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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2021 (30/11/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 38

38 NORMAS LEGALES Martes 30 de noviembre de 2021 El Peruano / de acuerdo con su normativa interna, los cuales deberán fi gurar en listas cerradas y bloqueadas, y son presentadas ante el Jurado Nacional de Elecciones. Esta disposición, unida a la inaplicación de las normas sobre elecciones primarias, ha llevado a este Supremo Tribunal Electoral a la conclusión de que todos los candidatos deben ser elegidos en elecciones internas, sea que fuesen aquellos a quienes se exige ser a fi liados, como es el caso de los candidatos a los cargos de gobernador regional, vicegobernador regional y alcalde, así como los candidatos a consejeros regionales (titulares y accesitarios) y regidores, a quienes la ley transitoria no les exige la a fi liación como requisito. A esta regla de inclusión en el requisito de participar en elección interna a los candidatos accesitarios para eventual reemplazo, se adiciona también una fi gura innovadora de la ley que no hace sino con fi rmar la exigencia de que, inclusive, quienes reemplacen a los candidatos –de presentarse una renuncia, ausencia o cualquier circunstancia que impida a los elegidos en elecciones internas participar en las Elecciones Regionales y Municipales– sean también elegidos en democracia interna. 1.7. Es pertinente señalar que el criterio señalado en el punto precedente, así como otros, fueron materia de debate y deliberación por parte del Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en sucesivas sesiones privadas, llevadas a cabo del 13 al 24 de noviembre de 2021, tal como ha quedado plasmado en el Acuerdo, de esta última fecha, en el cual se deja constancia de los criterios referidos a la no participación de candidatos designados, la aplicación de la paridad horizontal de género en elecciones regionales, la aplicación de la alternancia de género en listas con candidatos de número impar, precisiones sobre la fi nalidad de los candidatos accesitarios para eventual reemplazo, y otros que son de aplicación en los reglamentos de inscripción de candidaturas regionales y municipales, así como otras disposiciones normativas. 1.8. A través de la Resolución N° 0923-2021-JNE, del 24 de noviembre de 2021, publicada en el diario o fi cial El Peruano , el 26 del mismo mes y año, se aprobó el Cronograma de las Elecciones Internas del proceso de Elecciones Regionales y Municipales 2022, a fi n de dar publicidad oportuna a los plazos que competen a la organización de las actividades de democracia interna, que deben ser observados por los partidos políticos y los movimientos regionales que pretenden participar en el proceso electoral, haciéndose la precisión de que la Ley N° 31357 permite que las organizaciones políticas en vía de inscripción ante el Registro de Organizaciones Políticas participen en las elecciones internas, con la exigencia de que sus candidatos a gobernador regional, vicegobernador regional y alcalde se encuentren, necesariamente, en la relación de a fi liados presentada por la organización política en su solicitud de inscripción. 1.9. Finalmente, luego del estudio y desarrollo de los puntos señalados en la Ley N° 31357, el proyecto del presente reglamento fue publicado en el portal electrónico institucional, a fi n de darlo a conocer y recibir sugerencias de las organizaciones políticas, organismos electorales, instituciones de la sociedad civil y ciudadanos. Las sugerencias que se tuvieron a bien remitir fueron recibidas del 25 al 27 de noviembre de 2021 y, luego de su análisis, se emite el presente reglamento para su aplicación en las elecciones internas del proceso de Elecciones Regionales y Municipales 2022. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE 1. APROBAR el Reglamento sobre las Competencias del Jurado Nacional de Elecciones en Elecciones Internas para las Elecciones Regionales y Municipales 2022, que consta de 48 artículos y que es parte integrante de la presente resolución. 2. REMITIR la presente resolución a las organizaciones políticas inscritas y en proceso de inscripción en el Registro de Organizaciones Políticas, la O fi cina Nacional de Procesos Electorales y el Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, para su conocimiento y fi nes pertinentes. 3. DISPONER la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano y en el portal electrónico institucional del Jurado Nacional de Elecciones.Regístrese, comuníquese y publíquese SS.SALAS ARENASMAISCH MOLINASANJINEZ SALAZARSÁNCHEZ VILLANUEVASánchez Corrales Secretario General (e) REGLAMENTO SOBRE LAS COMPETENCIAS DEL JURADO NACIONAL DE ELECCIONES EN LAS ELECCIONES INTERNAS PARA LAS ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2022 INDICE TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- Objetivo Artículo 2.- Alcance Artículo 3.- Base normativa CAPÍTULO I ABREVIATURAS Y DEFINICIONES Artículo 4.- Abreviaturas Artículo 5.- Alusión a géneros en el reglamento Artículo 6.- Defi niciones CAPÍTULO II SOBRE LAS ELECCIONES INTERNAS Artículo 7.- Finalidad de las elecciones internas Artículo 8.- Competencias del Jurado Nacional de Elecciones Artículo 9.- Convocatoria Artículo 10.- Fecha de las elecciones Artículo 11.- Veri fi cación del cumplimiento de los requisitos de los candidatos Artículo 12.- Legitimidad para presentar candidaturas ante el Jurado Nacional de Elecciones Artículo 13.- Sufragio activo en elecciones internas Artículo 14.- Modalidades en elecciones internas CAPÍTULO III PADRÓN DE ELECTORES AFILIADOS Artículo 15.- Conformación Artículo 16.- Elaboración Artículo 17.- Contenido Artículo 18.- Aprobación del uso CAPÍTULO IV CRONOGRAMA DE ELECCIONES INTERNAS Artículo 19.- Cronograma Artículo 20.- Actividades electorales en el cronograma TÍTULO II PARTICIPACIÓN DE LAS ORGANIZACIONES POLÍTICAS EN ELECCIONES INTERNAS CAPÍTULO I ACTUACIÓN DE LAS ORGANIZACIONES POLÍTICAS Artículo 21.- Organizaciones políticas participantes Artículo 22.- Oportunidad para presentar padrones de a fi liados que contengan a los candidatos a gobernador regional, vicegobernador regional y alcalde