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78 NORMAS LEGALES Sábado 22 de mayo de 2021 / El Peruano Complementarias de la Zoni fi cación del distrito de San Borja, norma modi fi cada con las Ordenanzas Nº 556- MSB, Nº 600-MSB, Nº 602-MSB y Nº 637-MSB, que tiene por fi nalidad alcanzar un grado de protección a los residentes, visitantes y ciudadanía en general así como del medio ambiente en su conjunto, para garantizar una mejor calidad de vida, mediante la utilización de instrumentos que permitan prevenir y evitar, o, cuando ello no fuera posible, mitigar, minimizar, corregir y controlar los impactos que las actividades urbanas puedan originar sobre las distintas zonas del distrito con el objetivo de lograr una convivencia armónica y sostenible entre las zonas comerciales, residenciales, de equipamiento urbano y servicios del distrito de San Borja; Que, con O fi cio Nº 072-2020-MSB-GM, remitido por la Municipalidad de San Borja al Instituto Metropolitano de Plani fi cación (IMP), se solicitó opinión técnica respecto a la compatibilidad de Uso de Comercio Local para los giros de Bodegas, Minimarkets y Farmacias, exclusivamente en Conjuntos Residenciales ubicados en zonas residenciales; Que, con O fi cio Nº 0039-21-MML-IMP-DE de fecha 14 de enero de 2021, del Instituto Metropolitano de Plani fi cación (IMP) de la Municipalidad Metropolitana de Lima se remite el Informe Nº 007-2021-MML-IMP-DE/DGPT de fecha 11 de enero de 2021, del Director General de Plani fi cación Territorial, quien responde la consulta formulada por la Municipalidad de San Borja a través de su O fi cio Nº 072-2020-MSB-GM, opinando que la Municipalidad de San Borja, a través de normas distritales, puede regular el uso del suelo de su jurisdicción sin contradecir los alcances y disposiciones de normas metropolitanas con el propósito de evitar mayores procesos burocráticos en la emisión de Licencias de Funcionamiento y/o edi fi cación. Del mismo modo, indica que lo solicitado puede mantenerse dentro de los alcances de las normas distritales (tales como las Ordenanzas Nº 602, Nº 612 y Nº 632-MSB), que la propia Municipalidad de San Borja ha gestionado y aprobado anteriormente. Finalmente señala que esta situación no vulnera la normativa de carácter metropolitano pues las actividades de Bodegas, Farmacias, Minimarket y otros, son compatibles con las denominadas zonas de Comercio Local – CL, que no necesitan ser precisadas en zonas residenciales en el Plano de Zoni fi cación del Distrito de San Borja aprobado por la Ordenanza Nº 1063-MML. Que, con Informe Nº 006-2021-MSB-GM-OUIDE de fecha 15 de enero de 2021, el Gerente de la O fi cina de Innovación Urbana y Desarrollo Económico traslada a la Gerencia Municipal el Informe Nº 003-2021-JFT de la Arquitecta adscrita a la OIUDE, el cual según señala, desarrolla el análisis sobre la propuesta para la obligatoriedad de edi fi car locales comerciales en los proyectos de Conjuntos Residenciales que se ubiquen en zonas residenciales, exclusivamente para las actividades de bodegas, bazar, minimarket y farmacia/botica, con el objetivo de evitar los desplazamientos de la población hacia los centros comerciales evitando congestión de las vías, aglomeración de personas y disminuir la contaminación por el uso de vehículos automotores; asimismo, se incluye la precisión sobre la subdivisión de lotes para lograr las áreas y frentes mínimos de acuerdo a las áreas diferenciadas, remitiendo para tales efectos el proyecto de “Ordenanza que modi fi ca la Ordenanza Nº 491-MSB que aprueba el Reglamento de Edi fi caciones y Normas Complementarias de la Zoni fi cación del Distrito de San Borja”; Que, con Memorándum Múltiple Nº 049-2021-MSB- GM de fecha 17 de febrero de 2021, la Gerencia Municipal solicita opinión técnica respecto del proyecto Ordenanza, a la Gerencia de Desarrollo Urbano y Catastro, y a sus dependientes, Unidad de Obras Privadas y Unidad de Licencias Comerciales; Que, con Informe Nº 058-2021-MSB-GM-GDUC-ULC de fecha 23 de febrero de 2021, por medio del cual la Unidad de Licencias Comerciales remite a la Gerencia Municipal la opinión técnica solicitada; Que, con Informe Nº 14-2021-MSB-GM-GDUC de fecha 24 de febrero de 2021, la Gerencia de Desarrollo Urbano y Catastro remite a la Gerencia Municipal la opinión técnica correspondiente; Que, con Memorándum Nº 180-2021-MSB-GM de fecha 01 de marzo de 2021, la Gerencia Municipal traslada a la O fi cina de Innovación Urbana y Desarrollo Económico, la opinión técnica con las observaciones y recomendaciones formuladas por de la Unidad de Licencias Comerciales y la Gerencia de Desarrollo Urbano y Catastro, para los fi nes pertinentes; Que, con Informe Nº 14-2021-MSB-GM-OIUDE de fecha 12 de marzo de 2021, la O fi cina de Innovación Urbana y Desarrollo Económico remite a la Gerencia Municipal el Informe Nº 007-2021-JFT sustentatorio y el proyecto de “Ordenanza que modi fi ca la Ordenanza Nº 491-MSB, que aprobó el Reglamento de Edi fi caciones y Normas Complementarias de la Zoni fi cación del distrito de San Borja” con el visto bueno de la Unidad de Obras Privadas y de la Unidad de Licencias Comerciales, a fi n de que se continúe con el trámite para su elevación al Concejo Municipal; Que, con Memorándum Nº 252-2021-MSB-GM de fecha 18 de marzo de 2021, la Gerencia Municipal traslada los actuados a la O fi cina de Asesoría Jurídica a fi n de emitir la opinión legal; Que, con Memorando Nº 72-2021-MSB-OAJ de fecha 31 de marzo de 2021, la O fi cina de Asesoría Jurídica solicita a la O fi cina de Innovación Urbana y Desarrollo Económico la exposición de motivos de la propuesta normativa, y solicita que luego sea derivado a la O fi cina de Plani fi cación Estratégica para opinión técnica de acuerdo a sus competencias; Que, con Memorándum Nº 94-2021-MSB-OIUDE de fecha 05 de mayo de 2021, la O fi cina de Innovación Urbana y Desarrollo Económico traslada a la O fi cina de Asesoría Jurídica la exposición de motivos, el análisis costo-bene fi cio y análisis de impacto de la vigencia de la norma; Que, con Memorándum Nº 93-2021-MSB-OAJ de fecha 06 de mayo de 2021, la O fi cina de Asesoría Jurídica traslada los actuados a la O fi cina de Plani fi cación Estratégica para que emita opinión técnica de acuerdo a sus funciones y competencias. Que, con Informe Nº 032-2021-MSB-GM-OPE-UPR de fecha 10 de mayo de 2021, el Jefe de la Unidad de Planeamiento y Racionalización señala en relación a la propuesta normativa que, de acuerdo a lo informado por la O fi cina de Innovación Urbana y Desarrollo Económico, el “Reglamento de Edi fi caciones y Normas Complementarias de la Zoni fi cación del distrito de San Borja”, aprobado con Ordenanza Nº 491-MSB, y modi fi catorias, “ya no responden al marco legal local vigente, ni a las necesidades de los Conjuntos Residenciales que se edi fi quen a futuro, por lo que sin perder su residencialidad, la propuesta contempla la regulación de establecimientos comerciales que pueden ser autorizados en el primer piso de los conjuntos residenciales, tales como: bodega, bazar, minimarket, botica, salón de belleza, peluquería, servicio de lavandería y venta de pan, con la fi nalidad de evitar el desplazamiento de los residentes (...)”; por lo que, concluye que el proyecto de Ordenanza, al ser una propuesta emanada por la O fi cina de Innovación Urbana y Desarrollo Económico, y contar con la opinión de la Gerencia de Desarrollo Urbano y Catastro a través de la Unidad de Obras Privadas y Unidad de Licencias Comerciales, cumple las funciones y competencias de esas Unidades Orgánicas, establecidas en el ROF de la Municipalidad, aprobado con Ordenanza Nº 621-MSB; agregando que el proyecto normativo estaría contribuyendo al cumplimiento de lo establecido en el Plan de Desarrollo Local Concertado 2017-2021 y el Plan Estratégico Institucional 2020-2023, dado que la propuesta se vincula directamente con los Objetivos Estratégicos: OET.07 – Fortalecer el nivel (calidad) de ordenamiento territorial sostenible; Que, con Memorándum Nº 1092-2021-MSB- GM-OPE de fecha 10 de mayo de 2021, la O fi cina de Plani fi cación Estratégica remite los actuados administrativos a la O fi cina de Asesoría Jurídica para emitir la opinión legal;