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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE MAYO DEL AÑO 2021 (14/05/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 51

51 NORMAS LEGALES Viernes 14 de mayo de 2021 El Peruano / Nº RESPONSABLE SEDE RESOLUCIÓN DE DESIGNACIÓN TIEMPO DE VIGENCIA 01 Lic. Carlos CAHUANA ESPINOZA CENTRALResolución Nº 0048 -2021-R-UNH (29.01.21)A partir del 02 de enero al 31 de diciembre de 2021 02M. Sc. Esteban Edgar DE LA CRUZ VÍLCHEZPAMPAS (Facultad de Ingeniería Electrónica – Sistemas)Resolución Nº 0065-2021-R-UNH (09.02.21)A partir del 18 de febrero del 2021 al 17 de febrero del 2022 03 Mtro. Jesús Antonio JAIME PIÑASACOBAMBA (Facultad de Ciencias Agrarias)Resolución Nº 021-2021-D-FCA-UNH (01.02.21)A partir del 29 de enero al 31 de diciembre de 2021 04 M. Sc. Freddy PAREJAS RODRÍGUEZLIRCAY (Facultad de Ingeniería de Minas – Civil – Ambiental)Resolución de Consejo de Facultad Virtual Nº 057-2021-FIMCA-UNH (04.02.21)A partir del 28 de enero hasta el 31 de diciembre de 2021 Artículo Segundo.- DESIGNAR al Responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia de la Universidad Nacional de Huancavelica, desde el 02 de enero hasta el 31 de diciembre de 2021, recayendo en el Lic. Percy Moisés CASTAÑEDA SOLDEVILLA. Artículo Tercero.- DEJAR, sin efecto legal, toda resolución que contravenga a los resuelto en la presente. Artículo Cuarto.- DISPONER, que la funcionaria responsable para publicación de dispositivos legales en el diario “EL PERUANO”, de la Universidad Nacional de Huancavelica, realice la publicación de lo resuelto en la presente en el Diario O fi cial “El Peruano”, bajo responsabilidad. Artículo Quinto.- NOTIFÍQUESE, al Vicerrectorado Académico, Vicerrectorado de Investigación, Dirección General de Administración, O fi cina de Asesoría Jurídica, Órgano de Control Institucional, Unidad de Recursos Humanos, Funcionaria responsable para publicación de dispositivos legales en el diario “EL PERUANO” de la Universidad Nacional de Huancavelica e interesados, para su conocimiento y demás fi nes del caso. Regístrese, comuníquese y archívese.YDA FLOR CAMPOSANO CÓRDOVA Rectora (e) RAFAEL REGINALDO HUAMANÍ Secretario General 1952393-1 JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Declaran nulo todo lo actuado a partir del acto de notificación de la convocatoria a la Sesión Extraordinaria de Concejo N° 03, efectuado por Municipalidad Distrital de Cochorco a regidor RESOLUCIÓN Nº 0499-2021-JNE Expediente Nº JNE.2020036198 COCHORCO - SÁNCHEZ CARRIÓN - LA LIBERTADVACANCIACONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, veintiocho de abril de dos mil veintiunoVISTOS: el Memorando Nº 0575-2020-SG/JNE, que dispuso el reingreso del O fi cio Nº 005-2020-MDC/BAMZ/ SG, emitido por don Braian Alejandro Max Zegarra, secretario general de la Municipalidad Distrital de Cochorco, provincia de Sánchez Carrión, departamento de La Libertad (en adelante, señor secretario general), a través del cual remitió los actuados del procedimiento de vacancia de don Santos Baca Ruiz, regidor del mencionado concejo municipal (en adelante, señor regidor), por la causa de inconcurrencia injusti fi cada a tres (3) sesiones ordinarias consecutivas o seis (6) no consecutivas durante tres (3) meses, prevista en el numeral 7 del artículo 22 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM). PRIMERO. ANTECEDENTES1.1. A efectos de solicitar la convocatoria de candidato no proclamado, mediante el o fi cio del visto ingresado el 13 de noviembre de 2020 suscrito por el señor secretario general, y el O fi cio Nº 061-2021-MDC/A, del 27 de abril de 2021, emitido por don Rubén Rodríguez Laiza, alcalde de la Municipalidad Distrital de Cochorco, se remitieron, entre otros, copias fedateadas de los siguientes documentos: a) Acuerdo de Concejo Nº 003-2020-MDC/CM, del 22 de enero de 2020, por el cual el citado concejo edil acordó iniciar el procedimiento de vacancia contra el señor regidor. b) Citaciones a la convocatoria de la Sesión Extraordinaria de Concejo N.°03, programada para el 30 de enero de 2020, dirigida a los miembros del concejo municipal y al señor regidor. c) Acta de la Sesión Extraordinaria Nº 03, del 30 de enero de 2020, en la que se aprobó por unanimidad la vacancia del señor regidor; y el Acuerdo de Concejo Municipal N.º 005-2020-MDC/CM, del 31 de enero de 2020, que formalizó dicha decisión. d) Ofi cio N.°17-2020-MDC/A, del 31 de enero de 2020, con el que se noti fi có al señor regidor el acuerdo de concejo que declaró su vacancia. e) Acuerdo de Concejo Municipal Nº 056-2020-MDC/ CM, del 29 de julio de 2020, a través del cual se declaró consentida la vacancia del señor regidor. f) Comprobante de pago por trámite de candidato no proclamado. CONSIDERANDOSPRIMERO. SUSTENTO NORMATIVO (en adelante, SN) En la Constitución Política del Perú1.1. Los numerales 3 y 14 del artículo 139 establecen, como principios y derechos de la función jurisdiccional, lo siguiente: 3. La observancia del debido proceso y la tutela jurisdiccional. Ninguna persona puede ser desviada de la jurisdicción predeterminada por la ley, ni sometida a procedimiento distinto de los previamente establecidos, ni juzgada por órganos jurisdiccionales de excepción ni por comisiones especiales creadas al efecto, cualquiera sea su denominación. […]14. El principio de no ser privado del derecho de defensa en ningún estado del proceso. Toda persona será informada inmediatamente y por escrito de la causa o las razones de su detención. Tiene derecho a comunicarse personalmente con un defensor de su elección y a ser asesorada por éste desde que es citada o detenida por cualquier autoridad.