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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE OCTUBRE DEL AÑO 2021 (29/10/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 113

113 NORMAS LEGALES Viernes 29 de octubre de 2021 El Peruano / CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley Nº 30305, señala que las Municipalidades tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, el cual indica que la autonomía que la Constitución Política establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el numeral 2 del artículo 7º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades establece como órgano de Coordinación de los Gobiernos Locales al Consejo de Coordinación Local Distrital, el cual tiene, entre otras funciones, coordinar y concertar el Plan de Desarrollo Municipal Distrital Concertado y el Presupuesto Participativo Distrital, conforme lo dispone el artículo 104º del mismo cuerpo legal; Que, mediante Ordenanza Nº 025-2016-MDB de fecha 21 de diciembre de 2016, se aprobó el Reglamento que regula el Proceso de Elección de los representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital de Bellavista; el cual establece que la convocatoria y cronograma de elecciones se efectuará a través de Decreto de Alcaldía; Que, a través del Decreto de Alcaldía Nº 005-2019- MDB/ALC de fecha 10 de setiembre de 2019, se convocó al Proceso de Elección de los representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital (CCLD) del distrito de Bellavista para el periodo 2019-2021; Que, mediante el documento del visto de fecha 25 de octubre de 2021, la Gerencia de Participación Vecinal informa que, estando próximo al vencimiento del periodo para el cual fueron elegidos los representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital de Bellavista, resulta necesario convocar a elecciones para elegir a sus reemplazantes; Estando a las consideraciones expuestas y de conformidad con el numeral 6 del artículo 20º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA:Artículo Primero.- CONVÓQUESE al proceso de elección de los representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital (CCLD) del distrito de Bellavista para el periodo 2021-2023. Artículo Segundo.- DESÍGNESE al Comité Electoral encargado de conducir el Proceso de Elección de los representantes de la Sociedad Civil ante el CCLD de Bellavista, conforme a lo dispuesto por la Ordenanza Nº 025-2016-MDB, el mismo que estará integrado por los siguientes funcionarios municipales: • Gerente de Participación Vecinal (Presidente) • Gerente de Servicios Sociales (Secretario)• Gerente de Planeamiento y Presupuesto (Vocal) Artículo Tercero.- CONVÓQUESE a los regidores del Concejo Distrital de Bellavista y a los representantes de la Sociedad Civil elegidos para el día 10 de diciembre de 2021, en el Palacio Municipal sito en Jr. Francisco Bolognesi Nº 498 - Bellavista, para la instalación y juramentación del CCLD de Bellavista. Artículo Cuarto.- APRUÉBASE el cronograma del Proceso de Elección en el ejercicio 2021: • Difusión y Convocatoria a Elecciones: del 03 al 10 de noviembre • Instalación del Comité Electoral: 10 de noviembre• Inscripción de delegados participantes: del 03 al 10 de noviembre • Publicación de Padrón de Delegados: 10 de noviembre • Impugnación y/o tacha de delegados inscritos: del 10 al 12 de noviembre• Absolución de tachas e impugnaciones: del 12 al 16 de noviembre • Publicación de Padrón Electoral - delegados aptos: del 16 al 19 de noviembre • Capacitación informativa con la ONPE: 22 de noviembre • Inscripciones de lista de candidatos: del 23 al 26 de noviembre • Publicación de listas inscritas: del 29 de noviembre al 01 de diciembre • Elecciones: 06 de diciembre• Publicación de resultados: 07 de diciembre• Proclamación de resultados: 07 de diciembre• Juramentación de los miembros del CCLD: 10 de diciembre Artículo Quinto.- ENCÁRGUESE a la Gerencia Municipal y a la Gerencia de Participación Vecinal el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Ofi cial El Peruano y a la Sub Gerencia de Tecnología de la Información y Comunicaciones encárguese su difusión en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Bellavista www.munibellavista.gob.pe. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.DANIEL JUAN MALPARTIDA FILIO Alcalde 2005913-1 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAROCHIRI Aprueban el Plan de Acción de Provincial de Seguridad Ciudadana, aplicable en la Provincia de Huarochirí - Matucana, para el ejercicio del año 2022 ORDENANZA MUNICIPAL Nº 007-2021-CM/MPH-M Matucana, 1 de octubre de 2021EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAROCHIRÍ-MATUCANA POR CUANTO:El Consejo Municipal, de la Municipalidad Provincial de Huarochirí, en el uso de sus facultades establecidas por la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, en Sesión Ordinaria de Consejo Municipal, de manera Virtual o Remota, desarrollada el 30 de septiembre de 2021, el Pleno del Consejo, ha Aprobado por Unanimidad la Ordenanza Municipal siguiente, “Plan de Acción Provincial de Seguridad Ciudadana 2022” VISTOS: El Informe Nº 063-2021-ST-COPROSEC-H/ MPH-M, de fecha 28/09/2021, de la Secretaria Técnica COPROSEC Huarochirí, en Informe Nº 301-2021/GAJ-MPH-M, de fecha 30/09/2021, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Memorándum Nº 0637-2021-GM/MPH-M, de fecha 30/09/2021, de la Gerencia Municipal, y; CONSIDERANDO:Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local, tienen