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18 NORMAS LEGALES Domingo 28 de noviembre de 2021 El Peruano / Que, el subsector hidrocarburos en general y las actividades de exploración y explotación en particular, se desarrollan bajo un dinamismo que conlleva cambios en las prácticas y usos de la industria, que motivan a su vez el surgimiento de nuevos aspectos legales, técnicos y económicos que requieren ser tomados en consideración al evaluar las personas interesadas en suscribir los referidos contratos; Que, resulta necesario actualizar el Reglamento de Calificación de Empresas Petroleras, aprobado por Decreto Supremo N° 030-2004-EM; a fin de incorporar disposiciones que mejoren y adecúen el proceso de calificación actual a la exigencias actuales de la industria de los hidrocarburos, a efectos de lograr mayor eficiencia, transparencia y competitividad; De conformidad con lo dispuesto en los numerales 8 y 24 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú, el artículo 14 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 26221, Ley Orgánica de Hidrocarburos, aprobado por Decreto Supremo N° 042-2005-EM y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 031-2007-EM, y sus modi fi catorias; DECRETA:Artículo 1.- Aprobación del Reglamento de Califi cación de Interesados para la Realización de Actividades de Exploración y Explotación o Explotación de Hidrocarburos Apruébese el Reglamento de Cali fi cación de Interesados para la Realización de Actividades de Exploración y Explotación o Explotación de Hidrocarburos, el cual consta de dos (2) Títulos, cuatro (4) Capítulos, veintiún (21) Artículos, cinco (5) Disposiciones Complementarias Finales y dos (2) Disposiciones Complementarias Transitorias, que forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Artículo 2.- Derogación Derógase el Reglamento de Cali fi cación de Empresas Petroleras, aprobado mediante Decreto Supremo N° 030-2004-EM. Artículo 3.- Publicación Disponer la publicación del presente Decreto Supremo y el Reglamento que se aprueba en el artículo 1 en el portal institucional del Ministerio de Energía y Minas (www.gob.pe/minem), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo 4.- RefrendoEl presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Energía y Minas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintisiete días del mes de noviembre del año dos mil veintiuno. JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República EDUARDO GONZÁLEZ TORO Ministro de Energía y Minas 2016188-3 INTERIOR Designan miembro del Consejo Directivo de la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES en representación del Sector Interior RESOLUCIÓN SUPREMA N° 242-2021-IN Lima, 27 de noviembre de 2021CONSIDERANDO:Que, el Decreto Legislativo N° 1130, crea la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES, como un Organismo Técnico Especializado adscrito al Ministerio del Interior, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía administrativa, funcional y económica en el ejercicio de sus atribuciones; Que, el artículo 8 del citado Decreto Legislativo establece que el Consejo Directivo es el órgano máximo de MIGRACIONES, responsable de establecer las políticas institucionales y la dirección de esta, integrado por cuatro (4) miembros designados por Resolución Suprema; dos (2) de ellos propuestos por el Sector Interior, uno de los cuales será el Superintendente Nacional, quien lo presidirá, un (1) representante del Sector Comercio Exterior y Turismo y un (1) representante del Sector Relaciones Exteriores; Que, mediante el artículo 2 de la Resolución Suprema N° 001-2021-IN se designa a la señora FABIOLA MARTHA MUÑOZ DODERO, como miembro del Consejo Directivo de la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES en representación del Sector Interior; Que, estando a la propuesta del Ministerio del Interior, se ha visto por conveniente dar por concluida la designación a que hace referencia el considerando precedente y designar al representante del Sector Interior ante el citado Consejo Directivo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1130, Decreto Legislativo que crea la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Resolución Ministerial N° 1520-2019-IN; SE RESUELVE:Artículo 1.- Dar por concluida la designación de la señora FABIOLA MARTHA MUÑOZ DODERO, efectuada mediante el artículo 2 de la Resolución Suprema N° 001-2021-IN. Artículo 2.- Designar al señor DIMITRI NICOLÁS SENMACHE ARTOLA, como miembro del Consejo Directivo de la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES en representación del Sector Interior. Artículo 3.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República AVELINO TRIFÓN GUILLÉN JÁUREGUI Ministro del Interior 2016188-4 Prorrogan la intervención de las Fuerzas Armadas en apoyo a la Policía Nacional del Perú, con el objeto de asegurar el control y el mantenimiento del orden interno, así como para prestar apoyo en la ejecución de operaciones policiales especializadas en interdicción contra la minería ilegal y delitos conexos, en el distrito de El Cenepa, provincia de Condorcanqui, departamento de Amazonas RESOLUCIÓN SUPREMA N° 243-2021-IN Lima, 27 de noviembre de 2021