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60 NORMAS LEGALES Viernes 14 de mayo de 2021 / El Peruano EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO VISTO: El Memorando Nº 072-2021-GAT/MDCH de fecha 26 de abril del 2021 de la Gerencia de Administración Tributaria; El Informe Nº 114-2021-GAJ/MDCH de fecha 26 de abril de 2021 emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; Memorando Nº 300-2021-GM-MDCH de fecha 26 de abril de 2021 de la Gerencia Municipal; y. CONSIDERANDO:Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley Nº 30305, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 establece que “Los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno administrativos y de administración, con sujeción al Ordenamiento Jurídico”; Que, el Artículo 42º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, indica que “Los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y e fi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal”; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 464-2021/ MDCH, establece el “Otorgamiento de Bene fi cios de Regularización de Deudas no Tributarias por Prestación del Servicio de Agua Potable en el Distrito de Chaclacayo”, donde concede un régimen de bene fi cios no tributarios en la jurisdicción del Distrito de Chaclacayo, que comprende la condonación de intereses al 100% del interés generado por deuda de servicio de Agua Potable de años anteriores al 2021; Que, con Informe Nº 072-2021-GAT/MDCH, la Gerencia de Administración Tributaria recomienda prorrogar hasta el 31 de mayo de 2021, el plazo estipulado en el Quinto Artículo de la Ordenanza Municipal Nº 464-2021-MDCH que Otorga Bene fi cios de Regularización de Deudas no Tributarias por Prestación del Servicio de Agua Potable en el Distrito de Chaclacayo, mediante Decreto de Alcaldía; Que, de conformidad con el Artículo Sexto de la Ordenanza Municipal Nº 464-2021/MDCH se faculta al señor Alcalde del Distrito de Chaclacayo, que mediante Decreto de Alcaldía establezca prórrogas en la vigencia de la misma; Que, mediante Informe Nº 114-2021-GAJ/MDCH la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que resulta procedente la prórroga de la Ordenanza Municipal Nº 464-2021-MDCH que Otorga Bene fi cios de Regularización de Deudas no Tributarias por Prestación del Servicio de Agua Potable en el Distrito de Chaclacayo, conforme a la fecha propuesta al 31 de mayo del 2021, debiendo emitirse el acto administrativo correspondiente; Que, estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas en el numeral 6º del artículo 20º y el artículo 42º de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA:Artículo Primero.- PRÓRROGAR el plazo de vigencia estipulado de la Ordenanza Municipal Nº 464-2021-MDCH, Ordenanza que Otorga Bene fi cios de Regularización de Deudas no Tributarias por Prestación del Servicio de Agua Potable en el Distrito de Chaclacayo, hasta el 31 de mayo del 2021, por las consideraciones expuestas en el presente Decreto de Alcaldía. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia de Administración Tributaria a través de la Subgerencia de Recaudación y Ejecutoria Coactiva y demás unidades orgánicas competentes. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario O fi cial “El Peruano”, y a la Subgerencia de Tecnología de la Información la publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad de Chaclacayo y a la Subgerencia de Imagen Institucional y Comunicaciones la difusión de la misma. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.MANUEL JAVIER CAMPOS SOLOGUREN Alcalde 1952682-1 MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA Ratifican el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana 2021 de La Victoria ORDENANZA N° 366/MLV La Victoria, 22 de abril de 2021 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA POR CUANTO:El Concejo Municipal, en sesión ordinaria virtual del 22 de abril de 2021. VISTO: el Dictamen Conjunto de las Comisiones de Plani fi cación, Presupuesto y Asuntos Legales; y de Seguridad Ciudadana; y, CONSIDERANDO:Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 194° de la Constitución Política, y sus modi fi catorias y concordante con la Ley N°27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; esta autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al principio de legalidad y al orden jurídico; Que, la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, establece en el literal e) del artículo 43° que la Seguridad Ciudadana es competencia compartida de las municipalidades, lo cual es concordante con el artículo 85° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades el cual indica que los gobiernos locales tienen competencia en materia de seguridad ciudadana; Que, la Ley Nº 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana y sus modi fi catorias, se crea el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana -SINASEC-, como el sistema funcional encargado de asegurar el cumplimiento de las políticas públicas que orientan la intervención del Estado en materia de seguridad ciudadana; y se establece como instancias integrantes de dicho Sistema al Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana, los Comités Regionales de Seguridad Ciudadana, los Comités Provinciales de Seguridad Ciudadana y los Comités Distritales de Seguridad Ciudadana; Que, conforme lo establecido en el artículo 17° de la citada norma, modi fi cada por el artículo 2° del Decreto Legislativo N°1454, Los Comités Distritales de Seguridad Ciudadana –CODISEC-, son los encargados de proponer ante la Municipalidad Distrital la aprobación de los lineamientos establecidos en el Plan de Acción Provincial de Seguridad Ciudadana, articulando con las entidades públicas y sociedad civil; Que, por el Informe N°011-2021-ST-CODISEC/MLV el Secretario Técnico del CODISEC de La Victoria, presenta el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana del distrito de La Victoria 2021, el cual ha sido formulada de manera conjunta y concertada por los miembros del