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34 NORMAS LEGALES Viernes 22 de octubre de 2021 El Peruano / resolución que aprueba la desafectación de dominio público debe ser publicada en el Diario O fi cial El Peruano, cuyo costo será asumido por el administrado interesado en la compra del predio. Por lo expuesto, y de conformidad con lo establecido en el “TUO de la Ley Nº 29151”, “el Reglamento”, el “ROF de la SBN”, la Resolución Nº 041-2021/SBN-GG y el Informe Técnico Legal Nº 1169-2021/SBN-DGPE-SDDI del 28 de setiembre del 2021. SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar la DESAFECTACIÓN ADMINISTRATIVA del dominio público al dominio privado del Estado del predio 176.90 m 2, ubicado en Calle 5, Mz. A Lote 21 del Asentamiento Humano Unión y Progreso, Sector Primero, Sub Sector III, distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima, inscrito a favor del Estado representado por la Superintendencia Nacional de Bienes Nacionales en la Partida Registral Nº P02144295 del Registro de Predios de la O fi cina Registral de Lima, Zona Registral Nº IX, con CUS Nº 35320. Artículo 2º.- Disponer la inscripción de la presente resolución en el Registro de Predios de la O fi cina Registral de la Zona Registral de Lima, Zona Registral Nº IX – Sede Lima. Regístrese, y comuníquese.MARÍA DEL PILAR PINEDA FLORES Subdirectora de Desarrollo Inmobiliario 1 Según la Ficha Técnica N 0025-2017/SBN-DGPE-SDS el destino de “el predio” es el de vivienda. 2 Ccopa Almerco, Sara. “El Dominio Público: su Desafectación”. Tesis para optar el grado de magíster con mención en Derecho Civil en la Ponti fi cia Universidad Católica del Perú. Agosto, 2004. P. 82. 2000466-1 ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE DE USO PUBLICO Designan Jefe de Contratos Ferroviarios y del Metro de Lima y Callao RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL N° 110-2021-GG-OSITRAN Lima, 19 de octubre de 2021 VISTOS: El Memorando Nº 380-2021-GG-OSITRAN, de la Gerencia General; el Informe N° 00337-2021-JGRH-GA-OSITRAN, de la Jefatura de Gestión de Recursos Humanos; el Memorando N° 00774-2021-GA-OSITRAN, de la Gerencia de Administración; el Memorando N° 0405-2021-GAJ-OSITRAN de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo N° 012-2015-PCM se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ositrán, con el fi n de implementar las funciones establecidas por la Ley Nº 29754 y las instancias y órganos competentes, conforme lo señala el Reglamento General del Ositrán, así como para promover una gestión e fi ciente, moderna, transparente y con enfoque de procesos y para resultados, cuyas decisiones institucionales sean predecibles; Que, mediante Resolución Suprema N° 047-2016- PCM, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional del Ositrán, y mediante Resolución de Presidencia N° 061-2015-PD-OSITRAN se aprobó el Manual de Clasi fi cación de Cargos del Ositrán, el cual entró en vigencia al día siguiente de la entrada en vigencia del CAP Provisional; instrumentos que identi fi can a los cargos de con fi anza y de directivos superiores de libre designación y remoción de la institución; Que, mediante Resolución de Gerencia General N° 159-2017-GG-OSITRAN, se aprobó el reordenamiento de los cargos previstos en el Cuadro para Asignación de Personal Provisional del Ositrán; y mediante Resoluciones de Gerencia General N° 095 y 103-2018-GG-OSITRAN fueron aprobados nuevos reordenamientos; Que, por medio de la Resolución de Gerencia General N° 060-2020-GG-OSITRAN, se designó a partir del 8 de junio de 2020, al señor César Manuel Jiménez Espinoza, en el cargo de Jefe de Contratos Ferroviarios y del Metro de Lima y Callao de la Gerencia de Supervisión y Fiscalización; Que, a través de la Resolución de Gerencia General N° 162-2020-GG-OSITRAN, se aprobó la Directiva que regula la designación, el encargo, suplencia y rotación de los servidores civiles del Ositrán; Que, el señor César Manuel Jiménez Espinoza, mediante carta sin número, de fecha 3 de setiembre de 2021, formuló su renuncia al cargo, solicitando considerar como último día de vínculo con la entidad, el 10 de setiembre de 2021; pedido sobre el que la Gerencia de Supervisión y Fiscalización emitió opinión favorable mediante Memorando N° 02409-2021-GSF-OSITRAN, siendo la indicada fecha hasta la cual la mencionada persona prestó servicios; Que, mediante el Memorando N° 380-2021-GG- OSITRAN, la Gerencia General presentó la propuesta para la designación del Jefe de Contratos Ferroviarios y del Metro de Lima y Callao de la Gerencia de Supervisión y Fiscalización, requiriendo la veri fi cación de los requisitos exigidos para ocupar el cargo correspondiente; Que, a través del Memorando N° 00774-2021-GA- OSITRAN, la Gerencia de Administración remitió el Informe N° 00337-2021-JGRH-GA-OSITRAN, a través del cual la Jefatura de Gestión de Recursos Humanos expresó que la candidata reúne las condiciones para ser designada en el cargo de Jefe de Contratos Ferroviarios y del Metro de Lima y Callao, y que el acto que se emita deberá también aceptar, con e fi cacia anticipada, la renuncia del señor César Manuel Jiménez Espinoza al cargo en mención; Que, mediante Memorando N° 0405-2021-GAJ- OSITRAN, la Gerencia de Asesoría Jurídica manifestó que, tomando en cuenta la evaluación formulada por la Jefatura de Gestión de Recursos Humanos, en el marco de sus competencias y funciones, mediante el Informe N° 00337-2021-JGRH-GA-OSITRAN, remitido por la Gerencia de Administración mediante el Memorando N° 00774-2021-GA-OSITRAN, ha cumplido con proyectar y visar el acto resolutivo correspondiente, en el ámbito de sus funciones y en cumplimiento de la Directiva que regula la designación, el encargo, suplencia y rotación de los servidores civiles del Ositrán, el cual es jurídicamente viable; Que, el artículo 6 de la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, señala que “todas las Resoluciones de designación o nombramiento de funcionarios en cargos de con fi anza surten efecto a partir del día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano, salvo disposición en contrario de la misma que postergue su vigencia”; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Reglamento de Organización y Funciones del Ositrán, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2015-PCM y sus