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73 NORMAS LEGALES Sábado 29 de mayo de 2021 El Peruano / conforme a lo establecido en el artículo 157º, literales “c”, “j” y “o” del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio Público con enfoque de Gestión por Resultados, aprobado en mérito a la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1139-2020-MP-FN, de fecha 15 de octubre de 2020, con el propósito de que disponga las medidas pertinentes, para el debido cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo Noveno.- Hacer de conocimiento la presente Resolución a la Junta Nacional de Justicia, Fiscalía Suprema en lo Contencioso Administrativo, Segunda Fiscalía Suprema Penal, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima, Gerencia General, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y a los fi scales mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese.ZORAIDA AVALOS RIVERA Fiscal de la Nación 1957954-1 Modifican el artículo primero de la Res. de la Fiscalía de la Nación Nº 1325-2020-MP-FN y aprueban otras disposiciones RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 763-2021-MP-FN Lima, 28 de mayo de 2021VISTO Y CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 957, se promulgó el Código Procesal Penal, el mismo que establece en su Primera Disposición Fiscal de las Disposiciones Complementarias, que entrará en vigencia progresivamente en los diferentes Distritos Judiciales según el Calendario O fi cial. Que, el Decreto Legislativo N° 958, en sus artículos 16°, 17° y 18°, regula el proceso de implementación y transitoriedad de la mencionada norma procesal, así como la adecuación de denuncias y liquidación de procesos en etapa de investigación. Que, por Decreto Supremo N° 007-2006-JUS, se aprobó la actualización del Calendario O fi cial de Aplicación Progresiva del Código Procesal Penal. Que, con Decreto Supremo N° 013-2020-JUS, publicado en el Diario O fi cial El Peruano el 30 de noviembre de 2020, se modi fi có el Calendario O fi cial de Aplicación Progresiva del Código Procesal Penal, estableciéndose que, en el Distrito Fiscal de Lima Centro, el mencionado código entrará en vigencia el 31 de mayo de 2021. Que, en virtud al Decreto Supremo N° 005-2021-JUS, publicado en el Diario O fi cial El Peruano el 29 de abril de 2021, que modi fi có el Calendario O fi cial de Aplicación Progresiva del Código Procesal Penal, se estableció que, en el Distrito Fiscal de Lima Centro, el mencionado código entrará en vigencia el 15 de junio de 2021. Que, por Resoluciones de la Junta de Fiscales Supremos Nros. 024 y 028-2020-MP-FN-JFS, de fechas 24 y 26 de junio de 2020, respectivamente, y Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 737-2020-MP-FN, de fecha 30 de junio de 2020, y sus modi fi catorias, se dictaron las disposiciones sobre la organización Fiscal en el Distrito Fiscal de Lima Centro, a fi n de adecuarlo para la implementación del Nuevo Código Procesal Penal, creándose despachos y plazas fi scales, así como fortaleciéndose y convirtiéndose despachos en dicho Distrito Fiscal; los mismos que conocerán los procesos de liquidación y adecuación de los casos iniciados con el Código de Procedimientos Penales y los procesos que se iniciarán con el Nuevo Código Procesal Penal, a partir del 01 de abril de 2020. Que, mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 757-2020-MP-FN, de fecha 07 de julio de 2020, se dispuso modi fi car el artículo cuadragésimo de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 737-2020-MP-FN, de fecha 30 de junio de 2020, con la cual se dictaron las disposiciones sobre la organización Fiscal en el Distrito Fiscal de Lima Centro, a fi n de adecuarlo para la implementación del Nuevo Código Procesal Penal, convirtiéndose Fiscalías y trasladándose plazas fi scales en dicho Distrito Fiscal; en el extremo de que la misma surta efectos a partir del 01 de diciembre de 2020. Que, a través de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1325-2020-MP-FN, de fecha 30 de noviembre de 2020, se resolvió, entre otros, modi fi car la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 757-2020-MP-FN, de fecha 07 de julio de 2020, estableciendo que la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 737-2020-MP-FN, de fecha 30 de junio de 2020, surta efectos a partir del 31 de mayo de 2021; y se dispuso a su vez, ampliar la vigencia de las asignaciones de manera temporal a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima, del personal fi scal señalado en las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nros. 760, 907, 969, 1031, 1046, 1071, 1082, 1098, 1108, 1227, 1268, 1304-2020-MP-FN y de fechas 08 de julio, 20 de agosto, 02 de setiembre, 21 de setiembre, 23 de setiembre, 30 de setiembre, 01 de octubre, 05 y 06 de octubre, 05, 17 y 27 de noviembre, a partir del 01 de diciembre de 2020 y hasta el 30 de mayo de 2021, para que continúen prestando apoyo en el plan de descarga que ejecuta el referido Distrito Fiscal. Que, con Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nros. 1329, 1408 y 1524-2020-MP-FN y 10, 36, 245, 309 y 630-2021-MP-FN, de fechas 01, 14 y 31 de diciembre de 2020, y 07 y 12 de enero, 22 de febrero, 04 de marzo y 03 de mayo de 2021, respectivamente, se dispusieron, entre otros, las asignaciones de personal fi scal a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima, con la fi nalidad de que presten apoyo al plan de descarga requerido en el Distrito Fiscal mencionado, hasta el 30 de mayo de 2021, en el marco de la próxima implementación del nuevo Código Procesal Penal, estableciéndose además que el personal fi scal respectivo iniciaría funciones en los Despachos Fiscales correspondientes, a partir del 31 de mayo de 2021, conforme al calendario o fi cial dispuesto mediante Decreto Supremo N° 013-2020-JUS. Que, por Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 187-2021-MP-FN, de fecha 09 de febrero de 2021, se dispuso, entre otros, las asignaciones de personal fi scal a la Coordinación Nacional de las Fiscalías Provinciales Transitorias Corporativas Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Fiscalías Provinciales Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar y de las Fiscalías Provinciales Corporativas en Lesiones y Agresiones en contra de las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, con la fi nalidad de que este Despacho disponga que presten apoyo en el plan de descarga que ejecutan las fi scalías de su subespecialidad, hasta el 30 de mayo de 2021, en el marco de la próxima implementación del nuevo Código Procesal Penal, estableciéndose además que el personal fi scal respectivo iniciaría funciones en el Equipo de Apoyo Fiscal para las Fiscalías Especializadas en Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar de Lima, a partir del 31 de mayo de 2021, conforme al calendario o fi cial dispuesto mediante Decreto Supremo N° 013-2020-JUS. Que, estando a la modi fi cación del Calendario O fi cial de Aplicación Progresiva del Código Procesal Penal en el Distrito Fiscal de Lima Centro, se hace necesario emitir el resolutivo respectivo en el que se disponga que las conversiones de fi scalías y traslado de plazas fi scales en el referido Distrito Fiscal, señalados en la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 737-2020-MP-FN, de fecha 30 de junio de 2020, surtan efectos a partir del 15 de junio de 2021, así como se resuelva la ampliación de las asignaciones temporales del personal fi scal, señaladas en las resoluciones del octavo, noveno y décimo párrafo del presente dispositivo. Por otro lado, considerando que mediante o fi cio Nº 204-2018-19-5001-JS-PE-01-JSIP-CS-PJ, el doctor Hugo Núñez Julca, Juez Supremo del Juzgado de Investigación Preparatoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, pone en conocimiento la Resolución Nº Dos del 29 de julio de 2020, emitida por el Juzgado Supremo a su cargo, por la cual se dispuso imponer la medida de suspensión preventiva de derechos, consistente en la suspensión en el ejercicio del cargo de Fiscal Superior