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39 NORMAS LEGALES Martes 30 de noviembre de 2021 El Peruano / Artículo 23.- Representación de la organización política en elecciones internas ante el Jurado Nacional de Elecciones Artículo 24.- Recepción de credenciales para acceder al sistema informático Declara Internas Artículo 25. - Efectos de la recepción de usuario y clave del sistema informático Declara Internas CAPÍTULO II PRESENTACIÓN DE CANDIDATURAS Artículo 26.- Observancia de las leyes electorales y los reglamentos de inscripción de fórmulas y listas regionales y municipales Artículo 27.- Fórmulas y listas regionales en elecciones internas Artículo 28.- Listas municipales en elecciones internas Artículo 29.- Elección obligatoria Artículo 30.- Candidatos accesitarios para eventual reemplazo Artículo 31.- Procedimiento para la presentación de listas al Jurado Nacional de Elecciones CAPÍTULO III SOLUCIÓN DE CUESTIONAMIENTOS REFERIDOS A CANDIDATURAS Y AFILIACIÓN Artículo 32.- Precisiones Artículo 33.- Regulaciones Artículo 34.- Reglamento electoral de la organización política TÍTULO III ACTUACIONES EN SEDE JURISDICCIONAL CAPÍTULO I SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS Artículo 35.- Precisiones Artículo 36.- Impugnación de resultados Artículo 37.- Legitimidad activa Artículo 38.- Obligatoriedad de la casilla electrónica Artículo 39.- Días hábiles CAPÍTULO II DE LAS IMPUGNACIONES EN SEDE JURISDICCIONAL Artículo 40.- De las impugnaciones ante el Jurado Nacional de Elecciones Artículo 41.- Remisión de la impugnación Artículo 42.- Requisitos de la impugnación Artículo 43.- Pronunciamiento del Jurado Nacional de Elecciones CAPÍTULO III ACTAS OBSERVADAS Artículo 44.- Resolución de actas observadas TÍTULO IV FISCALIZACIÓN EN ELECCIONES INTERNAS Artículo 45.- Fiscalización en la jornada electoral TÍTULO V CONSIDERACIONES FINALES Artículo 46.- Paridad horizontal regional para los partidos políticos Artículo 47.- Formas de reemplazo de candidatos en caso de renuncia, ausencia, negativa o imposibilidad para integrar las listas en las Elecciones Regionales y Municipales 2022Artículo 48.- Mínimo de circunscripciones regionales y municipales en las que participan las organizaciones políticas REGLAMENTO SOBRE LAS COMPETENCIAS DEL JURADO NACIONAL DE ELECCIONES EN LAS ELECCIONES INTERNAS PARA LAS ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2022 TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- Objetivo Regular el marco general de las competencias del Jurado Nacional de Elecciones en las elecciones internas para la elección de candidatos de las organizaciones políticas para el proceso de Elecciones Regionales y Municipales 2022, a que se re fi ere la Séptima Disposición Transitoria de la Ley N° 28094, Ley de Organizaciones Políticas, adicionada por la Ley N° 31357, publicada en el diario o fi cial El Peruano , el 31 de octubre de 2021. Artículo 2.- Alcance Las normas establecidas en el presente Reglamento son de cumplimiento obligatorio para los organismos que integran el sistema electoral peruano, las organizaciones políticas y sus a fi liados, así como los no a fi liados que integren las listas de candidatos. Artículo 3.- Base normativa3.1. Constitución Política del Perú 3.2. Ley N° 26859, Ley Orgánica de Elecciones y sus modi fi catorias 3.3. Ley N° 26486, Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones 3.4. Ley N° 26487, Ley Orgánica de la O fi cina Nacional de Procesos Electorales 3.5. Ley N° 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil 3.6. Ley N° 28094, Ley de Organizaciones Políticas y sus modi fi catorias 3.7. Ley N° 31357, Ley que modi fi ca la Ley N° 26859, Ley Orgánica de Elecciones, y la Ley N° 28094, Ley de Organizaciones Políticas, con la fi nalidad de Asegurar el Desarrollo de las Elecciones Regionales y Municipales del Año 2022 en el marco de la Lucha contra la COVID-19 3.8. Reglamento del Registro de Organizaciones Políticas, aprobado por Resolución N° 325-2019-JNE y sus modi fi catorias 3.9. Reglamento sobre la Casilla Electrónica del Jurado Nacional de Elecciones CAPÍTULO I ABREVIATURAS Y DEFINICIONES Artículo 4.- Abreviaturas DNI : Documento Nacional de Identidad DNFPE : Dirección Nacional de Fiscalización y Procesos Electorales DNROP : Dirección Nacional de Registro de Organizaciones Políticas JNE : Jurado Nacional de Elecciones LOE : Ley N.º 26859, Ley Orgánica de Elecciones LOJNE : Ley N.º 26486, Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones LOP : Ley N.º 28094, Ley de Organizaciones Políticas ONPE : Ofi cina Nacional de Procesos Electorales Reniec : Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil ROP : Registro de Organizaciones Políticas Artículo 5.- Alusión a géneros en el reglamento A efectos del presente reglamento, cuando se haga alusión a las expresiones “candidato”, “a fi liado”, “gobernador”, “vicegobernador”, “alcalde”, “consejero”, “regidor”, “presidente”, incluyendo su respectivo plural, se entenderá indistintamente a mujer u hombre.