Cuadro de Asignación de Personal – CAP Provisional; Que, mediante Informe Nº 005-2021-UNIFSLB/P/OPP, de fecha 10 de febrero de 2021, la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto, emite opinión técnica sobre el Cuadro de Asignación de Personal Provisional, sustentándose en los siguiente: la Propuesta de Cuadro de Asignación de Personal Provisional de la UNIFSLB, contiene un total de cientos noventa y tres cargos en situación de previstos, distribuidos sobre la base de las unidades orgánicas de la estructura orgánica de la UNIFSLB, establecido en el Estatuto de la Universidad. Asimismo, se encuentra consistencia de los cientos noventa y tres cargos en situación de previstos que contiene la propuesta CAP-P, con las Unidades orgánicas de la estructura orgánica defi nida en el Reglamento de Organizaciones y Funciones (ROF) de la UNIFSLB. Además, el CAP-P con sus ciento noventa y tres cargos, en situación de previstos, es consistente con las clases de cargos establecidas en el Manual de Clasi fi cador de Cargos (MCC) de la Universidad. Por ende, existe concordancia de la denominación de las unidades orgánicas de fi nidas en el Estatuto, el Reglamento de Organizaciones y Funciones, el Manual de Clasi fi cador de Cargos de la UNIFSLB, con el contenido del Anexo 4B – Cuadro para Asignación Personal Provisional, del Anexo 4C Resumen Cuantitativo del Cuadro para Asignación Personal Provisional, y el Anexo 4D – Contratos sujetos a modalidad, con un total de cero (0) cargos al no contar con personal sujeto a modalidades; Que, mediante O fi cio Nº 032-2021-UNIFSLB-CO/P, de fecha 11 de febrero de 2021, se remite el Informe Técnico Nº 036-2021-UNIFSLB-PCO/DGA/OGRH, complementario, referente al CAP Provisional de la UNIFSLB, a la Gerente de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos de la Autoridad Nacional de Servicio Civil – SERVIR; Que, mediante Informe Técnico Nº 000024-2021-SERVIR-GDSRH, de fecha 18 de febrero de 2021, la Gerente de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos de la Autoridad Nacional de Servicio Civil – SERVIR, remite a la Presidenta Ejecutiva de la Autoridad Nacional de Servicio Civil – SERVIR, opinión favorable respecto a la Propuesta del Cuadro para Asignación del Personal Provisional (CAP Provisional) presentada por la Universidad Nacional Intercultural “Fabiola Salazar Leguía” de Bagua; opinión sustentada por los siguientes fundamentos: a) Mediante Resolución del Consejo Nº 095-2018-SUNEDU/CD, la SUNEDU otorgó el Licenciamiento Institucional a la UNIFSLB, en el marco de sus competencias. Por ende, de acuerdo a lo evaluado por la SUNEDU dicha Universidad cuenta con los instrumentos normativos adecuados a la Ley Nº 30220, Ley Universitaria; b) La propuesta del CAP Provisional de la UNIFSLB se enmarca en las situaciones contempladas en el Anexo Nº 04 dela Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH, de acuerdo en los supuestos 1.2 y 1.7 del numeral 1 de la citada Directiva; c) la propuesta del CAP de la UNIFSLB se ha elaborado sobre la base de la estructura orgánica aprobada su ROF y con los cargos estructurales aprobados en su MCC, guardando coherencia en la clasi fi cación y codi fi cación; d) la propuesta del CAP Provisional de la UNIFSLB, respeta los límites establecidos para el número de cargos de con fi anza, Directivo Superior y Directivo Superior de Libre Designación y Remoción, según lo dispone la Ley N 28175, Ley Marco del Empleo Público, y el Decreto Supremo Nº 084-2016-PCM. Asimismo, recomienda a la Universidad que, en adelante, como mínimo, apruebe los reordenamientos de cargos CAP Provisional mediante el dispositivo legal correspondiente durante el primer bimestre de cada año fi scal, de corresponder, en marco de lo establecido en el numeral 5 del Anexo Nº 4 de la Directiva, a efectos de mantener actualizado el citado instrumento de gestión;Que, mediante O fi cio Nº 000125-2021-SERVIR-PE, de fecha 03 de marzo de 2021, la Presidenta Ejecutiva de la Autoridad Nacional de Servicio Civil – SERVIR, hace llegar a la Presidenta de la Comisión Organizadora de la UNIFSLB, el Informe Técnico Nº 000024-2021-SERVIR-GDSRH, de fecha 18 de febrero de 2021, constituyendo una opinión técnico favorable de SERVIR, referente al CAP Provisional de la Universidad Nacional Intercultural “Fabiola Salazar Leguía” de Bagua; Que, mediante Resolución de Comisión organizadora Nº 40-2021-UNIFSLB/CO, de fecha 01 de febrero de 2021, se resuelve encargar de o fi cio la Vicepresidencia Académica de la UNIFSLB, al Dr. Raúl Antonio Beltrán Orbegoso, a partir del 01 de febrero de 2021 hasta que el Ministerio de Educación MINEDU designe al nuevo Representante de la Vicepresidencia Académico de la Universidad Nacional Intercultural Fabiola Salazar Leguía de Bagua; Que, de conformidad con la Constitución Política del Estado, la Ley Nº 30220 – Ley Universitaria, la Ley Nº 29164, Ley que crea a la Universidad Nacional Intercultural “Fabiola Salazar Leguía” de Bagua, la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM, la Resolución Viceministerial Nº 088-2017 MINEDU, la Resolución Viceministerial Nº 075-2019-MINEDU y el Estatuto de la Universidad Nacional Intercultural “Fabiola Salazar Leguía” de Bagua; SE RESUELVE:Artículo Primero.- APROBAR el Cuadro de Asignación Personal - CAP Previsional de la Universidad Nacional Intercultural “Fabiola Salazar Leguía” de Bagua, conforme al anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Dirección General de Administración y la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto de la Universidad Nacional Intercultural “Fabiola Salazar Leguía” de Bagua. Artículo Tercero.- NOTIFICAR la presente Resolución y su Anexo al Ministerio de Educación – Dirección General de Educación Superior Universitaria (DIGESU), y a los estamentos internos de la Universidad e interesados, de forma y modo de Ley para conocimiento y fi nes. Artículo Cuarto.- DISPONER a la O fi cina de Tecnologías de la Información de la Universidad Nacional Intercultural “Fabiola Salazar Leguía” de Bagua, realice la publicación de la presente resolución en el portal web Institucional, y en el Díario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y archívese.MARÍA NELLY LUJÁN ESPINOZA Presidente de la Comisión Organizadora 1938079-1 MINISTERIO PUBLICO Nombran Fiscal Adjunta Provincial Provisional Transitoria del Distrito Fiscal de Lima Este y la designan en la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de San Juan de Lurigancho – Zona Media RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 430-2021-MP-FN Lima, 26 de marzo de 2021VISTO Y CONSIDERANDO: El o fi cio N° 660-2021-MP-FN-PJFS-DFLE, cursado por el abogado Orestes Walter Milla López, en ese entonces encargado de la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Este, mediante el cual eleva la propuesta para cubrir la plaza de Fiscal Adjunto Provincial Provisional Transitorio, para